Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2015 (28/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano / Miércoles 28 de octubre de 2015

NORMAS LEGALES

564851

Justiça Militar Em Outros Países" con ocasión del "XV Congreso Nacional de las Justicias Militares", evento que se realizará en la ciudad de Florianópolis, Estado de Santa Catarina, República Federativa del Brasil del 19 al 21 de noviembre de 2015, precisando que el hospedaje será cubierto por los organizadores del evento; Que, dada la importancia de los eventos antes referidos, que reconocen expresamente el liderazgo alcanzado por la justicia militar policial peruana en la región, resulta conveniente para los intereses institucionales de esta jurisdicción excepcional, autorizar dicha participación en representación del Fuero Militar Policial; Que, en sesión de fecha 18 de setiembre de 2015, el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial acordó autorizar el viaje a la República Federativa de Brasil, en comisión de servicio, de los indicados Oficiales del 15 al 23 de noviembre de 2015; para que participen en los citados eventos, cuyos gastos por transporte aéreo y viáticos, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal 027 - Fuero Militar Policial, con cargo al presupuesto correspondiente al ejercicio fiscal 2015; De conformidad con los fundamentos expuestos y a lo establecido en la Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, modificada por el Decreto Legislativo Nº 1096 y la Ley Nº 29955; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley Nº 28807, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM y el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el artículo 10 de la Ley Nº 30281, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; y, la Resolución Administrativa Nº 129-2013-FMP/P/DAF de fecha 20 de agosto de 2013; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio a las ciudades de São Paulo y Florianópolis, República Federativa del Brasil, de los señores General de Brigada (R) Juan Pablo RAMOS ESPINOZA, Presidente del Fuero Militar Policial, identificado con DNI Nº 03884474 y Contralmirante CJ. Julio Enrique PACHECO GAIGE, Vocal Supremo del Fuero Militar Policial, identificado con DNI Nº 08805518 y CIP Nº 00801513, del 15 al 23 de noviembre de 2015; para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolución Administrativa, serán cubiertos íntegramente por el Pliego Presupuestal 027 - Fuero Militar Policial, con cargo al presupuesto correspondiente al ejercicio fiscal 2015, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes Aéreos: Lima (Perú) - São Paulo (Brasil) - Florianópolis (Brasil) - Lima (Perú) US$ 567.28 X 02 personas (incluido TUUA) = US$ 1,134.56 Viáticos: Gral. RAMOS: US$ 370.00 X 08 días X 01 persona = Calm.PACHECO: US$ 370.00 X 04 días X 01 persona = US$ 370.00 X 40% X 04 días X 01 persona = Total a pagar = US$ 2,960.00 US$ 1,480.00 US$ 592.00 US$ 6,166.56

OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Disponen la pre publicación del proyecto de nuevo Reglamento de Voto Electrónico en el portal institucional de la ONPE
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000309-2015-J/ONPE Lima, 27 de octubre del 2015 VISTOS: el Informe N° 000468-2015-GAJ/ONPE y el Memorando N° 001210-2015-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N° 000095-2015-SG/ ONPE de la Secretaría General y el Memorando Nº 004891-2015-GPP/ONPE de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) es un organismo constitucionalmente autónomo, que cuenta con personería jurídica de derecho público interno y goza de atribuciones en materia técnica, administrativa, económica y financiera, siendo la autoridad máxima en la organización y ejecución de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 37º de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, la ONPE tiene a su cargo la organización y ejecución de los Procesos Electorales y consultas populares; Que, la Ley N° 28581, en su Primera Disposición Complementaria, autorizó a la ONPE a la implementación gradual y progresiva del voto electrónico con medios electrónicos e informáticos o cualquier otra modalidad tecnológica que garantice la seguridad y confidencialidad de la votación, la identificación del elector, la integridad de los resultados y la transparencia en el proceso electoral. Que, la Ley N° 29603 autorizó a la ONPE a emitir las Normas Reglamentarias para la implementación gradual y progresiva del Voto Electrónico; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 171-2014-J-ONPE se aprobó el "Reglamento de Voto Electrónico", el mismo que ha sido objeto de revisión y actualización por parte de la Comisión designada mediante Memorando Múltiple Nº 000064-2015-J/ONPE, para tal efecto, la cual ha propuesto el proyecto del nuevo Reglamento de Voto Electrónico; Que, conforme a lo expuesto por la Secretaría General en el Informe de vistos, el proyecto citado en el considerando que antecede debe ser publicado, en atención a lo dispuesto en el artículo 14º del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, a fin que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; De conformidad con lo dispuesto en los literales c) y h) del artículo 5º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y los literales n) y t) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural N° 0632014-J/ONPE y sus modificatorias; Con el visado de la Secretaría General y de las Gerencias de Asesoría Jurídica, de Planeamiento y Presupuesto, de Información y Educación Electoral, de Informática y Tecnología Electoral, de Organización Electoral y Coordinación Regional y de Gestión Electoral; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la pre publicación en el portal institucional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales ­ ONPE (www.onpe.gob.pe) del proyecto del nuevo Reglamento de Voto Electrónico, el cual consta de siete (7) Capítulos, veintinueve (29) Artículos, dos (2) Disposiciones Complementarias Transitorias y cinco (5) Disposiciones Complementarias Finales, que como Anexo

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje autorizado, los citados Oficiales presentarán informe describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- Autorizar a la Dirección de Administración y Finanzas del Fuero Militar Policial a ejecutar el gasto que demande la presente Resolución Administrativa, con cargo al presupuesto correspondiente al ejercicio fiscal 2015, Pliego Presupuestal 027 - Fuero Militar Policial. Artículo 5º.- La presente Resolución Administrativa no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Administrativa en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN PABLO RAMOS ESPINOZA Presidente del Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial 1303396-1

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