TEXTO PAGINA: 71
El Peruano Martes 31 de marzo de 2015 549857 Municipalidad de San Isidro el mismo que fue puesto en conocimiento de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo para la su opinión técnica favorable; Que, en atención a ello, la Subgerencia de Desarrollo Corporativo con el Informe N° 117-2015-0520-SDC-GPPDC/MSI de fecha 19 de marzo de 2015 el cual hizo suyo la Gerencia de Planeamiento Presupuesto y Desarrollo Corporativo con el Informe N° 067-2015-0500-GPPDC/MSI de la misma fecha, remitió su opinión técnica favorable al proyecto de CAP Provisional, propuesto por la Gerencia de Recursos Humanos; la misma que cuenta con la opinión legal favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica a través del Informe N° 0253-2015-0400-GAJ/MSI de fecha 19 de marzo de 2015; Estando a los argumentos antes expuestos, resulta necesario aprobar la nueva Estructura Orgánica, el Reglamento de Organización y Funciones – ROF y el Cuadro de Asignación de Personal – CAP Provisional de la Municipalidad de San Isidro; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 9° numeral 8) y Artículo 40° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, por mayoría, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta, se aprobó la siguiente; ORDENANZA QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA, EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Y EL CUADRO DE ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Artículo Primero .- APROBAR la Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad de San Isidro, que como Anexos forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR el Cuadro de Asignación de Personal Provisional de la Municipalidad de San Isidro, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DEROGAR la Estructura Orgánica, el Reglamento de Organización y Funciones y el Cuadro de Asignación de Personal, aprobados mediante Ordenanza N° 287-MSI y modi fi catorias; así como toda norma que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaria General que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° del Reglamento de la Ley N° 29091, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2008-PCM, la publicación del texto de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, sin los anexos correspondientes. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la O fi cina de Comunicaciones e Imagen la publicación de la Estructura Orgánica, el Reglamento de Organización y Funciones – ROF y el Cuadro de Asignación de Personal Provisional de la Municipalidad de San Isidro, en el Portal Institucional de la Municipalidad de San Isidro y en el Portal del Estado Peruano. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia de Recursos Humanos, la remisión a la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR del archivo digital del Cuadro de Asignación de Personal Provisional, dentro del plazo de treinta (30) días de su aprobación. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Recursos Humanos y demás unidades orgánicas competentes, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publiquese y cúmplase. MANUEL VELARDE DELLEPIANE Alcalde 1218478-2MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Prorrogan vigencia de los artículos 3º, 4º y 5º de la Ordenanza Nº 287 que aprueba el “Cronograma de vencimiento de los Tributos Municipales 2015 y otorga beneficios tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de San Juan de Lurigancho” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2015-A/MDSJL San Juan de Lurigancho, 27 de marzo de 2015EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO el Informe Nº 033-2015-GR/MDSJL, de fecha 23 de marzo de 2015, de la Gerencia de Administración Tributaria, sobre prórroga de Ordenanza; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado modi fi cada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo la Alcaldía el órgano ejecutivo de la Municipalidad, con las funciones y atribuciones que la ley le señala; Que, la Ordenanza Nº 287 del 26 de enero de 2015, en su artículo 3º dispuso condonar el 100% de los intereses moratorios, factor de reajustes por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales hasta el año 2014, y en los artículos 4º y 5º condonar el 100% de las costas y gastos de los procedimientos coactivos, asi como las multas tributarias; de otro lado el artículo 6º de la citada Ordenanza dispuso condonar y/ o exonerar el 25% del monto insoluto de Arbitrios Municipales a aquellos contribuyentes cuyo monto de autoavalúo y/o base imponible no supere las 3 UIT del año 2015, aplicándose a las deudas del año 2002 al 2015; Que, en la Primera Disposición Transitoria y Final, de la citada normativa se faculta al Sr. Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la fecha de vencimiento y dicte las medidas complementarias para la mejor aplicación de la Ordenanza; al respecto es pertinente señalar que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 003-2015-A/MDSJL, se prorrogó el vencimiento de la Ordenanza Nº 287, hasta el 31 de marzo del año en curso; Que, estando por vencer la fecha de vigencia de la citada normativa, mediante Informe Nº 033-2015-GR/MDSJL, de fecha 23 de Marzo del 2015, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, se propone prorrogar los artículos 3º, 4º y 5º, hasta el 20 de Abril del 2015, y el artículo 6º hasta el 31 de diciembre del 2015, con la fi nalidad que nuestros contribuyentes regularicen el pago de sus obligaciones tributarias; Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica según Informe Nº. 107 -2015-GAJ/MSJL, y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de los artículos 3º, 4º y 5º de la Ordenanza Nº 287 que aprueba el “Cronograma de vencimiento de los Tributos Municipales 2015 y otorga bene fi cios tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de San Juan de Lurigancho”, hasta el 20 de abril del 2015, y del artículo 6º hasta el 31 de diciembre del mismo año.