Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2015 (31/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano Martes 31 de marzo de 2015

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POR CUANTO: VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 002-2015-MPL-CPL/CSC de la Comision de Seguridad Ciudadana; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27933, se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana; asimismo, por Decreto Supremo Nº 012-2003-IN se aprobo el Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana; Que, el articulo 47º del Decreto Supremo Nº 0122003-IN, establece que, ademas de su aprobacion por Comites Regionales, Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana, los planes deberan ser ratificados por los Concejos Municipales, Provinciales y Distritales, segun corresponda, a efectos de su obligatorio cumplimiento como politicas regionales, provinciales y distritales. De manera concordante, el literal e) del articulo 30º, precisa que como Secretaria Tecnica del CODISEC, la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad de Pueblo Libre o el organo que haga sus veces, tiene como funcion, entre otros, el presentar al Concejo Municipal Distrital el Plan de Seguridad Ciudadana aprobado por el CODISEC, para su ratificacion mediante Ordenanza Municipal; Que, en la Directiva Nº 001-2015-IN, de la Resolucion Ministerial Nº 010-2015-IN de fecha 09 de enero de 2015, se aprueban los Lineamientos para la Formulacion, Aprobacion, Ejecucion y Evaluacion de los Planes de Seguridad Ciudadana, Supervision y evaluacion de los Comites de Seguridad Ciudadana; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el numeral 8) de articulo 9º y articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2015 DEL DISTRITO DE PUEBLO LIBRE Articulo Primero.- RATIFICAR el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2015, aprobado por el Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de Pueblo Libre, en cumplimiento de lo establecido en la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y demas normatividad aplicable, de conformidad a las consideraciones expuestas en la presente Ordenanza.

Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 002-2015/ MDLCH, se amplio el plazo de vencimiento para el pago de Primer Trimestre del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2015 hasta el dia 31 de marzo del presente ano. Que, en vista de los desastres ocurridos en nuestra jurisdiccion, el dia 23 de marzo del presente ano, produciendo danos a la propiedad publica y privada; se hace necesario ampliar los plazos de vencimiento para el pago de los tributos municipales, conforme a lo establecido en el articulo 29º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, concordante con el articulo 4º de la Ordenanza Nº 213-MDL; y Estando a merito de lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el articulo 20º, inciso 6) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Primero.- AMPLIAR el plazo de vencimiento para el pago de PRIMER TRIMESTRE del impuesto predial y de los arbitrios municipales del ejercicio 2015 hasta el dia 30 de MORDAZA del presente ano. Segundo.- DISPONER que la Sub Gerencia de Gestion Tecnologica proceda a la publicacion del presente dispositivo en el MORDAZA de la pagina web municipal. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1217650-1

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Ratifican el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2015 del Distrito de Pueblo Libre
ORDENANZA Nº 437-MPL Pueblo Libre, 24 de marzo de 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos publicos que, para efecto de la publicacion en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Publicos del Estado, se debera tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion se efectuara mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberan entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. La publicacion se realizara de acuerdo al orden de recepcion del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. La documentacion a publicar se enviara ademas en archivo electronico (diskette o cd) y/o al correo electronico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la version electronica es identico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumira la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicacion o de la Fe de Erratas a publicarse. Las declaraciones juradas deberan trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una linea por celda. La informacion se guardara en una sola hoja de calculo, colocandose una declaracion jurada debajo de otra. LA DIRECCION

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