Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2014 (26/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano Sabado 26 de MORDAZA de 2014

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(c) ..... (3) Los examenes psicofisicos para el personal mayor de 65 anos, se realizaran en los Centros Asistenciales Autorizados (CAA), que cumplan estrictamente con los requisitos establecidos en el Apendice A de la RAP 67, cuyos medicos examinadores especialistas cuenten con formacion y experiencia en Medicina Aeronautica y con la autorizacion de la DGAC especi camente para este n. Los examenes complementarios individuales de apoyo diagnostico que deberan realizarse al cumplir sesenta y cinco anos, seran aquellos que determine el departamento de Medicina Aeroespacial del CAA, como examinador autorizado, segun sea la historia clinica y el reconocimiento psicofisico actualizado del piloto; ademas de aquellos examenes complementarios que determine la DGAC. 1115423-1

Pudiendo obviar punto o puntos. MATERIAL AERONAUTICO: (Adicional a lo autorizado) - B-747-4R7F Articulo 2º.- Los demas terminos de la Resolucion Directoral N° 135-2012-MTC/12 del 19 de MORDAZA del 2012 continuan vigentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil (e) 1113682-1

Aprueban texto de modificacion del parrafo (c) (3) del Apendice B de la Regulacion Aeronautica del Peru - RAP 67 "Normas Medicas y Certificacion"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 318-2014-MTC/12 MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2014 CONSIDERANDO: Que, la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la entidad encargada de ejercer la Autoridad Aeronautica Civil del Peru, siendo competente para aprobar y modi car las Regulaciones Aeronauticas del Peru ­ RAP, conforme lo senala el literal c) del articulo 9º de la Ley No. 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, y el articulo 2º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No. 050-2001-MTC; Que, por su parte, el articulo 7º del citado Reglamento, senala que la Direccion General de Aeronautica Civil pondra en conocimiento publico los proyectos sujetos a aprobacion o modi cacion de las RAP con una antelacion de quince dias calendario; Que, en cumplimiento del referido articulo, mediante Resolucion Directoral Nº 216-2014-MTC/12, del 22 de MORDAZA de 2014, se aprobo la difusion a traves de la pagina web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del proyecto de modi cacion del parrafo (c) (3) del Apendice B de la Regulacion Aeronautica del Peru ­ RAP 67 "Normas Medicas y Certi cacion"; Que, ha transcurrido el plazo legal de difusion del proyecto mencionado, sin recibirse recomendaciones o comentarios, siendo necesario expedir el acto que apruebe la modi cacion de la MORDAZA, la que cuenta con las opiniones favorables de la Direccion de Seguridad Aeronautica, la Direccion de Regulacion y Promocion y la Asesoria Legal, otorgadas mediante memoranda Nº 954-2014-MTC/12.04, Nº 229-2014-MTC/12.08 y Nº 5962014-MTC/12.LEG, respectivamente; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el texto de modi cacion del parrafo (c) (3) del Apendice B de la Regulacion Aeronautica del Peru - RAP 67 "Normas Medicas y Certi cacion", el cual forma parte integrante de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil ( e) RAP 67 NE CERTIFICACION" "NORMAS MEDICAS Y
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ORGANISMOS REGULADORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Admiten a tramite solicitud de E.P .S. Sedajuliaca S.A. de aprobacion de formula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestion, y de su propuesta de precios de servicios colaterales
RESOLUCION DE GERENCIA DE REGULACION TARIFARIA Nº 003-2014-SUNASS-GRT EXP.: 003-2014-SUNASS-GRT MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2014 VISTO: El O cio Nº 174-2014- EPS SEDAJULIACA S.A./GG1, mediante el cual E.P.S. SEDAJULIACA S.A. solicita la aprobacion de su formula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestion; asi como los precios de los servicios colaterales; CONSIDERANDO: Que, los articulos 17, 18 y 19 del Reglamento General de Tarifas2 establecen que la solicitud de aprobacion de la formula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestion presentada por la empresa prestadora de servicios de saneamiento debe estar acompanada del Plan Maestro Optimizado (PMO) que sustenta la propuesta, asi como reunir los requisitos de admisibilidad y procedencia. Que, la MORDAZA Disposicion Transitoria del Reglamento General de Tarifas2 establece que a partir de octubre de 2008 las empresas prestadoras de servicios de saneamiento deberan adjuntar indefectiblemente a su PMO su propuesta de precios para los servicios colaterales. Que, mediante el O cio Nº 174-2014-EPS MORDAZA JULIACA S.A./GG, E.P.S. SEDAJULIACA S.A. remitio la propuesta de los precios de los servicios colaterales con el PMO para el MORDAZA quinquenio regulatorio. Que, se veri ca que la solicitud de vistos reune los requisitos de admisibilidad y procedencia exigidos por

APENDICE B: EXAMEN MEDICO DE EVALUACION DEL PERSONAL DE AVIACION CIVIL 67.B.050 Intervalos de Evaluaciones

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Recibido por la SUNASS el 16 de junio del 2014. Aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASSCD. Modi cada por Resolucion de Consejo Directivo N° 052-2007-SUNASS-CD.

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