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El Peruano Jueves 30 de abril de 2015 551710 RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo S.A. (CMAC Trujillo) el cierre de su Ofi cina Especial bajo la modalidad de local compartido con el Banco de la Nación, ubicada en el Sector de Agrupación de Familias del Centro Cívico Mz. F Lote 1 distrito de Laredo, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad. Artículo Segundo.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo S.A. (CMAC Trujillo) el cierre de su Ofi cina Especial bajo la modalidad de local compartido con el Banco de la Nación, ubicada en Jr. Toribio Rodriguez de Mendoza Nº 404-406 distrito de San Nicolás, provincia de Rodriguez de Mendoza, departamento de Amazonas. Artículo Tercero.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo S.A. (CMAC Trujillo) el cierre de su Ofi cina Especial bajo la modalidad de local compartido con el Banco de la Nación, ubicada en Esquina Jr. Gonzales Puerta Nº 100 y Jr. Ciro Alegría, distrito de Santa María de Nieva, provincia de Condorcanqui, departamento de Amazonas. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZARATE Intendente General de Microfi nanzas 1231281-1 Autorizan a Compartamos Financiera el traslado de agencia ubicada en el departamento de Arequipa RESOLUCIÓN SBS Nº 2211-2015 Lima, 17 de abril de 2015 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por Compartamos Financiera para que esta Superintendencia autorice el traslado de una (01) agencia, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, en Sesión de Directorio de fecha 24 de marzo de 2015 se acordó el traslado de la referida agencia; Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para el traslado de agencias, conforme lo establece el Procedimiento 12° del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente de esta Superintendencia; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 6285-2013; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a Compartamos Financiera, el traslado de una (01) agencia ubicada en la Calle Comercio N° 300, distrito de Molliendo, provincia de Islay, departamento de Arequipa al nuevo local ubicado en la Calle Comercio N° 340, 344, 348 y 352, distrito de Molliendo, provincia de Islay, departamento de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 1230400-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN Ordenanza Regional que aprueba la Estrategia Regional de Diversidad Biológica al 2021 y Plan de Acción 2015-2018 de la Región Junín ORDENANZA REGIONAL Nº 190-2014-GRJ/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín, en Sesión Ordinaria celebrada a los 09 días del mes de diciembre de 2014, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional de Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y demás Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, en la decisión X/2, la Conferencia de las Partes adoptó el Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011-2020. En la misma decisión, se instó a las Partes y otros gobiernos a desarrollar metas nacionales y regionales, utilizando el Plan Estratégico como un marco fl exible, y a examinar, actualizar y revisar, según proceda, sus estrategias y planes de acción nacionales en materia de diversidad biológica de conformidad con el Plan Estratégico así como con la orientación adoptada en la decisión IX/8. La Conferencia de las Partes también instó a las Partes y otros gobiernos a utilizar las versiones revisadas y actualizadas de las estrategias y planes de acción nacionales en materia de diversidad biológica como instrumentos efi caces para la integración de las metas de diversidad biológica en las políticas y estrategias nacionales de desarrollo y reducción de la pobreza, las cuentas nacionales, los sectores económicos y los procesos de planifi cación espacial; por lo que, el Perú a través del Ministerio del Ambiente inició en el año 2012 la actualización de la Estrategia Nacional de Diversidad Biológica y la elaboración de su Plan de Acción (EPANDB) 2014-2021, la cual fue aprobada con Resolución Ministerial Nº 050-2014-MINAM, cuyos objetivos contribuyen a las 20 metas de AICHI, incluidas en el Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011-2020 del CDB; Que, el numeral 22) del artículo 2º de la Constitución Política del Perú establece que, toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; y, en sus artículos 191º y 192º en concordancia con el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señalan que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de Derecho Público Interno que gozan de autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 61º de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente dispone que, los gobiernos regionales, a través de sus Gerencias de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, y en coordinación con las Comisiones Ambientales Regionales y la Autoridad Ambiental Nacional, implementan un Sistema Regional de Gestión Ambiental, integrando a las entidades públicas y privadas que desempeñan funciones ambientales o que inciden sobre la calidad del medio ambiente, así como a la sociedad civil, en el ámbito de actuación del gobierno regional; Que, el literal c) del artículo 53º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que, es función del Gobierno Regional en Materia Ambiental, formular, coordinar, conducir y supervisar la aplicación de las estrategias regionales respecto a la diversidad biológica y sobre cambio climático, dentro del marco de las estrategias nacionales respectivas; y, el Reglamento