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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 (11/02/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 42

El Peruano Miércoles 11 de febrero de 2015 546552 Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, por Mayoría, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA, EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Y EL CUADRO DE ASIGNACIÓN DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCÓN Artículo Primero.- APROBAR la ESTRUCTURA ORGÁNICA Y REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCON, que consta de Cinco (5) Títulos, Noventa y Dos (92) Artículos y Seis (6) Disposiciones Complementarias, las cuales como anexo forman parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR, el CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL - CAP el mismo que como anexo forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DERÓGUESE los dispositivos que se contrapongan con la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la GERENCIA MUNICIPAL el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FELIPE ARAKAKI SHAPIAMA Alcalde 1198477-1 MUNICIPALIDAD DE ATE Aprueban reconversión de nuevos términos porcentuales de los derechos administrativos vigentes contenidos en el TUPA de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2015/MDA Ate, 30 de enero de 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; Los Informes Nº 008-2015-MDA/GP-SGPMI y Nº 009-2015-MDA/GP-SGPMI de la Sub Gerencia de Procesos y Modernización Institucional, ambos con el Visto Bueno de la Gerencia de Planifi cación; el Informe Nº 088-2015-MDA/ GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Proveído Nº229-2015-MDA/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, indica que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, el Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM que aprueba el Formato de Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), publicado el 24 de setiembre de 2009, establece en su artículo 4º que dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la vigencia de la modifi cación del valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), las entidades deberán efectuar la reconversión de los nuevos términos porcentuales aplicables como resultado de la división del monto de cada derecho de tramitación vigente en el TUPA entre el nuevo valor de UIT, cuyo monto para el Año Fiscal 2015 ha sido fi jado en Tres Mil Ochocientos Cincuenta y 00/100 Nuevo Soles (S/.3,850.00) mediante Decreto Supremo Nº 374-2014-EF, publicado el 30 de diciembre del 2014; Que, asimismo según la norma acotada la modifi cación del valor de la UIT no implica la modifi cación automática de los derechos de tramitación contenidos en el TUPA y que la reconversión de los nuevos términos porcentuales de los derechos administrativos contenidos en el TUPA se debe publicar dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la vigencia de la modifi cación del valor de la UIT, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.serviciosalciudadano.gob.pe) así como en el Portal de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe), a través de los funcionarios responsables; Que, mediante Informe Nº 009-2015-MDA/GP-SGPMI la Sub Gerencia de Procesos y Modernización Institucional, eleva la propuesta de reconversión de los Nuevos Términos Porcentuales de los Derechos Administrativos Vigentes contenidos en el TUPA de la Municipalidad Distrital de Ate, relacionado con la UIT establecida para el Año Fiscal 2015, documento que también adecúa las modifi caciones realizadas por la corporación municipal con Decreto de Alcaldía Nº 035 emitido el 24 de diciembre de 2014 en el marco del cumplimiento de la Meta 34 del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal para el año 2014; Que, con Informe de visto la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que es procedente la aprobación de reconversión de los nuevos términos porcentuales adecuados al valor de la UIT vigente para el presente año 2015, el mismo que deberá efectuarse a través del decreto de Alcaldía respectivo; Que, mediante Proveído Nº 229-2015-MDA/GM, la Gerencia Municipal indica se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa, y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º y Artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA: Artículo 1º.- APROBAR la reconversión de los Nuevos Términos Porcentuales de los Derechos Administrativos Vigentes contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Ate,cuyo detalle en documento anexo forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo 2º.- DISPONER; se publique el presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial “El Peruano” y, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe), el íntegro del anexo antes referido. Artículo 3º.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Planifi cación, la Sub Gerencia de Procesos y Modernización Institucional, a la Secretaría General y a la Gerencia de Tecnología de la Información, con conocimiento de las demás áreas pertinentes de la Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1199002-1 MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Regulan celebración del Matrimonio Civil Comunitario ORDENANZA MUNICIPAL Nº 264-MDCH Chorrillos, 21 de enero del 2015