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El Peruano Jueves 1 de mayo de 2014 522068 Regionales sus modifi catorias y su Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA EL AÑO 2014 “AÑO DE LA PREVENCIÓN Y LUCHA CONTRA TODO TIPO DE VIOLENCIA HACIA NIÑAS, NIÑOS, ADOLESCENTES, LA MUJER Y EL ADULTO MAYOR” Artículo Primero.- DECLÁRESE el año 2014 como “Año de la prevención y lucha contra todo tipo de violencia hacia Niñas, Niños, Adolescentes, la Mujer y el Adulto Mayor”, en el ámbito de la Región Junín. Artículo Segundo.- DISPÓNGASE que durante el año 2014 se consigne dicha frase en todos los documentos ofi ciales que se emitan en las entidades públicas de la jurisdicción del Gobierno Regional Junín. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE al Ejecutivo Regional, realizar las acciones de prevención y lucha contra todo tipo de violencia hacia niñas, niños, adolescentes, la mujer y el adulto mayor; a través de las Gerencias y Direcciones Regionales respectivas, conforme a sus funciones. Comuníquese al Presidente del Gobierno Regional de Junín para su promulgación. Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, a los 4 días del mes de marzo de 2014. SILVIA EDITH CASTILLO VARGAS Consejera Delegada POR TANTO: Mando regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en el Despacho de la Presidencia del Gobierno Regional Junín, a los 06 días del mes de marzo de 2014. VLADIMIR ROY CERRÓN ROJAS Presidente Gobierno Regional Junín 1077892-1 GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA Modifican la Ordenanza Regional N° 011-2013-CR/GRM que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Moquegua ORDENANZA REGIONAL Nº 01-2014-CR/GRM Fecha: 14 de marzo del 2014 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, en Sesión Ordinaria Nº 14-2014 de fecha 14 de marzo del l 2014, debatió la aprobación de la modifi cación del ROF del Gobierno Regional Moquegua. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, reformada por la Ley Nº 28607 y lo establecido en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modifi catorias, el Gobierno Regional de Moquegua es persona jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; constituyendo para su administración económica y fi nanciera un Pliego Presupuestal; cuyos funcionarios y servidores se sujetan al régimen laboral general aplicable a la administración pública, conforme a ley; Que, Mediante Ordenanza Regional Nº 011-2013- CR/GRM, del 18 de octubre del 2013, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Moquegua, conteniendo la Estructura Orgánica, seis títulos, 119 artículos, 05 disposiciones complementarias y 04 disposiciones transitorias y fi nales, así como el organigrama estructural; sin regular el proceso de implementación gradual de dicho Reglamento; Que, la implementación del ROF con la nueva Estructura Orgánica, comprendiendo a todas las unidades orgánicas existentes en el Gobierno Regional que tienen carácter permanente en el tiempo, resulta compleja debido a que se tiene que elaborar y aprobar los nuevos documentos de gestión - Clasifi cador de Cargos, Cuadro para Asignación de Personal, Manual de Organización y Funciones, TUPA, Tarifario –por lo que el Ejecutivo considera que durante el 2014 sólo las Direcciones Regionales de Salud y Educación pueden convertirse en Gerencias Regionales; así como empezarían a funcionar la Ofi cina Regional de Promoción de la Inversión Privada, la Ofi cina Regional de Diálogo y Prevención de Confl ictos, así como la Ofi cina de Ejecución Coactiva. De modo que en el 2015 se pueda implementar las demás Unidades Orgánicas contempladas en dicho instrumento de gestión; Que, mediante Informe Nº 036-2014-ODI-GRPPAT/ GR.MOQ, la ODI señala que con el nuevo ROF se ha efectuado modifi caciones sustanciales respecto al ROF del 2003, en cuanto a la creación de las Gerencias Regionales Sectoriales y de nuevas Unidades Orgánicas; por lo que amerita considerar un periodo de implementación razonable, a efectos de elaborar el Clasifi cador de Cargos, el CAP, el MOF y el TUPA, entre otros; por lo que propone el cronograma de trabajo, que coincide con la propuesta de la Presidencia Regional, proponiendo la modifi cación de la Ordenanza Regional Nº 011-2013-CR/GRM con disposiciones complementarias que regulen la implementación gradual o progresiva del ROF del Gobierno Regional; Que, como está señalado en el Informe Legal Nº 039- 2014-DRAJ/GR.MOQ; el Artículo 32º de los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado con Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, establece que el Plan de Implementación del ROF no podrá exceder de dos años; situación que debe ser precisada en la Ordenanza de aprobación del mencionado documento técnico normativo de gestión institucional. En consecuencia la propuesta de la Presidencia Regional y la ODI tienen asidero legal. Que, según lo dispuesto en el inciso a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, es atribución del Consejo Regional modifi car las normas que regulen los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, por lo que el Consejo Regional está en condiciones de adoptar la decisión adecuada que conlleve a modifi car la Ordenanza Regional Nº 011-2013-CR/GRM; Que, estando a lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 103º de la Constitución Política del Perú y el numeral 202.2 del artículo 202º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, toda norma se modifi ca por otra de igual o superior jerarquía; por lo que la modifi cación de la Ordenanza Regional Nº 011-2013-CR/GRM, debe ser adoptada mediante otra Ordenanza Regional; Por lo que, en uso de las atribuciones Conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº27867 y sus modifi catorias; el reglamento Interno del Consejo Regional aprobado con Ordenanza Regional Nº 01-2011-CR/GRM, en Sesión Ordinario Nº 03-2014 se debatió y aprobó por mayoría emitir la presente Ordenanza Regional. Ha dado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA LA ORDENANZA QUE APRUEBA EL ROF DEL GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA Artículo Primero.- MODIFICAR la Ordenanza Regional Nº 011-2013-CR/GRM, incorporando las Disposiciones Complementarias y Transitorias siguientes: Primera: El Reglamento de Organización y Funciones que se aprueba con la presente Ordenanza, será implementado de manera progresiva y complementada, en el periodo de dos años contados a partir de la vigencia de la presente Ordenanza.