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El Peruano Martes 31 de marzo de 2015 549865 tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, mandato constitucional concordante con el artículo 2º de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que, en efecto, los gobiernos locales gozan de autonomía y que esta radica en la facultad de ejercer actos de gobiernos administrativos y de administración; Que, mediante Ordenanza Nº279-MDSM se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Miguel, a través del cual se crean nuevas unidades orgánicas y se modi fi ca la denominación y/o nivel jerárquico de otras, a fi n de adecuar sus funciones y competencias a la realidad actual, y así optimizar y simpli fi car el servicio que presta la municipalidad, por tanto, resulta necesario aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 152-2014-SERVIR/PE, se aprueba la Directiva Nº 001- 2014-SERVIR/GPGSC, denominada Reglas de Aplicación Progresiva para la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades; la cual en su disposición general 4.8 establece que las entidades de nivel regional y local que no se encuentren en proceso de transito al nuevo régimen del servicio civil, podrán aprobar su CAP provisional siguiendo los lineamientos de dicha directiva; Que, el Cuadro para Asignación de Personal – CAP Provisional, es un documento de gestión institucional, cuya fi nalidad es habilitar temporalmente el funcionamiento de las entidades, contiene los cargos clasi fi cados de la Entidad, en base a la estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones – ROF; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto en coordinación con la Subgerencia de Recursos Humanos remiten el proyecto de Cuadro para Asignación de Personal – CAP provisional, el cual contiene: el Formato Nº 1 “CAP provisional”, el Formato Nº 2 “Resumen Cuantitativo del CAP provisional” y el Anexo Nº 01 “Contratos Sujetos a Modalidad”; Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos a través de su informe Nº050-2015-GAJ/MDSM señala que resulta procedente la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP provisional de la Municipalidad Distrital de San Miguel, el cual debe aprobarse mediante Ordenanza Municipal, tal como lo dispone el numeral 5 de la directiva citada; Estando a lo expuesto, contando con los informes favorables de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Subgerencia de Recursos Humanos y Gerencia de Asuntos Jurídicos y en uso de las facultades concedidas por el inciso 32) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, el concejo municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL – CAP PROVISIONAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL Artículo 1º.- APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal – CAP Provisional de la Municipalidad Distrital de San Miguel, documento de gestión que en anexo forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Administración y Finanzas, Subgerencia de Recursos Humanos el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Secretaria General remitir copia de la presente ordenanza y su anexo a la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humano de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR. Artículo 4º.- El dispositivo legal aprobado se publicará en el Diario O fi cial El Peruano y el texto íntegro del documento de gestión aprobado en el portal municipal de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www.munisanmiguel.gob.pe) y en los portales de servicio al ciudadano y empresa (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Artículo 5º.- DEROGAR toda norma o dispositivo que se contrapone a la presente Ordenanza Municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase.EDUARDO BLESS CABREJAS Alcalde 1218637-1Ratifican el Plan Local de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social del Año 2015 del Distrito de San Miguel ORDENANZA Nº 283-MDSM San Miguel, 25 de marzo de 2015EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUELEl concejo municipal, en sesión ordinaria celebrada en la fecha; CONSIDERANDO: Que, según lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, mandato constitucional concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que, en efecto, los gobiernos locales gozan de autonomía y que esta radica en la facultad de ejercer actos de gobiernos administrativos y de administración; Que, el artículo 13º de la Ley Nº 27933, Ley de Sistema de Seguridad Ciudadana, señala que los comités distritales de seguridad ciudadana, son los encargados de formular los planes, programas, proyectos y directivas, de seguridad ciudadana así como ejecutar los mismos en sus jurisdicciones dentro del marco de la política nacional diseñada por el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana CONASEC, teniendo a su cargo también la supervisión y evaluación en su ejecución; Que, el literal e) del artículo 30º del Decreto Supremo Nº011-2014-IN, aprueba el Reglamento de ley citada, el cual señala que, la Gerencia de Seguridad Ciudadana de las municipalidades con competencia distrital o el órgano que haga sus veces asume las funciones de Secretaría Técnica del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana – CODISEC, siendo una de sus funciones presentar al concejo municipal el Plan de Seguridad Ciudadana y convivencia Social 2015 aprobado, para su rati fi cación mediante ordenanza municipal; Que, mediante el acta de fecha 13 de febrero de 2015, el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana CODISEC, bajo la presidencia del señor alcalde Eduardo Bless Cabrejas y con el quórum reglamentario de los señores integrantes del CODISEC, se aprobó el Plan Local Distrital de Seguridad Ciudadana del Distrito de San Miguel correspondiente al año 2015. Que, el gerente de Seguridad Ciudadana en calidad de Secretario Técnico del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de San Miguel comunica que se ha cumplido con aprobar el Plan de Seguridad Ciudadana por lo que corresponde al Concejo Distrital de San Miguel proceder con la rati fi cación del mismo; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que las ordenanzas distritales son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, el concejo municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA Y CONVIVENCIA SOCIAL DEL AÑO 2015 DEL DISTRITO DE SAN MIGUEL Artículo 1º.- RATIFICAR el Plan Local de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social del Distrito de San Miguel correspondiente al año 2015, el mismo que obra como anexo adjunto, formando parte integrante de la presente ordenanza. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Seguridad Ciudadana y demás gerencias competentes, el cumplimiento y monitoreo de la presente ordenanza. Artículo 3º.- PUBLICAR la presente ordenanza en el diario o fi cial El Peruano, así como en el portal municipal