Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JULIO DEL AÑO 2014 (26/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 33

El Peruano Sábado 26 de julio de 2014 528663 Memorando Nº 028-2014-MTC/12.POA, Memorando Nº 079-2014-MTC/12.07.CER, Memorando Nº 014-2014- MTC/12.07.PEL e Informe Nº 179-2014-MTC/12.07, emitidos por las áreas competentes de la Dirección General de Aeronáutica Civil y que forman parte de la presente Resolución Directoral, conforme a lo dispuesto en numeral 6.2 del artículo 6º la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC y demás disposiciones legales vigentes; Que, SERVICIOS AÉREOS DE LOS ANDES S.A.C. cuenta con el Certi¿ cado de Explotador de Servicios Aéreos Nº 051 y sus Especi¿ caciones de Operación – OPSPECS respectivas; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modi¿ car, suspender o revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, veri¿ cando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a SERVICIOS AÉREOS DE LOS ANDES S.A.C., de conformidad con los instrumentos internacionales bilaterales o multilaterales vigentes, Permiso de Operación por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario O¿ cial El Peruano. El presente permiso de Operación tiene carácter administrativo. Para realizar operaciones aéreas SERVICIOS AÉREOS DE LOS ANDES S.A.C. requiere el correspondiente Certi¿ cado de Explotador, así como las Especi¿ caciones Técnicas de Operación, debiendo acreditar en estas etapas su capacidad legal, técnica y económica-¿ nanciera, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil. El Permiso de Operación está sujeto a las siguientes características: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación Comercial - Servicio de Transporte Aéreo No Regular de pasajeros, carga y correo. ÁMBITO DEL SERVICIO: - Internacional. ZONAS Y/O PUNTOS DE OPERACIÓN: CON DERECHOS DE TRÁFICO DE TERCERA Y CUARTA LIBERTAD DEL AIRE: 1. América del Sur - Bolivia: La Paz, Cochabamba, Santa Cruz, Sucre, Potosí, Viru Viru. - Argentina: Allen, Azul, Bahía Blanca, Bariloche, Bolívar, Buenos Aires, Casilda, Catamarca, Ceres, Chepes, Chilecito, Córdova, Dolores, El Bolsón, Calafate, Ezeiza, Junín, General Alvear, Laboulaye, La Plata, La Rioja, La Cumbre, Necochea, Olavaría, Posadas, Reconquista, Río Gallegos, Rosario, San Fernando. - Colombia: Bogotá, Isla San Andrés, Barranquilla, Cali, Cartagena, Cucuta, Leticia, Medellín, Santa Marta. - Chile: Antofagasta, Arica, Balmaceda, Calama, Chile Chico, Concepción, Curicó, Isla de Pascua, La Serena, Los Angeles, Iquique, Viña del Mar, Valparaíso, Valdivia, Roca de Santo Domingo, Santiago de Chile. - Brasil: Brasilia, Rio de Janeiro, Sao Paulo, Natal, Maceio, Porto Alegre, Salvador, Manaos, Fortaleza, Belén, Victoria, Cuiabá, Santos Dumont, Campinas, Campo Grande, Londrina, Curitiba, Teresina, Porto Velho, Macae, Palma, Emperatriz, Tabatinga, Cruceiro do Sul. - Ecuador: Galápagos, Cuenca, Esmeraldas, Guayaquil, Quito, Tena, Santa Cecilia, San Cristóbal, Salinas, Putumayo, Machala, Macas. - Paraguay: Asunción. - Uruguay: Montevideo, Punta del Este, Colonia, Durazno, Salto, Rivera, Paysandú, Melo, Artigas, Treinta y Tres. - Venezuela: Caracas, Maracaibo, Isla Margarita, Valencia. 2. Centro América - Costa Rica: San José, Limón, Liberia. - Guatemala: Flores, Ciudad de Guatemala, Tical. - Honduras: Roatán, San Pedro Sula, La Ceiba, Tegucigalpa. - Nicaragua: Managua, Puerto Cabezas, Blue¿ elds, Bonanza, Siuna. - Panamá: Ciudad de Panamá, Santiago de Veraguas, Bocas del Toro. - El Salvador: El Salvador. 3. América del Norte: - Canadá: Ontario, Quebec, Nueva Escocia, Nuevo Brunswick, Manitoba, Columbia, Británica, Alberta. - Estados Unidos: Alabama, Alaska, Arizona, Arkansas, California, Colorado, Connecticut, Delaware, Florida, Georgia, Hawai, Idaho, Illinois, Indiana, Iowa, Kansas, Kentucky, Lousiana, Maine, Maryland, Massachusetts, Michigan, Minnesota, Mississippi, Montana, Nebraska, Nevada, New Hampshire, New Jersey, New Mexico, New York, Carolina del Norte, Carolina del Sur, North Dakota, Ohio, Oklahoma, Oregón, Pennsylvania, Rhode Island, South Dakota, Tennessee, Texas, Utah, Vermont, Virginia, Estado de Washington, West Virginia, Wisconsin, Wyoming. - México: México, D.F., Cancún, Quintana Roo, Acapulco, Puerto Vallarta, La Paz, Monterrey, Veracruz, Cozumel, Mérida. 4. Caribe: - Aruba: Aeropuerto Internacional Reina Beatriz. - Bahamas: Nassau, Grand Bahama, Georgia Town, Chub Cay. - Barbados: Bridgetown. - Cuba: La Habana, Santiago de Cuba, Varadero, Holguín, Cayo Coco, Ciego de Avila, Santa Clara, Manzanillo, Camaguey. - República Dominicana: Constanza, Cabo Rojo, Santo Domingo, Puerto Plata, Punta Cana, La Romana. - Belize - Jamaica: Montego Bay, Kingston. - Antillas Holandesas: Saint Marteen, Curacao. MATERIAL AERONÁUTICO: - Dash 8 - Series y/o modelos - Twin Otter DHC 6 - Series - Beechcraft King Air - Series BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, Lima. Artículo 2º.- Las aeronaves autorizadas a SERVICIOS AÉREOS DE LOS ANDES S.A.C., deben estar provistas del correspondiente Certi¿ cado de Matrícula vigente, expedido – de ser el caso- por el Registro Público de Aeronaves de la O¿ cina Registral de Lima y Callao; de su Certi¿ cado de Aeronavegabilidad vigente, expedido o convalidado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; y, de la Póliza o Certi¿ cado de Seguros, que cubra los riesgos derivados de su actividad aérea. Artículo 3º.- La compañía SERVICIOS AÉREOS DE LOS ANDES S.A.C. deberá iniciar el Proceso de Certi¿ cación en el plazo de seis (06) meses contados a