Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2015 (31/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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Articulo Segundo.- ENCARGAR la publicacion del presente Decreto de Alcaldia a la Secretaria General, y en el MORDAZA institucional a la Sub Gerencia de Tecnologias de la Informacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1218746-1

El Peruano Martes 31 de marzo de 2015

Que, si bien no constituye una politica de la actual gestion municipal, el otorgar condonaciones tributarias, por generar estos un incentivo al no pago oportuno de los tributos, es tambien MORDAZA que la Entidad no puede ser ajena a la realidad expuesta; Que, en tal sentido y dentro de este contexto, y estando a los informes emitidos por las areas senaladas precedentemente, resulta atendible la emision y aprobacion de la Ordenanza; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas en el articulo 9º inciso 8) de la Ley Organica de Municipalidades - 27972, con el MORDAZA favorable unanime (trece) de los miembros del Concejo Municipal presentes, se aprobo lo siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIO TRIBUTARIO PARA EL PAGO DE TRIBUTOS MUNICIPALES A TODOS LOS CONTRIBUYENTES DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES Articulo Primero: ESTABLECER, de manera EXCEPCIONAL y por unica vez el regimen de Beneficio Tributario para el pago de los Tributos Municipales Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2015 en la jurisdiccion del Distrito de San MORDAZA de Miraflores, aplicable a todos los Contribuyentes del Distrito. Articulo Segundo: EXONERESE del cien por ciento (100%) de los intereses moratorios y reajustes generados de las deudas del ejercicio 2015 por concepto de Impuesto Predial y de las que se encuentren por vencer por concepto de Arbitrios Municipales durante la vigencia de la presente Ordenanza. Articulo Tercero: VIGENCIA El Beneficio Tributario entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano" de la presente Ordenanza, extendiendose hasta el 18 de MORDAZA del ano 2015, fecha en que vencera, y se efectuara el cobro de la totalidad de las obligaciones pendientes acotando los intereses y reajustes respectivos. DISPOSICIONES FINALES: Primera.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y la Gerencia de Administracion y Finanzas a traves de su Subgerencia de Contabilidad, las modificaciones contables y presupuestales necesarias para regularizar las asignaciones y compensaciones que hubieran, debido a la ejecucion de la presente ordenanza. A la Gerencia de Tecnologias de la Informacion y Estadistica, su debida implementacion y a la Secretaria General su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Segunda.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y sus Subgerencias ejecutoras, el cumplimiento y debida aplicacion de la Ordenanza; asi como la adecuada difusion de la misma. Tercera.- FACULTESE al senorAlcalde para que mediante Decreto de Alcaldia, pueda ampliar la fecha del vencimiento de la presente Ordenanza y dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicacion. Cuarta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Quinta.- DISPONER la publicacion inmediata de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano", en el MORDAZA del Estado Peruano www.peru.gob.pe, en el MORDAZA Institucional, y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob.pe. Registrese, comuniquese, publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA COQUIS MORDAZA 1218809-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Establecen beneficio tributario para el pago de tributos municipales a todos los contribuyentes del distrito
ORDENANZA Nº 289/MSJM San MORDAZA de Miraflores, 26 de marzo del 2015 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores, en Sesion Ordinaria de la fecha; VISTO; Memorandum N° 890-2015-GM-MDSJM de la Gerencia Municipal, mediante el cual la se eleva el proyecto de Ordenanza que establece beneficio tributario para el pago de tributos municipales a todos los contribuyentes del distrito de San MORDAZA de Miraflores; para lo cual, adjunta el Informe N° 27-2015-MDSJM/GR, de fecha 12 de marzo del 2015, de la Gerencia de Rentas, el Memorandum N° 255-2015-GPP/MDSJM, de fecha 18 de marzo del 2015, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Legal N° 050-2015-MDSJM/ GAJ, de fecha 19 de marzo del 2015; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, establece que las Municipalidades gozan de potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas y derecho municipales, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley, dentro de su jurisdiccion; Que el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece en el MORDAZA parrafo de la MORDAZA IV del Titulo Preliminar y en su articulo 41º que: "Excepcionalmente, los Gobiernos locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonacion tambien podra alcanzar al tributo"; Que, los numerales 1) y 2) del articulo 69º de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972 senala que, son rentas municipales los tributos creados por Ley a su favor, Contribuciones, Tasas, Arbitrios, Licencias, Multas y Derechos, los cuales son creados por su Concejo Municipal y que constituyen sus ingresos propios; Que, considerando que a la fecha existe un alto numero de contribuyentes del distrito, que no han cancelado el primer trimestre del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales; es necesario brindar de manera EXCEPCIONAL, las facilidades que requieren, a efectos de que cumplan con regularizar el pago de sus obligaciones tributarias por el ejercicio 2015;

Designan organo encargado de ejercer las facultades de Organismo Promotor de la Inversion Privada - OPIP y modifican el ROF de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 290/MSJM San MORDAZA de Miraflores, 26 de marzo del 2015

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