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El Peruano Miércoles 11 de febrero de 2015 546541 SE RESUELVE: Artículo Primero.- MODIFICAR la Resolución Administrativa N° 013-2015-P-CSJLI-PJ, publicada en el Diario El Peruano el 16 de enero del presente año, en cuanto a la designación como representante del Poder Judicial ante el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Lince y San Isidro, al Magistrado encargado del Cuarto Juzgado de Paz Letrado de Lince y San Isidro, estableciéndose como representante actual: Quinto Juzgado de Paz Letrado de Lince y San Isidro Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Lince y San Isidro Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, La Ofi cina de Control de la Magistratura, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Gerencia del Poder Judicial, Gerencia de Administración Distrital y al Órgano Jurisdiccional interviniente. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. OSWALDO ALBERTO ORDOÑEZ ALCANTARA Presidente 1199223-1 Aprueban Cronograma Trimestral de realización de Audiencias Públicas Extraordinarias que efectuarán las Salas Penales (reos Libres y reos en Cárcel) de la Corte Superior de Justicia del Callao CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA Nº 85-2015-P-CSJCL/PJ Callao, 6 de febrero de 2015. LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley No. 25476 de fecha 05 de Mayo de 1992, se estableció la realización de Audiencias Públicas Extraordinarias destinadas a tratar aspectos relacionados con la reorganización del Poder Judicial y la Administración de Justicia. Que, el artículo 2° del citado Decreto Ley establece que los Presidentes de las Cortes Superiores aprobarán un cronograma de realización trimestral de Audiencias Extraordinarias a fin de garantizar que los procesos penales se tramiten en los plazos fijados por la ley y el derecho de toda persona procesada a ser juzgada dentro de un plazo razonable o a ser puesta en libertad. Que, asimismo, el artículo 5° del mencionado Decreto Ley establece que la Corte Suprema de Justicia de la República dictará las normas complementarias que sean necesarias para el mejor cumplimiento del citado dispositivo legal. Que, la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Administrativa No. 008-2011-SP- CS-PJ publicada en el Diario Oficial “El Peruano” con fecha 18 de marzo de 2011, aprobó el Reglamento de las Audiencias Públicas Extraordinarias, por el cual se establecen las normas y el procedimiento de las Audiencias Públicas Extraordinarias previstas en el artículo 367° del Código de Procedimientos Penales, conforme a la modificación dispuesta por el Decreto Ley No. 25476. Que, estando a lo señalado precedentemente, resulta necesario aprobar el Cronograma de realización Trimestral de Audiencias Públicas Extraordinarias que efectuarán las Salas Penales de la Corte Superior de Justicia del Callao. Que, en consecuencia, en uso de las facultades y atribuciones conferidas a los Presidentes de Corte en los incisos 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en cumplimiento del artículo 2° del Decreto Ley No. 25476. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Cronograma Trimestral de realización de AUDIENCIAS PÚBLICAS EXTRAORDINARIAS que efectuarán las Salas Penales (reos Libres y reos en Cárcel) de la Corte Superior de Justicia del Callao, para el presente Año Judicial, el mismo que se detalla a continuación: PRIMER TRIMESTRE:Fecha: 30 de Marzo SEGUNDO TRIMESTRE: Fecha: 25 de Junio TERCER TRIMESTRE: Fecha: 28 de Setiembre CUARTO TRIMESTRE: Fecha: 29 de Diciembre. Articulo Segundo .- DISPONER que las Salas Penales del Callao, cumplan con efectuar las Audiencias Públicas Extraordinarias, de acuerdo al cronograma trimestral aprobado en el artículo precedente, debiendo remitir a esta Presidencia el expediente administrativo respectivo en el plazo señalado en el artículo 4° del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias. Artículo Tercero.- DISPONER que los Juzgados Especializados en lo Penal de esta Corte Superior de Justicia, cumplan con elevar a las Salas Penales respectivas, los informes solicitados sobre los procesos ordinarios y sumarios que correspondan, a que refi ere el artículo 3° del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias. Artículo Cuarto.- RECORDAR a los señores Magistrados, que en virtud de la Resolución Administrativa No. 011-2013-SP-CS-PJ de fecha 14 de marzo de 2012, la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, hará el seguimiento respectivo a fi n de que en las Cortes Superiores de Justicia de la República se dé estricto cumplimiento a la realización de las Audiencias Públicas Extraordinarias, conforme a ley. Artículo Quinto .- PÓNGASE la presente Resolución en conocimiento del Presidente del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura del Callao, de los Presidentes de las Salas Penales del Callao, del Gerente de Administración Distrital, de la Ofi cina de Imagen Institucional, y de los Jueces Especializados en lo Penal de este Distrito Judicial, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. CÉSAR HINOSTROZA PARIACHI Presidente 1199012-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 036-2015-P-CSJV/PJ Mediante Ofi cio N° 110-2015-P-CSJV/PJ, la Corte Superior de Justicia de Ventanilla solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Administrativa N° 036-2015-P-CSJV/PJ, publicada en la edición del 31 de enero de 2015.