Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2015 (30/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 132

571346
Expediente Solicitante

NORMAS LEGALES

Miércoles 30 de diciembre de 2015 /

El Peruano

ASOCIACION PARQUE INDUSTRIAL MEDIA LUNA Lote 1 y 2 frente al hito número 1 y camino de servidumbre (Av. Media Luna) Fundo Huachipa, Parcela Media. KIYAN HIGA GUSTAVO Lote 5B U.C. 12840 Lurigancho Chosica. KIYAN HIGA GUSTAVO SubLote 20-A del lote 20 Fundo Huachipa Parcela Media, frente a prolongación Av. Las Torres. SANDOVAL VILLAR JOEL EDGAR Calle las Margaritas, Parcela N°3 Habilitación Pre-Urbana Niveria Segunda Etapa. NEGOCIOS POLARIS E.I.R.L. Av. Las Torres Mz. "D" Lotes desde el 07 hasta el 22 Urb. Alameda de Huachipa. MARTOS CLAVO EFRAIN SEGUNDO Parcela 3 Zona "J" calle 6 de la Asociación Huerta Granja Ayllu. ASOCIACION DE PROPIETARIOS DEL MERCADO "LA UNION CAJAMARQUILLA" Calles 3, 6 y 9 Sub Lote 2.A y 2-B1 Zona Q. Cajamarquilla. JAVIER SACIO LEON Av. Cajamarquilla de la Parcelación Cajamarquilla Lote remanente 1 de la Lotización Cajamarquilla (Lote del 121 al 126). Exp. N° PRECOTEX S.A.C.Calle Los Cedros Mz. "D" lote 10, Centro 285862-2014 Poblado Sta. María de Huachipa. PERU TRACTOR SRL Calle Viques Lote 10, Mz. "A" Terrenos Rústicos Santa María. LUIS ENRIQUE ESPINOZA SANCHEZ- Representante De Herederos De Víctor Espinoza Malqui Mz. "N" Lote 02 de la Calle 3 (Calle Tulipanes) Urbanización Los Tulipanes. LUZ AIDA VALENZUELA SABARBURU Av. 24 de Setiembre lote 21 Mz. "G" Asociación Pro- Vivienda Campo Sol Carapongo. DAMIAN ALBERTO ESPETIA QUISPE Calle Cajamarca Lote 4 de la Mz. "E" Asociación Pro-Vivienda Campo Sol Carapongo. PROALPESA S.A.C - Miguel Luis Vivas Arias Calle Huancayo, sub lote 2 Parcela B, Parcela 1-B Predio Rural Carapongo. ASOCIACION ECOLOGICA DE LA CUENCA DEL RIO RIMAC- ASECUR Cuenca Media del RÍo Rímac Quebrada Vizcachera (Quebrada de Segundo Orden de la Quebrada Jicamarca ­ Chacrasana/ nomenclatura tributaria RO/2. CENTRO TECNOLOGICO MINERO- CETEMIN VÍa Callejón Chacrasana, Parcela del Lote E-4 sección San Jose Km. 29 de la Carretera Central. CENTRO TECNOLOGICO MINERO- CETEMIN Sub Lote A Parcela 1 Carretera Central 29 2 Km.

Aprueban la creación del Centro de Conciliación Extrajudicial y modifican el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima
ORDENANZA N°1925 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Vistos en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 23 de diciembre de 2015, los Dictámenes Nos. 99-2015-MMLCMAL, 273-2015-MML-CMAEO y 08-2015-MMLCMMASBS, de la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales, de Asuntos Económicos y Organización y de Medio Ambiente, Salud y Bienestar Social, respectivamente; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE CREA EL CENTRO DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Y MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Artículo Primero- Aprobar la creación del Centro de Conciliación Extrajudicial de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Segundo.- Delegar a la Gerencia de Desarrollo Social para que mediante Resolución de Gerencia, apruebe el Reglamento del Centro de Conciliación Extrajudicial de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Tercero- Modificar el Artículo 108° del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por la Ordenanza N° 812 y modificatorias, correspondiente a las funciones de la Gerencia de Desarrollo Social, conforme al siguiente detalle: "Artículo 108.- La Gerencia de Desarrollo Social es el órgano de línea responsable de la promoción del mejoramiento de las condiciones de vida de la población más vulnerable en el ámbito de su competencia. Es responsable de la reinserción social de niños y jóvenes en situación de riesgo, así como de la protección y promoción de las personas con discapacidad, adultos mayores y familias en situación de pobreza y extrema pobreza. La Gerencia de Desarrollo Social es responsable de los Programas Alimentarios en el Cercado de Lima, así como de las actividades de los Registros de Estado Civil en el Cercado de Lima en el ámbito de competencia y dentro de los dispositivos legales aplicables. Asimismo, es responsable de la supervisión, administración y correcto funcionamiento del Centro de Conciliación Extrajudicial de la Municipalidad Metropolitana de Lima." Artículo Cuarto.- Agregar en el Artículo 116° del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por la Ordenanza N° 812 y modificatorias, correspondiente a las funciones de la Subgerencia de Registros Civiles, los numerales 11A, 11 B y 11C, conforme al siguiente detalle: "Artículo 116.- Son funciones y atribuciones de la Subgerencia de Registros Civiles las siguientes: (...). 11 A. Dirigir, supervisar y controlar toda acción referida al correcto funcionamiento del Centro de Conciliación Extrajudicial de la Municipalidad Metropolitana de Lima. 11B Suscribir la documentación necesaria para la acreditación, registro, autorización, renovación y habilitación del Centro de Conciliación Extrajudicial de la Municipalidad Metropolitana de Lima, ante el órgano competente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, así como presentar la documentación

Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, cumpla con comunicar a los propietarios de los predios indicados en el Artículo Primero, lo dispuesto por la presente Ordenanza. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. Lima, 23 de diciembre de 2015. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1327990-1

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