Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2014 (27/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, dispone: "(...) En el caso de los organismos constitucionalmente autonomos, la excepcion es autorizada por resolucion del titular de la entidad (...)". Que, el articulo 1º de la Ley 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, establece que los viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, deben ser autorizados por la mas alta autoridad de la respectiva Entidad y, en el caso del MORDAZA Nacional de Elecciones, segun el articulo 22º de su Ley Organica, Ley Nº 26486, el Presidente del Pleno es quien lo representa en todos sus actos y ejecuta su presupuesto, estando de acuerdo a lo dispuesto por los articulos 13º y 14º de su Reglamento de Organizacion y Funciones, modificado por Resolucion Nº 0738-2011-JNE; que senalan que tambien es su MORDAZA autoridad administrativa, representante oficial y Titular del Pliego. Que, el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, por el que se aprueban las normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, dispone: "Las Resoluciones de autorizacion de viaje deberan publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje (...)". Que, con la Certificacion Nº 00569-2014-DGPID/JNE, de fecha 14 de marzo de 2014, la Direccion General de Planeamiento, Innovacion y Desarrollo, otorga la certificacion de existencia de credito presupuestario del pliego 031 MORDAZA Nacional de Elecciones, aprobado para el Ejercicio Fiscal 2014, para el otorgamiento de pasajes y viaticos para asistir a la MORDAZA vuelta de las Elecciones de Costa Rica. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 y el Reglamento de Organizacion y Funciones del MORDAZA Nacional de Elecciones, modificado por Resolucion Nº 0738-2011JNE; y, En uso de las facultades de que esta investida esta Presidencia. RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar, por excepcion, el viaje al exterior y la licencia con goce de haber, que corresponda, de la trabajadora C.P.C. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora General de Recursos y Servicios, por el periodo comprendido del 04 de MORDAZA de 2014 al 07 de MORDAZA de 2014, a la MORDAZA de San MORDAZA - Costa Rica, para que participe en la observacion MORDAZA votacion para elegir Presidente y Vicepresidentes de la Republica, a realizarse el 06 de MORDAZA de 2014 en dicho pais. Articulo Segundo.- El MORDAZA Nacional de Elecciones cubrira los gastos del viaje de la trabajadora referida en el articulo anterior, conforme al siguiente detalle: Pasajes y Gastos de Transporte: Viaticos y Asignaciones por Comision de Servicios TOTAL: S/. 4,000.00 S/. 3,540.60 S/. 7,540.60

El Peruano Jueves 27 de marzo de 2014

Declaran nulo Acuerdo de Concejo que rechazo pedido de vacancia de regidora de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA MORDAZA, provincia de Maynas, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 110-B-2014-JNE Expediente Nº J-2013-01283 SAN MORDAZA MORDAZA - MAYNAS - MORDAZA RECURSO DE APELACION MORDAZA, trece de febrero de dos mil catorce. VISTO en audiencia publica de la fecha, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA en contra del Acuerdo de Concejo Nº 005-2013-SE-MDSJB, de fecha 14 de agosto de 2013, que rechazo el pedido de vacancia presentado en contra de MORDAZA del MORDAZA Alvan MORDAZA, regidora de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA MORDAZA, provincia de Maynas, departamento de MORDAZA, por la causal de ejercicio de funciones ejecutivas o administrativas, prevista en el articulo 11, MORDAZA parrafo, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y oidos los informes orales. ANTECEDENTES Respecto a la solicitud de vacancia Con fecha 24 de MORDAZA de 2013 (Expediente de traslado Nº J-2013-00657, fojas 2 a 7), MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita la vacancia, entre otras autoridades ediles, de MORDAZA del MORDAZA Alvan MORDAZA, regidora de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA MORDAZA, provincia de Maynas, departamento de MORDAZA, por haber incurrido en la causal de ejercicio de funciones ejecutivas o administrativas, prevista en el articulo 11, MORDAZA parrafo, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM), en base a las siguientes consideraciones: a. La MORDAZA regidora MORDAZA del MORDAZA Alvan MORDAZA habria firmado resoluciones administrativas contraviniendo lo estipulado en el articulo 11, primer parrafo, de la LOM, puesto que su encargatura en el despacho de alcaldia fue irregular. b. En efecto, senala que en la Resolucion de Alcaldia Nº 008-2013-A-MDSJB, de fecha 15 de enero de 2013, mediante la cual se resuelve encargarle el despacho de alcaldia, no se hace referencia al Oficio Nº 067-2013SGRH-GAF/MDSJB, de fecha 4 de enero de 2013, a traves del cual el subgerente de recursos humanos, dando respuesta al Memorando Nº 004-A-MDSJB-2013, faculta al MORDAZA el uso de sus vacaciones por siete dias, del 7 al 13 de enero de 2013. c. En tal sentido, atendiendo a que en la mencionada resolucion solo se hace referencia a la encargatura y no a la procedencia de sus vacaciones, dicho acto administrativo, habria incurrido en falta de motivacion, deviniendo en nulo de pleno derecho, de conformidad al articulo 3 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (en adelante LPAG). d. Asi pues, al estar demostrado que la encargatura de la referida regidora es nula de pleno derecho, al haberse transgredido la LOM, de conformidad al articulo 10 de la LPAG, las decisiones y actuaciones realizadas por dicha regidora, como lo es el haber firmado resoluciones de alcaldia en el mes de enero de 2013, carecen de validez, por provenir de un acto irregular contrario a ley, por lo que procede su vacancia. e. Del mismo modo, senala que en el mes de enero de 2012, igualmente se le encargo el despacho de alcaldia a la cuestionada regidora, por lo que, en este ultimo caso, el MORDAZA de la citada comuna debe acompanar la resolucion por la que le dio la encargatura a la referida autoridad edil. f. De otro lado, senala que esta demostrado que la cuestionada regidora ha incurrido en usurpacion de funciones, dado que como es de verse de las Resoluciones Nº 001, 002, 003, 004, 005, 006-2013MDSJB, de fechas 8 y 10 de enero de 2013, dicha autoridad MORDAZA no contaba con documento alguno que

Articulo Tercero.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, la referida trabajadora debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y la rendicion de cuentas correspondiente. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo Quinto.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion General de Recursos y Servicios y a la interesada para su conocimiento y los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Presidente 1066483-1

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