Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2015 (28/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano / Miércoles 28 de octubre de 2015

NORMAS LEGALES

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De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32°de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS N° 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Internacional del Perú - Interbank la ampliación del plazo para el cierre temporal de la agencia Economax Chaclacayo, ubicada en Av. Nicolás Ayllón N° 582-598, distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de Lima, hasta el 30.11.2015. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1303763-1

Corredores de Seguros Generales y de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO OJEDA PACHECO Secretario General 1303213-1

Aprueban el Reglamento de Adquisición de la Propiedad en el Capital Social de las Empresas Supervisadas y de los Propietarios Significativos
RESOLUCIÓN SBS N° 6420-2015 Lima, 23 de octubre de 2015 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, el artículo 57° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus normas modificatorias, en adelante Ley General, considera el requerimiento de autorización previa para proceder a la adquisición, en forma directa o por conducto de terceros, de más del 10% del capital social de una empresa supervisada de los sistemas financiero o de seguros; Que, el referido artículo también considera que si una persona jurídica, domiciliada en el Perú, fuese accionista en porcentaje mayor al antes señalado en la empresa, sus socios deben contar con la previa autorización de la Superintendencia para ceder derechos o acciones del capital social de esa persona jurídica en proporción superior al 10%. Que, la Ley N° 29903, Ley de la Reforma del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, incorporó como artículo 13 ­ A° del Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo N° 054-97-EF y sus normas modificatorias, consideraciones similares en materia de adquisición de participación del capital social de una empresa supervisada del sistema de administración privada de fondos de pensiones; Que, mediante Resolución SBS N° 1025-2005 y sus normas modificatorias, se establecen, entre otros, las normas relativas a la organización, funcionamiento, transferencia de participación en el capital social de las empresas de transferencia de fondos; Que, por Resolución SBS N° 6284-2013, se aprobó el Reglamento de las Empresas Emisoras de Dinero Electrónico, que en su primera disposición final y complementaria señala que las disposiciones contenidas en la Ley General referidas a las empresas del sistema financiero son de aplicación a las empresas emisoras de dinero electrónico. Que, en concordancia con los lineamientos internacionales, establecidos por el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea, la Asociación Internacional de Supervisores de Seguros y la Asociación Internacional de Organismos de Supervisión de Fondos de Pensiones, esta Superintendencia considera necesario emitir normas reglamentarias que regulen lo dispuesto en las referidas disposiciones legales; Que, a efectos de recoger las opiniones del público en general respecto de las propuestas de modificación a la normativa del sistema financiero, se dispuso la publicación del proyecto de resolución en el portal electrónico de la Superintendencia, al amparo de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; Contando con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, Seguros, Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, Riesgos, Estudios Económicos y Asesoría Jurídica;

Autorizan la ampliación de inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros
RESOLUCIÓN SBS Nº 6284-205 Lima, 20 de octubre de 2015 El Secretario General VISTA: La solicitud presentada por el señor Fernando José Velasco De La Riva para que se autorice la ampliación de su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.-Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS N° 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, medíante Resolución S.B.S. N° 1642-2015 de fecha 10 de marzo de 2015, se aprobó la quinta versión del Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, N° SBS-REG-SBS-360-05; Que, por Resolución SBS N° 3443-2014 de fecha 05 de junio de 2014, se autorizó la inscripción del señor Fernando José Velasco De La Riva como Corredor de Seguros de Personas; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las normas antes mencionadas; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 29 de setiembre de 2015, calificó y aprobó por unanimidad la solicitud del señor Fernando José Velasco De La Riva postulante a Corredor de Seguros Generales - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el precitado Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y en virtud de ia facultad delegada por la Resolución SBS N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la ampliación de la inscripción del señor Fernando José Velasco De La Riva, con matrícula número N-4274, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.-

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