Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2015 (31/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano Martes 31 de marzo de 2015

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del Organismo Promotor de la Inversion Privada ­ OPIP; siendo por tanto adecuado asignar dichas funciones a una unidad organica integrante de la administracion municipal de San MORDAZA de Miraflores, ello a su vez con todas las facultades encaminadas al control y supervision de la etapa de ejecucion de los Contratos de Participacion de la Inversion Privada; Que, de conformidad con lo precisado en el inciso 3) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley N° 27972, corresponde al organo de gobierno denominado Concejo Municipal el aprobar el regimen de organizacion interior y funcionamiento del gobierno local, situacion que es concordante con lo dispuesto en el numeral 6.2 del articulo 6º del Decreto Legislativo N° 1012 que reconoce como organo MORDAZA de los Organismos Promotores de la Inversion Privada al Concejo Municipal; debiendo en todo caso dicha facultad ser ejercida dentro del MORDAZA de lo dispuesto por el precitado Decreto Supremo Nº 043-2006PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 018-2007PCM, que aprobo los Lineamientos para la Elaboracion del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF de las entidades que comprenden la Administracion Publica; es decir, que el mencionado documento de gestion debe ser adecuado a la mencionada normatividad para alcanzar los objetivos perseguidos por el actual Gobierno Municipal; Que, mediante el Informe Nº 66-2015-GPP/MDSJM, de fecha 24 de marzo del 2015, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, ha remitido el proyecto de Ordenanza que modifica el Reglamento de Organizacion y Funciones debidamente visado por dicha Gerencia como responsable de su elaboracion, asi como por la Gerencia de Asesoria Juridica; Que, mediante el Informe N° 054-2015-MDSJM/GAJ, de fecha 25 de marzo del 2015, la Gerencia de Asesoria Juridica ha emitido opinion sobre la propuesta de Ordenanza, senalando que la misma resulta procedente, y debe ser aprobada por el Concejo Municipal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 9° de la Ley N° 27972; En uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 8) del articulo 9° de la Ley Organica de Municipalidades 27972, el Concejo por unanimidad (trece) y con dispensa del tramite de Lectura y aprobacion del Acta correspondiente, se aprobo la siguiente; ORDENANZA DESIGNACION DEL ORGANO QUE EJERCE LAS FACULTADES DEL ORGANISMO PROMOTOR DE LA INVERSION PRIVADA Y LAS FUNCIONES VINCULADAS A LA ETAPA DE EJECUCION DE LOS CONTRATOS DE PARTICIPACION DE LA INVERSION PRIVADA. Articulo Primero.- DESIGNESE como organo encargado de ejercer las facultades de Organismo Promotor de la Inversion Privada ­OPIP que se senalan en la Ley 28059, Decreto Legislativo Nº 1012, Decreto Legislativo Nº 1016 y, demas disposiciones modificatorias, complementarias, reglamentarias y conexas a la Gerencia Municipal de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores. Articulo Segundo.- Aprobar la modificacion del articulo 43º del Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores, aprobado mediante la Ordenanza N° 211-2011-MDSJM, modificando su inciso jj) e incorporando el Inciso kk) bajo el texto siguiente: "Articulo 43º.- Funciones de la Gerencia Municipal: jj) Desempenar las funciones de Organismo Promotor de la Inversion Privada - OPIP conforme a lo precisado en la Ley Nº 28059, Decreto legislativo Nº 1012, Decreto Legislativo Nº 1016 y, demas disposiciones legales, reglamentarias, modificatorias, complementarias y conexas asi como de todas aquellas funciones vinculadas a la etapa de ejecucion de los Contratos de Participacion de la Inversion Privada. kk) Cumplir con las funciones que le asigne la Alcaldia o por las normas sustantivas en el ambito de su competencia. Articulo Tercero.- Deroguese y/o dejese sin efecto todas las disposiciones normativas y/o administrativas que se opongan y/o contravengan a la presente ordenanza.

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesion Ordinaria de la fecha, visto el Memorandum N° 941-2015-GM/MDSJM, de fecha 25 de marzo del 2015, de la Gerencia Municipal, mediante el cual se eleva la propuesta de Ordenanza para la designacion del Organo que ejerce las facultades del Organismo Promotor de la Inversion Privada y las funciones vinculadas a la etapa de ejecucion de los contratos de participacion de la inversion privada, para su debate y evaluacion por el Concejo Municipal; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28607, establece que las municipalidades son organos de gobierno local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº27972, en tal virtud, estan facultadas para aprobar su organizacion interna, su presupuesto, organizar y administrar los servicios publicos locales de su responsabilidad y planificar el desarrollo de su jurisdiccion entre otros aspectos; Que, la autonomia consagrada en la Constitucion Politica del Peru radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos, de administracion y, normativos con sujecion al ordenamiento juridico; es decir, que siendo un nivel de gobierno subnacional, esta obligado a observar y cumplir de manera obligatoria las disposiciones que regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico asi como a las normas de los Sistemas Administrativos del Estado, no otra cosa se colige de lo dispuesto en el articulo VIII del Titulo Preliminar de la Ley Nº27972; Que, los Sistemas Administrativos por tanto alcanzan a todo el Estado en sus diferentes niveles de Gobierno: Nacional, Regional y Local, siendo por tanto de aplicacion a todas las Municipalidades MORDAZA estas Provinciales, Distritales y/o de Centros Poblados, sistemas administrativos entre los cuales se encuentra los de Modernizacion de la Gestion Publica, ello de acuerdo a lo previsto en el numeral 11) del articulo 46° de la Ley N° 29158; Que, con la finalidad de mejorar el funcionamiento de la Administracion Publica y construir un Estado Descentralizado al servicio del ciudadano, se emitio la Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado - Ley Nº 27658, instrumento legal que sustenta el MORDAZA de modernizacion de la gestion publica a traves de acciones de racionalizacion vinculadas a la obtencion de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atencion a la ciudadania, priorizando y optimizando el uso de los recursos publicos; Que, en este contexto, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 018-2007-PCM, se aprobo los Lineamientos para la Elaboracion del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ROF de las entidades que comprenden la Administracion Publica, con la finalidad de establecer las pautas necesarias para ordenar la estructura de organizacion de las entidades de la Administracion Publica, entre ellos los Gobiernos Locales y, actualizar la normatividad aplicable a la confeccion de los Reglamentos de Organizacion y Funciones sobre la base de criterios de simplicidad y flexibilidad en un contexto de uso racional de los recursos publicos; Que, la Ley Nº 28059 - Ley MORDAZA del MORDAZA de Promocion de la Inversion Descentralizada, su Reglamento - Decreto Supremo Nº 015-2004-PCM, han sido modificados en parte a traves de la dacion del Decreto Legislativo Nº 1012 ­ Decreto Legislativo que aprueba la Ley MORDAZA de Asociaciones Publico - Privadas para la generacion de empleo productivo y dicta normas para la agilizacion de los procesos de Promocion de la Inversion Privada modificado a su vez por el Decreto Legislativo N° 1016, facultan a los Gobiernos Locales a designar al organo encargado de ejercer las facultades (funciones)

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