Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2015 (30/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 130

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Miércoles 30 de diciembre de 2015 /

El Peruano

CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 en su art. 58 inciso "g" establece como función específica "Aprobar los aranceles de los planos prediales con arreglo a las normas técnicas vigentes sobre la materia del Consejo Nacional de Tasaciones". Que, por Resolución Ministerial Nº 017-2013-VIVIENDA publicado con fecha 25 de enero del 2013, se declaró concluido el proceso de transferencia y establece que a partir de la fecha el Gobierno Regional del Callao es competente para el ejercicio de la función establecida en el inciso "g" del artículo 58 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, publicado con fecha 19/06/2014, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dispone que la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo- DGPRVU tiene como función conducir y supervisar la formulación de los valores arancelarios y supervisa su aplicación en la valorización oficial de terrenos urbanos y rústicos de todo el país. Que, el Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional aprobado con Ordenanza Regional Nº 028 de fecha 20/12/2011, indica en el numeral 10 del art. 82, que la Oficina de Acondicionamiento Territorial de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial tiene como función la de "Aprobar los aranceles de los planos prediales con arreglo a las normas técnicas vigentes sobre la materia del Consejo Nacional de Tasaciones ­ CONATA". Que, la Resolución Ejecutiva Regional Nº 000372 de fecha 24 de Octubre del 2014 aprueba los valores arancelarios de los planos prediales de los distritos de la Provincia Constitucional de Callao, vigentes para el ejercicio fiscal 2015. Que, la Resolución Ejecutiva Regional Nº 000428 de fecha 22 de Octubre del 2015 aprueba los valores arancelarios de los distritos de la Provincia Constitucional del Callao, vigentes para el ejercicio fiscal 2016. Que, mediante Resolución Ministerial Nº 298-2015-VIVIENDA de fecha 06 de noviembre 2015 se deja en suspenso las RR.MM Nºs. 287 y 288-2015-VIVIENDA y establecen disposiciones aplicables a las áreas urbanas de Lima Metropolitana y de distritos comprendidos en las Regiones Amazonas, Lambayeque y Lima-Provincias para el ejercicio fiscal 2016, en su artículo 4º resuelve que los gobiernos regionales competentes pueden adecuar los valores arancelarios contenidos en los planos prediales de los distritos de su jurisdicción a un factor de actualización igual a 1.0590 , de acuerdo al anexo III. Que, mediante informe de vistos, la Oficina de Acondicionamiento Territorial, indica siendo el valor arancelario un componente del Impuesto predial, cuya recaudación es de competencia municipal y por lo tanto de su interés cualquier modificatoria, el Gobierno Regional convocó a una reunión para el último 04 de diciembre a todos los representantes de las municipalidades de la Provincia Constitucional del Callao para tratar y suscribir un acta que defina la aplicación en las jurisdicciones distritales del artículo 4º de la citada resolución ministerial, mediante Informe Nº 103-2015/GRPPAT-OAT se informa de los resultados de las reuniones del día 04 y 09 de diciembre llevadas a cabo con los representantes de los gobiernos locales en donde los funcionarios del distrito de la Punta suscribieron el Acta de Acuerdos optando porque se Aplique en su jurisdicción el artículo 4º de la Resolución Ministerial Nº 298-2015-VIVIENDA. Que, asimismo se señala que, aplicar el artículo 4º de la resolución ministerial supone modificar la Resolución Ejecutiva Regional Nº 000428-2015 en lo que corresponde únicamente a los valores arancelarios contenidos en el plano predial del distrito de la Punta, en ese sentido para el distrito de la Punta, serían aplicables para el ejercicio fiscal 2016 los valores arancelarios contenidos en el plano predial aprobado mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 000372-2014 actualizado con el factor 1.0590 Que, asimismo se señala que, mediante Oficio Nº 2719-2015-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU de fecha 16/12/2015, el sector Vivienda en su calidad de ente normativo en materia de aranceles, indica que el Gobierno Regional del Callao debe emitir una norma igual o mayor

Que, mediante Resolución SBS Nº 652-2001 del 4 de setiembre de 2001, esta Superintendencia autorizó el funcionamiento de Edpyme Alternativa S.A. como una empresa del sistema financiero con sede principal en la Calle 7 de Enero Nº 232, distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque; Que, según el Acta de Sesión de Directorio Nº 10-2015 de fecha 25 de setiembre de 2015, se acordó la aclaración o modificación de la identificación de la sede principal de la Edpyme, dado que la Municipalidad Provincial de Chiclayo ha asignado una nueva numeración al local en el que actualmente viene funcionando, conforme consta en el Certificado de Numeración Municipal Nº 545-2015 del 20 de agosto de 2015; Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta la solicitud; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 106º y 107º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702, el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Oficinas y Uso de Locales Compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009 de fecha 10 de setiembre de 2009 y mediante Resolución Administrativa SBS Nº 625-2015 de fecha 31 de agosto de 2015; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a Edpyme Alternativa S.A. la actualización de la dirección de su Oficina Principal: Anterior Actualizado

Calle Siete de Enero Nº 232-240 Calle 7 de Enero Nº 232 (Manzana 171 - Lote 15, 16) Distrito y provincia de Chiclayo, Distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque departamento de Lambayeque Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas (e) 1328220-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Modifican artículo de la Res. N° 0004282015 y aprueban, para el ejercicio fiscal 2016 en el distrito de La Punta, los valores arancelarios contenidos en el plano predial aprobado mediante Res. N° 000372-2014 actualizado con el factor 1.0590
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 000551 Callao, 23 de diciembre de 2015 EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO VISTOS: El Informe Nº 003-2015-GRC/GRPPAT-OAT-WAMG de fecha 18 de Diciembre del 2015 emitido por la Oficina de Acondicionamiento Territorial y, el Informe Nº 325-2015GRC/GRPPAT de fecha 18 de Diciembre del 2015 emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; y,

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