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El Peruano Martes 22 de julio de 2014 528289 fecha de su solicitud el juez o fi scal ha cumplido más de dos años desde su nombramiento titular en el cargo que se permuta, y no podrá efectuarse permuta con juez o fi scal que dentro de los dos años siguientes va a cesar por límite de edad.” Esta modifi cación es de aplicación a las solicitudes de permuta presentadas ante el Poder Judicial o Ministerio Público a partir del día siguiente de su publicación en el diario ofi cial. Que, el señor Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante el ofi cio de visto, remite copia certifi cada de la Resolución Administrativa N° 189-2014- CE-PJ de 28 de mayo de 2014, que en su artículo primero resuelve declarar fundada las solicitudes de permuta presentadas por los jueces recurrentes; en consecuencia, dispone el traslado del doctor Marco Antonio Herrera Guzmán, Juez Titular del 2° Juzgado Penal Unipersonal de Camaná, al 1° Juzgado Penal Unipersonal de Arequipa; y el traslado del doctor José Humberto Arce Villafuerte, Juez Titular del 1° Juzgado Penal Unipersonal de Arequipa, al 2° Juzgado Penal Unipersonal de Camaná, ambos del Distrito Judicial de Arequipa; Que, mediante Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura N° 698-2009-CNM del 23 de diciembre de 2009 se nombró al doctor Herrera Guzmán en el cargo de Juez Especializado Penal (2° JP Unipersonal) de Camaná del Distrito Judicial de Arequipa expidiéndose el título correspondiente; y, asimismo, mediante Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura N° 224-2001-CNM del 26 de setiembre de 2001, se reincorporó al doctor Arce Villafuerte en el cargo de Juez Especializado en lo Penal de Arequipa del Distrito Judicial de Arequipa; Que, cabe indicar que de conformidad a la resolución que aprueba la permuta, los referidos magistrados, han elevado sus respectivas solicitudes al Poder Judicial, con fecha anterior al día siguiente de la publicación de la Resolución N° 057-2014-CNM de 14 de marzo de 2014, publicada el 20 de marzo de 2014 en el diario ofi cial “El Peruano”; en tal sentido, la prohibición de traslado contenida en el artículo 6° del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales, modifi cado por Resolución N° 057-2014-CNM de 14 de marzo de 2014, referida a que sólo procederá la expedición de nuevo título si a la fecha de la presentación de la solicitud de permuta, el magistrado ha cumplido más de dos años desde su nombramiento titular en el cargo que permuta, no es de aplicación en el presente caso; Que, en atención a los considerandos precedentes, corresponde al Consejo Nacional de la Magistratura expedir los títulos de Juez del 1° Juzgado Penal Unipersonal de Arequipa del Distrito Judicial de Arequipa y Juez del 2° Juzgado Penal Unipersonal de Camaná del Distrito Judicial de Arequipa, a favor de los doctores Marco Antonio Herrera Guzmán y José Humberto Arce Villafuerte, respectivamente, previa cancelación de sus títulos anteriores; Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo adoptado en sesión de 10 de julio de 2014; y de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, 37º incisos e) y f) de la Ley Nº 26397 -Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4º del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución Nº 238-2006-CNM, modifi cada por Resolución N° 057-2014- CNM de 14 de marzo de 2014; SE RESUELVE: Primero.- Cancelar el título otorgado a favor del doctor MARCO ANTONIO HERRERA GUZMAN, de Juez Especializado Penal (2° JP Unipersonal) de Camaná del Distrito Judicial de Arequipa. Segundo.- Cancelar el título otorgado a favor del doctor JOSE HUMBERTO ARCE VILLAFUERTE, de Juez Especializado en lo Penal de Arequipa del Distrito Judicial de Arequipa. Tercero.- Expedir el título a favor del doctor MARCO ANTONIO HERRERA GUZMAN, de Juez del 1° Juzgado Penal Unipersonal de Arequipa del Distrito Judicial de Arequipa. Cuarto.- Expedir el título a favor del doctor JOSE HUMBERTO ARCE VILLAFUERTE, de Juez del 2° Juzgado Penal Unipersonal de Camaná del Distrito Judicial de Arequipa. Quinto.- Remitir copia de la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO TALAVERA ELGUERA Presidente 1112841-4 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Modifican conformación del Jurado Electoral Especial de Huaral correspondiente al proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2014 RESOLUCIÓN Nº 587-2014-JNE Lima, cuatro de julio de dos mil catorce VISTOS los Ofi cios Nº 3232-2014-MP-PJFS- HUAURA y Nº 3267-2014-MP-PJFS-HUAURA, recibidos con fechas 20 y 24 de junio de 2014, respectivamente, remitidos por el presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huaura, con los que comunica las resoluciones que conceden licencia por enfermedad al doctor Félix Ernesto Salazar Huapalla, y el Ofi cio Nº 3435-2014-MP-PJFS-HUAURA, recibido el 27 de junio de 2014, con el que comunica que la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huaura, en sesión de fecha 24 de junio de 2014, decidió declarar fundado el pedido de reconsideración planteado por el doctor Félix Ernesto Salazar Huapalla, contra la decisión adoptada el 26 de mayo de 2014, que lo designó como miembro del Jurado Electoral Especial de Huaral, para el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2014. CONSIDERANDOS 1. Con motivo del proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2014, convocado por Decreto Supremo Nº 009-2014-PCM, el Jurado Nacional de Elecciones estableció la instalación del Jurado Electoral Especial de Huaral, para lo cual, se solicitó a la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huaura que designe al primer miembro de dicho órgano electoral temporal, entre los fi scales superiores en actividad y jubilados de dicho distrito fi scal, de conformidad con el artículo 33, literal b, de la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones. 2. Mediante Ofi cio Nº 2837-2014-MP-PJFS-HUAURA, de fecha 26 de mayo de 2014, la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huaura comunicó la designación del fi scal superior titular doctor Félix Ernesto Salazar Huapalla y de la fi scal superior provisional doctora Erika Rafaela Saavedra Vergara, en el cargo de primer miembro del Jurado Electoral Especial de Huaral, titular y suplente, respectivamente. Así, en la Resolución Nº 433- 2014-JNE, de fecha 30 de mayo de 2014, se declaró la conformación del referido Jurado Electoral Especial, con el doctor Félix Ernesto Salazar Huapalla, como primer miembro. 3. Con la Resolución Nº 458-2014-JNE, de fecha 10 de junio de 2014, el Jurado Nacional de Elecciones convocó temporalmente a la suplente, doctora Erika Rafaela Saavedra Vergara, en atención a que por Resolución de Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huaura Nº 687- 2014-MP-PJFS-H, de fecha 28 de mayo de 2014, el doctor Félix Ernesto Salazar Huapalla se encontraba con licencia por enfermedad desde el 27 de mayo hasta el 5 de junio de 2014, situación que se ha ido prolongando, conforme se advierte de las Resoluciones de Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huaura Nº 751-2014-MP-PJFS-H y