Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2015 (07/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano Jueves 7 de MORDAZA de 2015

552161
VARH/CR/GRL que contiene la Exposicion de Motivos y Proyecto de Ordenanza Regional que establece el MORDAZA regulatorio en el ambito del Gobierno Regional de MORDAZA sobre la prohibicion de avocamiento indebido en tramites pendientes de resolver por el Poder Judicial. CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, dispone que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en el mismo sentido, el Art. 2 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Que, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administracion economica y financiera, un Pliego Presupuestal; Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley Nº 27680, "Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, establece: "Los gobierno regionales tienen autonomia politica y administrativa en los asuntos de su competencia (...) La estructura organica basica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como organo normativo y fiscalizador (...)". Que, el articulo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 29053, establece que el Consejo Regional: "Es el organo normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le MORDAZA delegadas. (...)". Que, el articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; y el literal a) del articulo 15º de la misma MORDAZA, dispone que son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, en la actualidad, el Gobierno Regional de MORDAZA viene conociendo diversos procedimientos administrativos y procedimientos de implementacion de normas en coordinacion con diversos estamentos publicos, de conformidad con sus competencias; Que, si bien es MORDAZA, que el Gobierno Regional de MORDAZA tiene autonomia en la resolucion de los asuntos de su competencia, tambien es MORDAZA que dicha potestad no es absoluta, dado que existen restricciones constitucionales y organicas, que establecen la no interferencia y avocamiento cuando algun tema controversial se encuentra pendiente de pronunciamiento ante el Poder Judicial; Que, efectivamente, por un lado el inciso 2 del articulo 139º de la Constitucion senala que "Ninguna autoridad puede avocarse a causas pendientes ante el organo jurisdiccional ni interferir en el ejercicio de sus funciones". De la misma forma, el Articulo 4º de la Ley Organica del Poder Judicial enuncia que "Ninguna autoridad, cualquiera sea su rango o denominacion, fuera de la organizacion jerarquica del Poder Judicial, puede avocarse al conocimiento de causas pendientes ante el organo jurisdiccional"; Que, sobre el particular, el Tribunal Constitucional ya se ha pronunciado senalando que la prohibicion de avocamiento indebido supone que se desplace al juez del juzgamiento de una determinada causa y que en su lugar, el MORDAZA se resuelva por una autoridad distinta, cualquiera sea su clase (Sentencia emitida en el Expediente 2551-2005-PHC-TC); Que, en ese orden de ideas, el Gobierno Regional de MORDAZA, debe ser receloso en el cumplimiento de las normas constitucionales y organicas, con la finalidad de mantener un equilibrio entre el ejercicio de sus competencias y la prohibicion de avocarse a seguir con procedimientos administrativos o de implementacion de normas con otros estamentos publicos que hayan generado controversia legal y puestas de conocimiento del Poder Judicial; Que, ante tal situacion, es menester del Consejo Regional de MORDAZA, establecer el MORDAZA regulatorio que debe ser observado por las unidades ejecutoras y dependencias organicas del ambito del Gobierno Regional de MORDAZA, con la finalidad de que se de cumplimiento a las normas MORDAZA

de autorizacion de funcionamiento, quedando sin efecto los anteriormente otorgados. Articulo Cuarto.- Las autorizaciones senaladas en los articulos primero y MORDAZA de la presente Resolucion, deberan hacerse efectivas como MORDAZA dentro de los cinco (05) meses de su expedicion, debiendo realizarse sin solucion de continuidad. Asimismo, se debera informar a esta Superintendencia respecto a los acuerdos societarios finales adoptados para el cierre de la reorganizacion simple y fusion, autorizadas mediante la presente Resolucion; asi como cualquier otro acto vinculado a dicha finalidad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA POGGI CAMPODONICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.l.) 1233563-1 FE DE ERRATAS RESOLUCION SBS Nº 2211-2015 Fe de Erratas de la Resolucion SBS Nº 2211-2015, publicada en la edicion del dia 30 de MORDAZA de 2015. En el Articulo Unico; DICE: Autorizar a Compartamos Financiera, el traslado de una (01) agencia ubicada en la MORDAZA Comercio N° 300, distrito de Molliendo, provincia de Islay, departamento de MORDAZA al MORDAZA local ubicado en la MORDAZA Comercio N° 340, 344, 348 y 352, distrito de Molliendo, provincia de Islay, departamento de Arequipa. DEBE DECIR: Autorizar a Compartamos Financiera, el traslado de una (01) agencia ubicada en la MORDAZA Comercio N° 300, distrito de Mollendo, provincia de Islay, departamento de MORDAZA al MORDAZA local ubicado en la MORDAZA Comercio N° 340, 344, 348 y 352, distrito de Mollendo, provincia de Islay, departamento de Arequipa. 1233656-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Establecen el MORDAZA Regulatorio sobre la prohibicion de avocamiento indebido en tramites pendientes de resolver por el Poder Judicial en el ambito del Gobierno Regional de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 03-2015-CR-RL EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Ordinaria del dia 11 de febrero del 2015 en la MORDAZA de MORDAZA, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: El pedido del Consejo Regional por la provincia de Canete MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA que solicita se incorpore como punto de agenda en la sesion Ordinaria del 04 de febrero del 2015 la Carta Nº 020-2015-

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