Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2014 (22/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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El Peruano Martes 22 de MORDAZA de 2014

Ponen en circulacion monedas de plata conmemorativas de los 50 Anos de ESAN
CIRCULAR Nº 026-2014-BCRP CONSIDERANDO: Que el Directorio del Banco Central de Reserva del Peru, en uso de las facultades que le son atribuidas en los articulos 42°, 43° y 44° de su Ley Organica, ha dispuesto la emision de monedas de plata con fines numismaticos. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Poner en circulacion monedas de plata conmemorativas de los 50 Anos de ESAN. Las caracteristicas de las monedas son: Denominacion Aleacion Peso fino Diametro Calidad MORDAZA Ano de Acunacion Emision MORDAZA : : : : : : : : S/. 1,00 Plata 0,925 1 onza MORDAZA 37,00 mm Brillante no circulada Estriado 2014 5 000 unidades

En el reverso, figura un MORDAZA dentro de un circulo y el texto 50 ANOS, debajo la palabra esan y el ano de su creacion 1963. En el anverso de la moneda figura el Escudo Nacional, el texto BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERU, el ano de acunacion y la denominacion en letras UN MORDAZA SOL. Articulo 2º.- Otorgar curso legal a estas monedas, las mismas que estaran en circulacion desde el 23 de MORDAZA de 2014. Articulo 3º.- Difundir el precio de estas monedas en el MORDAZA del Banco (http://www.bcrp.gob.pe/ billetes-y-monedas/monedas-de-coleccion/monedasconmemorativas.html), el cual sera reajustado de acuerdo a la evolucion de los costos. MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2014 MARYLIN CHOY CHONG Gerente General (i) 1113679-1

CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Disponen expedir titulo a Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de Sullana
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 150-2014-CNM MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2014 VISTO: El Oficio Nº 9283-2012-CE-PJ, de fecha 19 de octubre de 2012, remitido por el senor Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, por mandato constitucional el unico organismo competente para extender el titulo de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condicion de tales, es

el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el articulo 154º inciso 4 de la Constitucion Politica del Peru, asi como el unico facultado para cancelar dichos titulos, en atencion a lo dispuesto por el articulo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, por Resolucion Nº 238-2006-CNM publicado en el Diario Oficial El Peruano de fecha 6 de agosto de 2006, se aprobo el Reglamento de Expedicion y Cancelacion de Titulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo articulo 4° dispone los casos en los cuales el Consejo extiende el titulo oficial al Juez o Fiscal, como son: a) Nombramiento, b) Reincorporacion, c) Traslado, d) Permuta, y e) Modificacion en la denominacion de la plaza originaria; Que, asimismo el MORDAZA parrafo del articulo 6° del referido Reglamento, modificado por Resolucion N° 284-2010-CNM publicado el 12 de setiembre del ano en curso, establece que: "El Magistrado trasladado no podra incorporarse a la nueva plaza mientras el Consejo Nacional de la Magistratura no le hubiese expedido el MORDAZA titulo que lo nombra en la plaza de destino y por consiguiente le otorga MORDAZA estatus juridico en la jurisdiccion y competencia de la plaza respectiva, bajo responsabilidad", Que, el inciso 3) del articulo 35° de la Ley N° 29277 Ley de la MORDAZA Judicial, reconoce el derecho de los magistrados a ser trasladados, a su solicitud, por razones de salud o de seguridad debidamente motivados; Que, el senor Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Oficio Nº 5507-2014-CE-PJ, recibido el 26 de junio de 2014, remite para conocimiento y fines consiguientes, fotocopia certificada de la Resolucion Administrativa Nº 176-2014-CE-PJ del 14 de MORDAZA de 2014, que declara fundada la solicitud de traslado presentada por la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jueza Superior Titular y Jefa de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, a una plaza de la misma jerarquia en la Corte Superior de Justicia de Sullana, por razones de salud y seguridad; Que, es pertinente senalar que por Resolucion del Consejo Nacional de la Magistratura N° 022-2008-CNM del 30 de enero de 2008, se nombro a la doctora MORDAZA MORDAZA como Vocal de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, extendiendosele el titulo correspondiente; Que, en atencion a los considerandos precedentes, corresponde al Consejo Nacional de la Magistratura expedir MORDAZA titulo a favor de la citada magistrada, como Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de Sullana, previa cancelacion del titulo que ostentaba anteriormente; Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo adoptado en sesion de fecha 10 de MORDAZA de 2014; y de conformidad con las facultades conferidas por los articulos 154º inciso 4 de la Constitucion Politica del Peru, 37º incisos e) y f) de la Ley Nº 26397 ­Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4º del Reglamento de Expedicion y Cancelacion de Titulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolucion Nº 238-2006-CNM; SE RESUELVE: Primero.- Cancelar el titulo otorgado a favor de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de Vocal de la Corte Superior de Justicia de Ucayali. Segundo.- Expedir el titulo a favor de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de Sullana. Tercero.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TALAVERA MORDAZA Presidente 1112841-1

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