NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2015 (24/09/2015)
CANTIDAD DE PAGINAS: 116
TEXTO PAGINA: 80
562130 NORMAS LEGALES Jueves 24 de setiembre de 2015 / El Peruano Nº Tipo de Cofi nancia- miento Programa o proyecto Círculo Institución Monto aprobado S/. (En Nuevos Soles) Monto Total S/. (En Nuevos Soles) 2 Subvención (personas jurídicas privadas) Programa Hacia la eliminación de la malaria en el Perú. Universidad Peruana Cayetano Heredia 525,000.00 1’912,500.00 Programa Círculo de Investigación en plantas con efectos en salud. Universidad Peruana Cayetano Heredia 337,500.00 Programa Investigación inter -institucional aplicada a la detección y diagnóstico mejorados de tuberculosis y cáncer ginecológico. Pontifi cia Universidad Católica del Perú 525,000.00 Programa Alianza pública privada para el desarrollo de tecnologías que incrementen el valor agregado en las cadenas agroindustriales, con énfasis en la innovación social y desarrollo sustentable. Universidad de Piura 525,000.00 Monto Total S/. 2’962,500.00 Artículo 2°.- Notifi car la presente Resolución a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y a la Dirección de Evaluación y Gestión del Conocimiento del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; así como a la Dirección Ejecutiva del Fondo Nacional de Desarrollo Científi co, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de Transparencia del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC. Regístrese, comuníquese y publíquese. GISELLA ORJEDA Presidente 1291178-1 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Autorizan ejecución de la “Encuesta de Demanda Ocupacional III Trimestre 2015” en diversas regiones RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 337-2015-INEI Lima, 7 de setiembre de 2015 Visto el Ofi cio N° 588-2015-MTPE/4/13, de fecha 25- 08-2015 del Jefe de la Ofi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), solicitando autorización para la ejecución de la “Encuesta de Demanda Ocupacional III Trimestre 2015”, en las regiones de Áncash, Arequipa, Cusco, lca, Junín, La Libertad, Lambayeque, Piura, Puno, Lima Metropolitana y Callao. CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo N° 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”, el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadística y tiene entre sus funciones: normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas, utilizadas por los órganos del Sistema para la producción de las Estadísticas Básicas de los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales; Que, la Dirección General de Promoción del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, requiere contar con información estadística sobre la demanda futura de personal técnico o con capacitación para el trabajo, que sirva de base a los Programas Impulsa Perú y Jóvenes Productivos, para las acciones de capacitación, según la demanda laboral exigida por el mercado y los requerimientos del sector productivo, lo cual conllevará a reducir el desajuste ocupacional. En tal sentido, tiene programado realizar durante el periodo del 18 de setiembre al 17 de octubre 2015, la “Encuesta de Demanda Ocupacional III Trimestre 2015”, en las regiones de Áncash, Arequipa, Cusco, lca, Junín, La Libertad, Lambayeque, Piura, Puno, Lima Metropolitana y Callao, para lo cual adjunta la Ficha Técnica y el Formulario de la Encuesta; Que, la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, ha evaluado la documentación presentada, manifestando que la misma cumple con los requisitos necesarios para la ejecución de la actividad solicitada; Que, resulta necesario autorizar la ejecución de la “Encuesta de Demanda Ocupacional III Trimestre 2015”, dirigida a 4,077 empresas privadas formales con 20 a más trabajadores, que realizan actividades económicas de: comercio, servicios sociales, comunales y de recreación, enseñanza, minería, construcción, establecimientos fi nancieros y seguros; así como fi jar el plazo máximo de entrega debidamente diligenciada de la información y aprobar el formulario respectivo, para efectos de lo dispuesto en los artículos 81° y 83° del Decreto Supremo N° 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional Estadística e Informática; Con la opinión técnica favorable de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística; de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6° del Decreto Legislativo N° 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar, la ejecución de la “Encuesta de Demanda Ocupacional III Trimestre 2015”, en las regiones de Áncash, Arequipa, Cusco, lca, Junín, La Libertad, Lambayeque, Piura, Puno, Lima Metropolitana y Callao; dirigida a una muestra representativa de 4,077 empresas privadas formales con 20 a más trabajadores; cuyo listado de la muestra seleccionada, se publicará en la página Web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 2°.- Aprobar, el formulario de la “Encuesta de Demanda Ocupacional III Trimestre 2015”. El acceso al formulario y su devolución con la información requerida, se realizará en forma virtual, ingresando a la página Web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), http://www.trabajo.gob.pe/, al banner: “Encuestas Virtuales”, donde debe registrar su número de RUC, usuario y clave SOL. Artículo 3°.- Disponer, que el periodo de entrega de la información de la Encuesta es del 18 de setiembre al 17 de octubre 2015. La que estará a cargo de la Dirección General de Promoción del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE). Artículo 4°.- Precisar, que las personas jurídicas que se encuentran inmersas en el referido artículo 1° de la presente Resolución, deben diligenciar el formulario de la Encuesta, en el plazo establecido; en caso de incumplimiento serán pasibles de ser sancionadas con la multa respectiva, conforme lo dispuesto por los artículos 87°, 89° y 91° del D.S. N° 043-2001-PCM. El pago de la multa, no exime a las empresas de la obligación de presentar la información solicitada. Regístrese y comuníquese. ANÍBAL SÁNCHEZ AGUILAR Jefe (e) 1290604-1