Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2015 (28/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Miércoles 28 de octubre de 2015 /

El Peruano

Regístrese, comuníquese y publíquese. ROCÍO BARRIOS ALVARADO Presidenta Ejecutiva 1303288-2

Que, mediante Ley N° 30224, se creó el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, como un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera. Siendo el ente rector y la máxima autoridad técnico normativa del Sistema Nacional para la Calidad; y mediante Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad ­ INACAL, modificado por Decreto Supremo N° 008-2015-PRODUCE, el cual establece la naturaleza, el ámbito de competencia, y las funciones de los órganos que forman parte de la institución; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regula el derecho fundamental de acceso a la información consagrado en el numeral 5) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, conforme al artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el Estado adoptará medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las entidades de la administración pública, y tiene la obligación de entregar la información que demanden los ciudadanos en aplicación del principio de publicidad; Que, el segundo párrafo del artículo 4 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003PCM, establece que la entidad pública, mediante Resolución de su máxima autoridad, designará al funcionario responsable de entregar la información de acceso público, la cual será publicada en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 012-2015-INACAL-PE, se designó a la señora Carmina Carrera Amaya, Jefa de la Oficina de Administración y al señor José Manuel Zavala Muñoz, Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, como responsables titular y alterno, respectivamente, de atender las solicitudes de acceso a la información dirigidas al Instituto Nacional de Calidad; Que, habiéndose aceptado la renuncia formulada por la señora Carmina Carrera Amaya, al cargo de Jefa de la Oficina de Administración mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 063-2015-INACAL/PE, y en mérito a lo señalado en los considerandos precedentes, resulta necesario designar al responsable de atender las solicitudes de información presentadas en la sede central del Instituto Nacional de Calidad, en virtud a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 072-2003-PCM; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2015-PRODUCE, modificado por Decreto Supremo Nº 008-2015-PRODUCE; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida las designaciones efectuadas mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 012-2015-INACAL-PE. Artículo 2.- Designar al señor Diego Erick Santa María Guevara, como responsable de atender las solicitudes de acceso a la información presentadas en la sede central del Instituto Nacional de Calidad. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal institucional del INACAL (www.inacal.gob.pe), el mismo día de su publicación.

Designan responsables de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del INACAL
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 087-2015-INACAL/PE Lima, 23 de Octubre de 2015 VISTO: El Memorando N° 098-2015-INACAL/SG de fecha 20 de octubre de 2015, de la Secretaría General; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30224, se creó el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, como un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera; y es el ente rector y la máxima autoridad técnico normativa del Sistema Nacional para la Calidad; y mediante el Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE, modificado por Decreto Supremo N° 008-2015-PRODUCE, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad ­ INACAL, el cual establece la naturaleza, el ámbito de competencia, y las funciones de los órganos que forman parte de la institución; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regula el derecho fundamental de acceso a la información consagrado en el numeral 5) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, conforme al artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el Estado adoptará medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las entidades de la administración pública, y tiene la obligación de designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia, conforme al artículo 3 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003PCM; Que, el segundo párrafo del artículo 4 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003PCM, establece que la entidad pública, mediante Resolución de su máxima autoridad, designará al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia, la cual será publicada en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 039-2015-INACAL/PE, se designó a la señora Carmina Carrera Amaya, Jefa de la Oficina de Administración, como responsable, de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del Instituto Nacional de Calidad; Que, habiéndose aceptado la renuncia formulada por la señora Carmina Carrera Amaya, al cargo de Jefa de la Oficina de Administración mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 063-2015-INACAL/PE, y en mérito a lo señalado en los considerandos precedentes, resulta necesario designar al responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia, correspondiente al Instituto Nacional de Calidad, en virtud a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 072-2003-PCM; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto

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