Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2015 (24/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano / Jueves 24 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES
CARGO DIRECTOR

562143

NOMBRE ... ERNESTO MITMSUMASU FUJIMOTO ... FELIPE TSUMOTO HIROMOTO HIROMOTO DEBE DECIR:

EMPRESA ELECTROPERU

Oyague, quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera: TERCERA SALA CIVIL Dr. Arnaldo Rivera Quispe Dra. Ángela María Salazar Ventura Dra. Rosario Del Pilar Encinas Llanos Presidente (T) (P)

SAN GABAN

DIRECTOR

Tomar conocimiento de la renuncia al cargo de Miembro de Directorio presentada por las personas señaladas a continuación, dándoles las gracias por los servicios prestados durante el desempeño de sus funciones: NOMBRE ... ERNESTO MITSUMASU FUJIMOTO ... FELIPE TSUTOMU HIROMOTO HIROMOTO 1291563-1 EMPRESA ELECTROPERU CARGO DIRECTOR

Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia de Administración Distrital y Coordinación de Personal de esta Corte Superior de Justicia y de los Magistrados para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. OSWALDO ALBERTO ORDOÑEZ ALCÁNTARA Presidente 1291432-1

ORGANOS AUTONOMOS
SAN GABAN DIRECTOR

INSTITUCIONES EDUCATIVAS

PODER JUDICIAL

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Establecen conformación de la Tercera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 507-2015-P-CSJLI/PJ Lima, 23 de setiembre de 2015 VISTOS Y CONSIDERANDOS: Que, mediante la razón que antecede, la doctora Emilia Bustamante Oyague, Juez Superior Titular integrante de la Tercera Sala Civil de Lima solicita licencia por motivos de salud al habérsele concedido descanso médico en la fecha. Que, estando a lo expuesto, resulta necesario a fin de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales de la Tercera Sala Civil de Lima, proceder a la designación del Juez conforme corresponda. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la doctora ROSARIO DEL PILAR ENCINAS LLANOS, Juez Titular del 20° Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, como Juez Superior Provisional integrante de la Tercera Sala Civil de Lima a partir del día 23 de setiembre del presente año y mientras dure la licencia de la doctora Bustamante

Autorizan viaje de autoridades de la Universidad Nacional "Intercultural de Quillabamba" a Colombia, en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL "INTERCULTURAL DE QUILLABAMBA" COMISIÓN ORGANIZADORA PRESIDENCIA RESOLUCIÓN Nº 051-2015/CO-UNIQ. Quillabamba, 11 de setiembre del 2015. Visto, la comunicación del 11 de septiembre del 2015, cursada por los señores: Directora del Grupo Etnobotánico Latinoamericano GELA, Directora de la Sociedad Colombiana de Etnobiología y el Presidente de la Sociedad Latinoamericana de Etnobiología, organizadores del IV Congreso Latinoamericano de Etnobiología, "Tejiendo la memoria y el futuro biocultural de América Latina y el Caribe" a realizarse en la ciudad de Popayan, república de Colombia, del 27 de setiembre al 02 de octubre del 2015 y, CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 30220 Ley Universitaria, establece que la Universidad es una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda formación humanista, científica y tecnológica y que está integrada por docentes, estudiantes y graduados; asimismo goza de autonomía académica, económica, normativa y administrativa, dentro de la Ley. Que, por Ley Nº 29620, de fecha 01/Dic/2010, se crea la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba, como persona jurídica de derecho público interno. Que, por Resolución Vice Ministerial Nº 041-2015-MINEDU, de fecha 25/Jul/2015, se constituye la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba. Que, la dimensión de universidad intercultural con que se crea esta universidad, hace que sus autoridades y docentes estén debidamente sensibilizados e informados de dicha condición, de suerte que puedan plasmar esta condición en el diseño de políticas institucionales que comprometa los ejes académico, investigación y de responsabilidad social y proyección social. Que, estando a la comunicación cursada por los señores organizadores del IV Congreso Latinoamericano de Etnobiología "Tejiendo la

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