Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JULIO DEL AÑO 2014 (26/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 30

El Peruano Sábado 26 de julio de 2014 528660 CIAT, a las Direcciones Generales de Políticas y Desarrollo Pesquero, de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo y de Supervisión y Fiscalización del Ministerio de la Producción, las Direcciones Regionales con competencia pesquera y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www. produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción 1116471-2 RELACIONES EXTERIORES Reconocen Cónsul Honoraria de Francia en Arequipa, con circunscripción en todo el Departamento RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 131-2014-RE Lima, 25 de julio de 2014 VISTA: La Nota Nº 1012 y 221, de fechas 11 de noviembre de 2013 y 07 de abril de 2014, respectivamente, de la Embajada de Francia en Lima; CONSIDERANDO: Que en atención a la Nota N° 1012, de fecha 11 de noviembre de 2013, de la Embajada de Francia en Lima, mediante Nota RE (CON) N° 6-14/11, de fecha 11 de marzo de 2014, el Gobierno peruano otorgó el consentimiento para el nombramiento de la señora María Eleana Verónica Paredes de Esteve, como Cónsul Honoraria de Francia en Arequipa, con circunscripción en todo el Departamento; Que, mediante Nota N° 221, de fecha 07 de abril de 2014, la Embajada de Francia en Lima, remitió las Letras Patentes con los nombres y apellidos de la funcionaria propuesta debidamente consignados a efectos de proseguir con el procedimiento para el otorgamiento del Exequátur correspondiente; Con la opinión favorable de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, en el sentido que procede el reconocimiento de la señora María Eleana Verónica Paredes de Esteve, como Cónsul Honoraria de Francia en Arequipa; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º, inciso 11 y 13, de la Constitución Política del Perú, así como los artículos 9º, inciso 1), y 12º de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Reconocer a la señora María Eleana Verónica Paredes de Esteve como Cónsul Honoraria de Francia en Arequipa, con circunscripción en todo el Departamento. Artículo 2º.- Extenderle el Exequátur correspondiente. Artículo 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República GONZALO ALFONSO GUTIERREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1116487-6 Aprueban la Matriz de Metas Concretas e Indicadores de Desempeño del Sector Relaciones Exteriores correspondiente al año 2014 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0475/RE Lima, 23 de julio de 2014 CONSIDERANDO: Que, el inciso 1 del artículo 4 de la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece como una de las competencias exclusivas del Poder Ejecutivo, el diseñar y supervisar políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno; Que, asimismo, el numeral 22.2 del artículo 22 de la referida Ley señala que corresponde a los Ministerios ejecutar y supervisar políticas nacionales y sectoriales, asumiendo la rectoría respecto de ellas; Que, sobre el particular, mediante Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM y sus modi¿ catorias, se han de¿ nido y establecido las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, a ¿ n que el conjunto de las instituciones y funcionarios públicos del Estado impulsen transversalmente su promoción y ejecución en adición al cumplimiento de las políticas sectoriales; Que, el artículo 3 del citado Decreto Supremo establece que mediante resolución ministerial, cada sector deberá aprobar y publicar las metas concretas y los indicadores de desempeño para evaluar semestralmente el cumplimiento de las políticas nacionales y sectoriales de su competencia; Que, en cumplimiento de los citados dispositivos legales, la Dirección de Políticas y Estrategias de la Dirección General de Estudios y Estrategias de Política Exterior ha coordinado con los órganos y unidades orgánicas del Sector Relaciones Exteriores la elaboración de las metas concretas e indicadores de desempeño del sector para el año 2014, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución ministerial; Que, en virtud de lo expuesto, resulta necesario aprobar la Matriz de Metas Concretas e Indicadores de Desempeño del Sector Relaciones Exteriores correspondiente al año 2014, que permitirá evaluar semestralmente el cumplimiento de las políticas nacionales y sectoriales de su competencia; Con los visados de Secretaría General, de la Dirección General de Estudios y Estrategias de Política Exterior y de la O¿ cina General de Asuntos Legales; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 29357 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135- 2010-RE, y el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM y sus modi¿ catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Matriz de Metas Concretas e Indicadores de Desempeño del Sector Relaciones Exteriores correspondiente al año 2014, la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer que el cumplimiento de las Metas Concretas e Indicadores de Desempeño aprobadas, estarán a cargo de los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Relaciones Exteriores y de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), quienes deberán reportar oportunamente a la Dirección de Políticas y Estrategias de la Dirección General de Estudios y Estrategias de Política Exterior la información respectiva sobre el cumplimiento de sus metas programadas. Artículo 3.- Encargar a la Dirección de Políticas y Estrategias de la Dirección General de Estudios y Estrategias de Política Exterior, la elaboración de los informes de evaluación semestral y anual de las Metas Concretas e Indicadores de Desempeño a que se hace referencia en el artículo 1 de la presente Resolución