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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (31/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 86

El Peruano Viernes 31 de octubre de 2014 536444 Resolución Administrativa N° 074-2007-CE-PJ, de fecha 4 de abril de 2007, dependen administrativamente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y, por tanto, la designación de los jueces y conclusión de sus funciones; así como la conformación de los colegiados corresponde a este Órgano de Gobierno; teniendo en cuenta sus antecedentes, desempeño en la función jurisdiccional, conocimiento y experiencia en la aplicación del nuevo Código Procesal Penal, y méritos profesionales. Segundo. Que, mediante Resolución Administrativa N° 289-2014-CE-PJ, del 27 de agosto del año en curso, se modifi có la Resolución Administrativa N° 228-2014- CE-PJ, de fecha 27 de junio de 2014, que creó órganos jurisdiccionales en el marco de la aplicación de la Ley N° 30077, Ley Contra el Crimen Organizado, y su modifi catoria Ley N° 30133; y, en ese sentido, se crearon, a partir del 1 de setiembre de 2014, entre otros, el 2° y 3° Juzgados de la Investigación Preparatoria Nacionales. Tercero. Que, conforme a lo señalado precedentemente, resulta pertinente disponer la designación de jueces y la reconformación de Juzgados Penales Nacionales, en aras de optimizar el servicio de impartición de justicia en el ámbito de sus funciones y competencias. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 874-2014 de la trigésimo sétima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzales y Taboada Pilco; sin la intervención del señor Escalante Cárdenas por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluidas las designaciones de los Jueces de los Juzgados Penales Nacionales, que a continuación se señala: • Daniel Genaro Ríos Ramírez, Juez Especializado Penal Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima, como Juez del 1° Juzgado Penal Nacional, quien retornará a su cargo jurisdiccional de origen en el mencionado Distrito Judicial; y, • Juana Mercedes Caballero García, Jueza Especializada Penal Titular de la Corte Superior de Huaura, como Jueza del 1° Juzgado de la Investigación Preparatoria Nacional, quien retornará a su cargo jurisdiccional de origen en el mencionado Distrito Judicial. Artículo Segundo.- Designar a los siguientes Jueces Titulares en los Juzgados Penales Nacionales, que a continuación se señala: • Rafael Martín Martínez Vargas, Juez Especializado Penal Titular de la Corte Superior de Justicia de Piura, como Juez del 1° Juzgado Penal Nacional. • Richard Augusto Concepción Carhuancho, Juez Especializado Penal Titular de la Corte Superior de Justicia del Santa, como Juez del 1° Juzgado de la Investigación Preparatoria Nacional. • Zaida Catalina Pérez Escalante, Jueza Especializada Penal Titular de la Corte Superior de Justicia de San Martín, como Jueza del 2° Juzgado de la Investigación Preparatoria Nacional; y, • Ricardo Arturo Manrique Laura, Juez Especializado Penal Titular de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, como Juez del 3° Juzgado de la Investigación Preparatoria Nacional. Artículo Tercero.- Disponer que el término de funciones y designaciones de Jueces de los Juzgados Penales Nacionales, se efectivizará a partir del 3 de noviembre del año en curso. Artículo Cuarto.- La presente resolución no deberá generar, en ningún caso, el quiebre de las audiencias programadas en los referidos órganos jurisdiccionales, según corresponda; y, en consecuencia, los mencionados jueces deberán asistir a las audiencias programadas con sus intervenciones. Artículo Quinto.- La Magistrada Coordinadora de la Sala Penal Nacional y Juzgados Penales Nacionales, supervisará el cumplimiento de los alcances de la presente resolución. Artículo Sexto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Fiscalía de la Nación, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Magistrada Coordinadora de la Sala Penal Nacional y Juzgados Penales Nacionales, Cortes Superiores de Justicia de Cajamarca, Huaura, Lima, Piura, San Martín y Santa, Gerencia General del Poder Judicial y a los jueces interesados, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 1157543-2 Establecen diversas normas para el funcionamiento del Juzgado de Paz Letrado de San Antón de la Corte Superior de Justicia de Puno RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 359-2014-CE-PJ Lima, 22 de octubre de 2014 VISTO: El Ofi cio N° 827-2014-GO-CNDP-CE-PJ, cursado por la Gerencia Operacional de la Comisión Nacional de Descarga Procesal, respecto a la solicitud efectuada por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Puno, mediante Ofi cio Superior N° 093-2014-P-CSJPU/PJ. CONSIDERANDO: Primero. Que por Resolución Administrativa Nº 029- 2008-CE-PJ, del 30 de enero de 2008 y sus modifi catorias, se establece que la fi nalidad de la Comisión Nacional de Descarga Procesal es conducir el seguimiento y monitoreo de la descarga procesal en los órganos jurisdiccionales transitorios y permanentes a nivel nacional; así como proponer al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial las acciones complementarias que permitan operativizar dicha actividad. En tanto, las Comisiones Distritales tienen como fi nalidad monitorear el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales transitorios y permanentes, a fi n de coadyuvar al logro del objetivo institucional, dando cuenta a la Comisión Nacional de Descarga Procesal, para cuyos fi nes se aprobaron los instrumentos normativos, lineamientos y procedimientos que optimicen el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales materia de evaluación. Segundo. Que mediante Directiva N° 001-2012-CE-PJ, “Lineamientos Uniformes para el Funcionamiento de las Comisiones Nacional y Distritales de Descarga Procesal”, aprobada por Resolución Administrativa N° 031-2012-CE- PJ del 2 de marzo de 2012, y sus modifi catorias, establece normas para la organización y funcionamiento de la Comisión Nacional de Descarga Procesal y Comisiones Distritales de Descarga Procesal, con el fi n de alcanzar una efectiva descongestión de expedientes. Tercero. Que por Resolución Administrativa Nº 062- 2013-CE-PJ, de fecha 3 de abril de 2013, que aprueba los Estándares de Expedientes en Trámite Resueltos a nivel Nacional de órganos jurisdiccionales que están fuera de las Sedes Principales de Cortes Superiores de Justicia del país, en su artículo segundo, literal a), autoriza a la Comisión Nacional de Descarga Procesal a efectuar un estudio de racionalización de órganos jurisdiccionales permanentes y transitorios fuera de sede principal que no alcancen el estándar de producción judicial aprobado, proponiendo al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial las acciones administrativas más convenientes. Cuarto. Que el artículo cuarto de la Resolución Administrativa N° 131-2014-CE-PJ, de fecha 23 de abril del año en curso, dispuso que el Juzgado de Paz Letrado de San Antón, Provincia de Azángaro, realice itinerancia por un período de dos meses a la sede de Juliaca, Provincia de San Román, colaborando con el proceso de descarga del 2° y 4° Juzgados de Paz Letrados de