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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (06/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 89

El Peruano Sábado 6 de setiembre de 2014 531975 Nº TUPA Nombre del Procedimiento Autoridad Competente de la Superintendencia Adjunta de Seguros y de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 117 Autorización para presentar el Plan de Trabajo de Auditoria basado en Riesgos (PBR) Superintendente Adjunto de Seguros / Superintendente Adjunto de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 118 Autorización de inscripción en el Registro de Asociaciones de Fondos Regionales ó Provinciales contra Accidentes de Tránsito – AFOCAT Superintendente Adjunto de Seguros 120 Inscripción en el Registro AFOCAT de los Convenios entre AFOCAT Regionales o Provinciales para la ampliación de la validez del ámbito de aplicación del CAT en territorios continuos Superintendente Adjunto de Seguros 121 Autorización para operar con productos fi nancieros derivados para empresas de seguros Superintendente Adjunto de Seguros 125 Aprobación del contrato de administración de riesgos Superintendente Adjunto de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 126 Autorización de suspensión de pago a benefi ciarios padres Superintendente Adjunto de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 127 Autorización de software para estimación de pensiones Superintendente Adjunto de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 128 Certifi cación de regímenes especiales Superintendente Adjunto de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 129 Inactivación de solicitud de bono de reconocimiento Superintendente Adjunto de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 130 Obtención del Certifi cado de Operatividad Técnica (COT) del Sistema MELER Superintendente Adjunto de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 134 Solución de controversias en el marco de Contratos de Renta Vitalicia entre el afi liado y la empresa de seguros Superintendente Adjunto de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 135 Solución de controversias en el marco del Contrato de Administración de Riesgos de Invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio entre las AFP y empresas de Seguros Superintendente Adjunto de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 136 Inscripción de fondos para aportes obligatorios y voluntarios Superintendente Adjunto de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 144 Autorización para comercializar productos de seguro mediante comercializadores Intendente General de Supervisión de Instituciones de Seguros 145 Autorización para comercializar productos de seguro mediante puntos de venta Intendente General de Supervisión de Instituciones de Seguros 146 Autorización para comercializar productos de seguro mediante sistemas de comercialización a distancia Intendente General de Supervisión de Instituciones de Seguros Nº TUPA Nombre del Procedimiento Autoridad Competente de la Superintendencia Adjunta de Seguros y de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 147 Autorización excepcional para la contratación de reaseguros con reaseguradores extranjeros Intendente General de Supervisión de Instituciones de Seguros 154 Autorización para la aplicación de metodología de identifi cación del deterioro del valor de las inversiones de las empresas de Seguros. Intendente General de Supervisión de Instituciones de Seguros 155 Autorización para la aplicación del modelo de valor razonable para la valorización de las inversiones en inmuebles de las empresas de Seguros. Intendente General de Supervisión de Instituciones de Seguros 159 Autorización de prórroga del plazo a los ajustadores de siniestros para emitir el informe de ajuste de siniestros. Intendente General de Supervisión de Instituciones de Seguros 1134014-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Modifican Ordenanza Regional Nº 270-AREQUIPA, que aprobó el Manual de Operaciones y Estructura Orgánica del Proyecto Especial Majes Siguas ORDENANZA REGIONAL Nº 280-AREQUIPA EL CONSEJO REGIONAL DE AREQUIPA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, según la Ley de Reforma Constitucional - Ley 27680 del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, en nuestra Carta Magna Constitución Política de 1993, artículo 191 dice que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y el artículo 192 los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo, siendo competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, conforme a lo previsto en el inciso a) del artículo 15, concordante con el inciso a) del artículo 15 de la ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, es atribución del Consejo Regional: aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de sus competencias y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante Decreto Ley Nº 18375 de fecha 21 de agosto de 1970, se declara de necesidad y utilidad pública