Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 2015 (19/03/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano Jueves 19 de marzo de 2015

548939
c) El Subgerente de Estudios de MORDAZA y Transporte o su representante. d) Un Representante de la Gerencia de Desarrollo Urbano. e) Un representante del Instituto Metropolitano de Planificacion. Articulo Tercero.- El Grupo de Trabajo propondra los parametros tecnicos, respetando los establecidos en la normatividad vigente para establecer el Area MORDAZA Continua, determinar el Regimen de Gestion Comun y formular las propuestas de modificacion al Sistema Vial Metropolitano. Articulo Cuarto.- El Grupo de Trabajo se instalara dentro de los cinco (05) dias habiles de efectuada la designacion de los representantes de MORDAZA Comunas, debiendo establecer su Plan de Trabajo y su cronograma de actividades, a efecto de entregar sus propuestas a mas tardar a los treinta (30) dias habiles siguientes a su instalacion. Articulo Quinto.- Deroguese y dejese sin efecto todas las normas que se contrapongan a la presente Resolucion de Alcaldia. Articulo Sexto.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 1213435-1

CONSIDERANDO: Que, el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru establece que las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el articulo 81° de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que son funciones especificas de las municipalidades provinciales, en materia de MORDAZA, la vialidad y transporte publico, asimismo, ejercen entre otras, las funciones de: i) normar y regular el servicio publico de transporte terrestre MORDAZA e interurbano de su jurisdiccion, de conformidad con las leyes y reglamentos nacionales sobre la materia; ii) normar y regular el transporte publico y otorgar las correspondientes licencias y concesiones de rutas para el transporte de pasajeros; y, iii) otorgar autorizaciones y concesiones para la prestacion del servicio publico de transporte provincial de personas en su jurisdiccion; Que, el articulo 151° de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, otorga a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, competencias y funciones especificas irrestrictas de caracter local metropolitano y regional; Que, el numeral 17.2 del articulo 17 de la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, establece que cuando dos ciudades o areas urbanas pertenecientes a provincias contiguas conforman un area MORDAZA contigua que requiere una gestion conjunta de transporte y MORDAZA terrestre, las municipalidades correspondientes deben establecer un Regimen de Gestion Comun. Que, de acuerdo con el numeral 3.6 del articulo 3° del Reglamento Nacional de Administracion de Transporte, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2009-MTC; el Area MORDAZA Continua es el espacio territorial constituido por dos (2) ciudades o areas urbanas pertenecientes a provincias contiguas que por su crecimiento, han llegado a conformar una situacion de conurbacion. La continuidad MORDAZA debe ser declarada de manera conjunta, por las dos ciudades o areas urbanas contiguas, de acuerdo a lo que dispone la Ley. Que, mediante el Acta de Acuerdo N° 001-2015MML-MPC suscrita con fecha 05 de febrero del ano en curso, se acordo la conformacion de equipos tecnicos y legales integrados por representantes de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y la Municipalidad Provincial del Callao, a fin de iniciar la reuniones y adopcion de acuerdos que permitan constituir el Regimen de Gestion Comun entre MORDAZA Comunas, el cual debera aprobarse mediante Ordenanza Municipal, emitida por cada uno de los municipios involucrados. Que, en ese sentido se requiere emitir la Resolucion de Alcaldia para designar a los miembros que conformen los equipos tecnicos y legales que seran responsables del trabajo conjunto para determinar un Regimen de Gestion Comun entre la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y la Municipalidad Provincial del Callao. De conformidad con las atribuciones conferidas mediante la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; la Ley N° 27181 - Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; el Decreto Supremo N° 017-2009-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Administracion de Transporte y la Ordenanza Nº 812 que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Constituir el Grupo de Trabajo por parte de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, que conforme a los considerandos de la presente Resolucion llevara a cabo las reuniones para el inicio de un Regimen de Gestion Comun, entre la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y la Municipalidad Provincial del Callao sobre temas de transporte, MORDAZA y viabilidad entre las dos Comunas, el cual se aprobara mediante sendas Ordenanzas. Articulo Segundo.- Designar a los representantes de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que integraran el referido Grupo de Trabajo, como sigue: a) La Gerente de Transporte MORDAZA, quien Presidira la Comision. b) El Subgerente de Regulacion de Transporte o su representante.

MUNICIPALIDAD DE ANCON
Regulan el Reglamento para la Promocion de la Inversion Privada en el Distrito de Ancon
ORDENANZA Nº 309-2015-MDA Ancon, 9 de marzo del 2015 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE ANCON POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Ancon, en Sesion Extraordinaria de la fecha; y, VISTO: Informe Nº027-2015-GAJ-MDA, de fecha 03 de Marzo del 2015, de la Gerencia de Asesoria Juridica, Memorandum Nº189.-2015-GM-MDA, de fecha 04 de marzo del 2015, de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, segun el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificado por la Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional concordado con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la autonomia que la Constitucion Politica del Peru, establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, mediante Ley Nº 28059, se aprobo el MORDAZA de Promocion de la Inversion Privada Descentralizada, cuyo objeto es establecer el MORDAZA normativo para que el Estado, en sus tres niveles de gobierno, promueva la inversion de manera descentralizada como herramienta para lograr el desarrollo integral, armonico y sostenible de cada region, en alianza estrategica entre los Gobiernos regionales, Locales, la Inversion Privada y la sociedad civil; reglamentado mediante el Decreto supremo Nº 0152004-PCM y modificado por el Decreto Supremo Nº 0132007-PCM;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.