Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2015 (30/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano Jueves 30 de MORDAZA de 2015

551703
- Reos Carcel de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur, en Juzgado de Familia Transitorio de MORDAZA, Corte Superior de Justicia de Ancash. Articulo Tercero.- Convertir, a partir del 1 de MORDAZA y hasta el 31 de octubre de 2015 la Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Canete, en Juzgado Penal Colegiado Transitorio de la misma Corte Superior. La implementacion del Juzgado Penal Colegiado Transitorio de Canete se efectuara con las plazas de personal, mobiliario y equipos asignados previamente a la Sala Penal Liquidadora Transitoria de la misma provincia. Articulo Cuarto.- Convertir y/o reubicar a partir del 1 de MORDAZA de 2015, los siguientes organos jurisdiccionales: 1) Convertir y reubicar el Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Distrito de Echarati de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA a la Corte Superior de Justicia de MORDAZA como 9° Juzgado de Paz Letrado - Laboral Permanente del Distrito y Provincia de MORDAZA, con la misma competencia territorial que tiene el 4° Juzgado de Paz Letrado - Laboral Permanente del Distrito de Arequipa. 2) Reubicar el 2° Juzgado de Paz Letrado del Distrito de MORDAZA, Provincia del MORDAZA, como Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Echarati, Provincia de la Convencion, Corte Superior de Justicia del Cusco; y en adicion de funciones se desempene como Juzgado de la Investigacion Preparatoria y ademas tramite los procesos laborales bajo la competencia de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, actuando con la misma competencia territorial del ex Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Distrito de Echarati. 3) Reubicar, hasta el 31 de MORDAZA de 2015, la Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia de MORDAZA, Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a la Corte Superior de Justicia de Tumbes como 1° Sala Penal Liquidadora Transitoria con competencia territorial en todo el Distrito Judicial, y con sede en Tumbes. 4) Reubicar y convertir, hasta el 31 de octubre de 2015, el 3° Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia y Distrito Judicial de MORDAZA, en Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito de Motupe, Provincia de MORDAZA, Distrito Judicial de Lambayeque; con la misma competencia territorial que el Juzgado Mixto del mismo distrito y provincia, que en adicion de funciones actua como Juzgado Penal Unipersonal. Articulo Quinto.- Modificar, a partir del 1 de MORDAZA de 2015, la denominacion de los siguientes organos jurisdiccionales: - El 1° Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA, Provincia del MORDAZA en Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA, Corte Superior de Justicia del Cusco. - El 2° Juzgado Civil Transitorio de MORDAZA El MORDAZA en Juzgado Civil Transitorio de MORDAZA El MORDAZA, Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur. - El 1° Juzgado Penal Transitorio - Reos Carcel de MORDAZA MORDAZA del Triunfo como Juzgado Penal Transitorio Reos Carcel de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur. Articulo Sexto.- Disponer, a partir del 1 de MORDAZA de 2015, lo siguiente: - La Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Canete, en adicion de funciones actuara como Sala Penal Liquidadora de dicha Corte Superior. - El 1° Juzgado de Paz Letrado - Civil Permanente del Distrito de Independencia, Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte, en adicion a sus funciones, estara encargado del tramite de los expedientes laborales relacionados a la liquidacion de cobranza de aportes previsionales del Sistema Privado de Pensiones (AFPs) Articulo Setimo.- Disponer, a partir del 1 de MORDAZA de 2015, que el 1° Juzgado de Trabajo Permanente y el 1° y 2° Juzgados de Trabajo Transitorios de MORDAZA, Corte Superior de Justicia de MORDAZA, tramiten exclusivamente expedientes de la Ley N° 26636 (Anterior Ley Procesal del Trabajo); en tanto que el 2° Juzgado de Trabajo Permanente y el 3° Juzgado de Trabajo Transitorio tramitaran exclusivamente

c) En cuanto al Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Huarmey, Distrito Judicial del MORDAZA, el 1° Juzgado Penal Liquidador Transitorio de MORDAZA Portillo y el Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Padre MORDAZA, ambos del Distrito Judicial de Ucayali, considera conveniente prorrogarlos por un plazo de dos (2) meses. d) Respecto a la Sala Penal Liquidadora Transitoria de MORDAZA, Distrito Judicial de MORDAZA, considera conveniente su reubicacion al Distrito Judicial de Tumbes como Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia de Tumbes; y asimismo, que la carga procesal pendiente en liquidar del referido organo jurisdiccional transitorio se traslade a la Sala Penal Liquidadora Permanente de la Provincia de MORDAZA, Distrito Judicial de Ancash. e) En relacion al Juzgado Penal Transitorio Especializado en Delitos Aduaneros, Tributarios y de Propiedad Intelectual Supraprovincial de MORDAZA y Callao, considera que sea reubicado a otra sede dentro del mismo Distrito Judicial de Lima. Asimismo, recomienda cambiar su denominacion como Juzgado Penal Transitorio Especializado en Delitos Aduaneros, Tributarios, Propiedad Intelectual y para procesos por Perdida de Dominio Supraprovincial de MORDAZA y Callao; y ademas, que el Distrito Judicial de MORDAZA realice una difusion del cambio de ubicacion de dicho organo jurisdiccional transitorio a todos los actores de los procesos penales que tiene competencia. f) Respecto a la propuesta de reubicacion del Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Distrito de Echarati, Provincia de La Convencion, Distrito Judicial del MORDAZA, al Distrito Judicial de MORDAZA deja a consideracion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dicha disposicion. Duodecimo. Que, en virtud a lo expuesto, este Organo de Gobierno, considera conveniente aprobar las recomendaciones efectuadas por el Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal; asi como las propuestas del Jefe de la Oficina de Productividad Judicial, que no fueron materia de analisis por parte del referido Equipo Tecnico. Decimo Tercero. Que el articulo 82°, incisos 25) y 26), del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial determina como funcion y atribucion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la reubicacion de organos jurisdiccionales a nivel nacional; asi como la adopcion de acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 558-2015 de la vigesimo MORDAZA sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA Postigo, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Pilco; sin la intervencion del senor MORDAZA MORDAZA por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar, a partir del 1 de MORDAZA de 2015, el funcionamiento de los siguientes organos jurisdiccionales transitorios: HASTA EL 30 DE JUNIO DE 2015 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL MORDAZA - Juzgado Penal Liquidador Transitorio - Huarmey. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE UCAYALI - 1° Juzgado Penal Liquidador Transitorio - MORDAZA Portillo. - Juzgado Penal Liquidador Transitorio - Padre Abad. Articulo Segundo.- Convertir y/o reubicar, a partir del 1 de MORDAZA y hasta el 31 de agosto de 2015, los siguientes organos jurisdiccionales transitorios: 1) Reubicar el 1° Juzgado Civil Transitorio de MORDAZA El MORDAZA como Juzgado Civil Transitorio de San MORDAZA de Miraflores, Corte Superior de Justicia de MORDAZA Sur. 2) Convertir y reubicar el 2° Juzgado Penal Transitorio

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