Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2015 (24/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

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NORMAS LEGALES

Jueves 24 de setiembre de 2015 /

El Peruano

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Declaran nula la Res. Nº 145-2015-DNROP/ JNE, que estableció como válidos documentos, a efectos de continuar con la inscripción de la organización política Todos por Arequipa, y disponen que la Dirección Nacional del Registro de Organizaciones Políticas requiera documentos
RESOLUCIÓN Nº 0234-2015-JNE Expediente Nº J-2015-00236 AREQUIPA INSCRIPCIÓN DE ORGANIZACIÓN POLÍTICA RECURSO DE APELACIÓN Lima, treinta y uno de agosto de dos mil quince. VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Abdón Álvarez Monje en contra de la Resolución Nº 145-2015-DNROP/JNE, de fecha 7 de julio de 2015, que estableció como válidos, a efectos de continuar con el procedimiento de inscripción de la organización política Todos por Arequipa, los documentos presentados por Fabiola Apaza Vargas, con fecha 2 de julio de 2015, y oído el informe oral. ANTECEDENTES Solicitud de inscripción Con fecha 1 de diciembre de 2011, Teresa Elena Ramos Mercado presentó, ante la oficina de Servicios al Ciudadano del Jurado Nacional de Elecciones, la solicitud de inscripción del movimiento regional Todos por Arequipa, a efectos de que la Dirección Nacional del Registro de Organizaciones Políticas (en adelante DNROP) proceda con su evaluación. No obstante, la citada oficina observó que la mencionada solicitud incumplía con la normativa vigente, en aquel entonces, por lo que le concedió un plazo, a fin de que subsane las omisiones advertidas. Luego, por escrito del 2 de diciembre de 2011 (fojas 5), Teresa Elena Ramos Mercado remitió documentos, entre ellos, la copia certificada por notario del acta de fundación, de fecha 2 de noviembre de 2011 (fojas 7 a 12), en la que se indica que Jaime Pedro Chávez Flores, Walter Leoncio Arotaype Llaiqui, Victoria Zenobia Roncalla Romero, Teresa Elena Ramos Mercado, Alberto Leandro Vargas Moscoso, Ángel Rolando Mamani Conteras, Ángel Guillermo Quispe Trujillano, Moisés Jesús Chuctaya Huarca y Fabiola Candelaria Apaza Vargas acordaron crear el movimiento regional Todos por Arequipa, así como también, aprobar su ideario, sus órganos directivos, su conformación y sus funciones, su símbolo y, por último, elegir, además de establecer sus funciones, a Jaime Pedro Chávez Flores como representante legal y apoderado, a Wálter Leoncio Arotaipe Llaiqui como secretario general y a Teresa Elena Ramos Mercado como personera legal titular y Fabiola Candelaria Apaza Vargas como personera legal alterna. Posteriormente, el 18 de julio de 2013, Jaime Pedro Chávez Flores presentó, ante la Unidad Regional de Enlace de Arequipa (en adelante URE), el cargo de su renuncia irrevocable, con firma legalizada por notario, a su condición de "integrante, presidente y representante legal del movimiento regional Todos por Arequipa", que fuera recibida el 5 de julio de 2013 por Walter Arotaipe Llaiqui, secretario general, en aquel entonces, de la referida organización política (fojas 170 y 171). El 26 de mayo de 2014, Wálter Leoncio Arotaipe Llaiqui presentó, ante la URE, el cargo de su renuncia irrevocable a su condición de afiliado, socio fundador y secretario de la organización política Todos por Arequipa, que fuera recibida el 28 de diciembre de 2013 por Alberto Leandro Vargas Moscoso, secretario de asuntos políticos (fojas 239 a 240). Mediante Oficio Nº 000987-2014/GRE/SGVFAE/ RENIEC, recibido el 26 de junio de 2014, el Reniec remite el resultado de la tercera entrega para la verificación de

firmas de la lista de adherentes al movimiento regional Todos por Arequipa, con el cual, dicha organización política, logró reunir 8,045.00 firmas válidas, así como cumplir con lo dispuesto en el artículo 17, numeral a, de la Ley Nº 28094, Ley de Partidos Políticos (en adelante LPP), antes de su modificación. Por esta razón, el 3 de julio de 2014, la DNROP procedió con la revisión de los requisitos de fondo de la solicitud de inscripción del movimiento regional Todos por Arequipa y emitió el Informe Nº 0039-2014-RCA-ROP/JNE, con el cual observó que, la citada organización política, había incumplido con presentar el estatuto, con el número mínimo de afiliados de los comités provinciales, así como de señalar las direcciones en donde estos funcionen. Así que, la DNROP otorgó al referido movimiento regional 120 días hábiles más el término de la distancia para que cumpla con subsanar las omisiones advertidas (fojas 280 a 283). Dicho informe fue notificado a Teresa Elena Ramos Mercado, por Oficio Nº 3594-2014-ROP/JNE, de fecha 3 de julio de 2014, el 9 de julio de 2014 (fojas 298). Luego, por Resolución Nº 336-2014-ROP/JNE, de fecha 10 de julio de 2014, la DNROP, de conformidad con el artículo 46 del Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas, aprobado por Resolución Nº 123-2012-JNE, dispuso la suspensión del procedimiento de inscripción del movimiento regional Todos por Arequipa hasta que esta reanude sus funciones, es decir, un mes después de concluido el proceso electoral de elecciones regionales y municipales 2014, debido a que si bien la referida organización política había cumplido con superar el número de firmas necesarias, de acuerdo al artículo 17, numeral a, de la LPP, antes de su modificación, el procedimiento de inscripción aún no había concluido hasta la fecha de cierre de la DNROP, el mismo que está determinado por el inicio de la etapa de inscripción de candidatos a un proceso electoral. Después de ello, con Carta Nº 001-2015-MPR/TPAQP, de fecha 10 de junio de 2015, Jaime Pedro Chávez Flores (fundador), Alberto Leandro Vargas Moscoso (secretario de asuntos políticos), Ángel Rolando Mamani Conteras (secretario de la juventud), Moisés Jesús Chuctaya Huarca (personero técnico titular), Fabiola Candelaria Apaza Vargas (personera legal titular), Victoria Zenobia Roncalla Romero (secretaria de la mujer), Ángel Guillermo Quispe Trujillano (secretaria de recursos humanos) y Alexander Chahuasoncco Papel (personero técnico alterno) informan que en sesión del comité ejecutivo regional del movimiento regional Todos por Arequipa del 9 de junio de 2015 (fojas 316), han acordado dejar sin efecto la designación en el cargo de personera legal titular a Teresa Elena Ramos Mercado, y nombrar en su reemplazo a Fabiola Candelaria Apaza Vargas (fojas 312 a 313). Escritos de subsanación con relación a las observaciones formuladas por la DNROP mediante Informe Nº 0039-2014-RCA-ROP/JNE, de fecha 3 de julio de 2014 Con escrito de fecha 1 de julio de 2015, presentado ante la URE, Abdón Álvarez Monje informa a la DNROP lo siguiente: a) Dado que el 18 de julio de 2013 Jaime Pedro Chávez Flores renunció al cargo de presidente del comité ejecutivo del movimiento regional Todos por Arequipa y, asimismo, solicitó su desafiliación, decidió, por documento privado, fechado el 8 de mayo de 2014, transferir y entregar los libros de actas y demás documentación del movimiento regional a José Luis Chirinos Chirinos (actualmente, secretario general), a efectos que este continúe con el trámite de inscripción. b) De esta manera, por asamblea extraordinaria acta ampliatoria de fundación, de fecha 25 de febrero de 2015, los "adherentes" eligieron a su presidente, a los miembros del comité ejecutivo, así como también determinaron a los nuevos miembros fundadores, la denominación, el símbolo y la variación de domicilio de la citada organización política. c) Asimismo, la nueva presidenta del referido movimiento regional, de conformidad con las facultades otorgadas, designó a Valery Mishel Zevallos Hinojosa como personera legal titular y a Abdón Álvarez Monje como personero legal alterno.

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