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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2015 (31/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 76

El Peruano Martes 31 de marzo de 2015 549862 deben publicarse en el Diario O fi cial El Peruano los acuerdos sobre remuneración del Alcalde y dietas de los regidores; Que, el artículo 12° del citado dispositivo legal precisa que los regidores desempeñan su cargo a tiempo parcial y tienen derecho a dietas fi jadas por acuerdo del concejo municipal dentro del primer trimestre del primer año de gestión. El monto de las dietas es fi jado discrecionalmente de acuerdo a la real y tangible capacidad económica del gobierno local, previas las constataciones del caso. No pueden otorgarse más de cuatro dietas mensuales a cada regidor y se pagan por asistencia efectiva a las sesiones; Que, es conveniente precisar que el monto de los referidos conceptos se establece en concordancia con los parámetros establecidos en Ley Nº 28212, Ley que regula los ingresos de los Altos Funcionarios Autoridades del Estado y dicta otras medidas, modi fi cada por el Decreto de Urgencia Nº 038-2006; así como el Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM, que dicta medidas sobre los ingresos por todo concepto de los Alcaldes; Que, mediante el Decreto Supremo N° 025-2007-PCM se establece las disposiciones que permiten a los Concejos Municipales determinar los ingresos por todo concepto de los Alcaldes Provinciales y Distritales, en el marco de la Ley Nº 28212 modi fi cada por el Decreto de Urgencia Nº 038-2006; y que los ingresos máximos mensuales por todo concepto de los Alcaldes Provinciales y Distritales son fi jados por los Concejos Municipales respectivos, considerando para tal efecto el cuadro que contiene parámetros para la determinación de sus ingresos, que como anexo es parte integrante de la norma citada; y que, en el caso de las dietas que correspondan percibir a los regidores municipales, de acuerdo al monto fi jado por los respectivos Concejos Municipales, por sesión efectiva en cada mes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades, en ningún caso pueden superar en total el treinta por ciento (30%) de los ingresos mensuales por todo concepto del Alcalde correspondiente; Que, mediante Decreto Supremo Nº 055-2014- PCM, publicado el 29 de agosto de 2014, se fi ja en S/. 2,600.00 (dos mil seiscientos y 00/100 Nuevos Soles) el monto correspondiente a la Unidad de Ingreso del Sector Público para el año 2015. Siendo así, por todo lo expresado, debe tenerse presente que a la fecha los montos fi jados como remuneración mensual del alcalde y la dieta para los regidores del Concejo Municipal de San Juan de Mira fl ores se mantendrán inalterables, en tanto se mantenga la vigencia de los dispositivos legales aplicables que establecen el pago de dichos montos; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9° y 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo, por unanimidad (trece) y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR la remuneración mensual del Alcalde de San Juan de Mira fl ores, y la dieta para los señores regidores del Concejo Municipal para el período enero 2015 al 31 de Diciembre de 2018, se fi je de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 025-2007-PCM. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y demás unidades orgánicas competentes, según lo que a cada una corresponda, conforme a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JAVIER ERNESTO ALTAMIRANO COQUIS Alcalde 1218810-1 Aprueban autorización de viaje de regidores a España, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO N° 024-2015/MSJM San Juan de Mira fl ores, 26 de marzo del 2015 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTO, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Memorándum N° 960-2015-GM/MDSJM de la Gerencia Municipal, mediante el cual se eleva la solicitud presentada por los regidores Alexander Javier Acuache Robles, Elia Juana Obregón Rodríguez, Javier Hugo Adriazola Mendoza y Natividad Adela Torres Garay, para autorización de viaje al exterior en comisión de servicios por los días 12 al 22 de abril del 2015, al Principado de Asturias, España y se autorice los viáticos correspondientes de acuerdo a la normatividad vigente, a fi n de que el mismo sea sometido a consideración por el Concejo Municipal; CONSIDERANDO: Que, mediante expediente Nº 13396-15, del 25 de marzo de 2015, los regidores Alexander Javier Acuache Robles, Natividad Adela Torres Garay, Elia Juana Obregón Rodríguez y Javier Hugo Adriazola Mendoza, miembros del Concejo de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores, mani fi estan que han recibido la oportunidad de participar en representación de la Municipalidad de San Juan Mira fl ores, en la Gira Internacional de Capacitación sobre Desarrollo local Sostenible, Planeación y Gestión efi ciente: “Los nuevos desafíos y tendencias en la gestión de provincias y territorios en el siglo XXI – Experiencias sostenibles de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias – España”, organizada por la Organización para el Desarrollo de América Latina y el Caribe (ONWARD Internacional); señalando a su vez que su participación en dicho evento implica representar a la Municipalidad de San Juan de Mira fl ores e implementar su experiencia y capacitación en temas de desarrollo local y gestión, lo cual redundará en bene fi cio de la comuna, razón por la cual solicitan se les otorgue la autorización de viaje al exterior en comisión de servicios del 12 al 22 de abril del presente año, así como se autorice el pago de los viáticos de acuerdo a la normatividad vigente; Que, mediante el Memorándum N° 287-2015-GPP/ MDSJM, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, de fecha 25 de marzo de 2015, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto señala que en atención a lo solicitado por los señores regidores señala que en el Presupuesto Institucional de apertura no se ha considerado gastos por viáticos, por lo que ante la aprobación de la Alta Dirección, será sujeto a modi fi caciones presupuestales, hasta por el monto de $8,600.00 Dólares Americanos siendo su equivalente en soles a S/. 25,800.00 aproximadamente; Que, mediante el Informe N° 058-2015-MDSJM/GAJ, de fecha 26 de marzo del 2015, la Gerencia de Asesoría Jurídica ha emitido opinión, concluyendo que, resulta procedente autorizar el viaje fuera del país en comisión de servicio a los señores regidores Alexander Javier Acuache Robles, Natividad Adela Torres Garay, Elia Juana Obregón Rodríguez y Javier Hugo Adriazola Mendoza, quienes se ausentaran los días 12 al 22 de abril del 2015, a fi n de que participen en la Gira Internacional de Capacitación sobre Desarrollo local Sostenible, Planeación y Gestión efi ciente: “Los nuevos desafíos y tendencias en la gestión de provincias y territorios en el siglo XXI – Experiencias sostenibles de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias – España”, organizada por la Organización para el Desarrollo de América Latina y el Caribe (ONWARD Internacional), a llevarse a cabo en el país de España; asimismo se autorice los gastos por conceptos de viáticos según los dispuesto por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y modi fi catorias, razón por la cual lo actuado debe ser elevado al Concejo Municipal para su aprobación; Que, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que se encuentra consagrada en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, el inciso 11) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que, corresponde al Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del