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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ABRIL DEL AÑO 2016 (14/04/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 68

583230 NORMAS LEGALES Jueves 14 de abril de 2016 / El Peruano e Imagen Institucional, su difusión y la publicación en la página WEB de la Municipalidad: www.mdsmp.gob.pe, a la Secretaria General su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ADOLFO ISRAEL MATTOS PIAGGIO Alcalde 1367434-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA Ordenanza que aprueba las fechas de vencimiento para el pago de Arbitrios e Impuesto Predial y establece incentivos por pronto pago para el ejercicio 2016 ORDENANZA MUNICIPAL N° 001-2016/MDV Ventanilla, 8 de enero de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En Sesión Extraordinaria del Concejo Municipal Distrital de 8 de enero de 2016 y; CONSIDERANDO: Que el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley 28607, señala que las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, conforme a lo establecido en la Norma IV del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF, los Gobiernos Locales mediante Ordenanza, pueden crear, modifi car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley. Que, conforme lo señala el artículo 41° de la citada norma establece que excepcionalmente, los Gobiernos Locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al tributo. Que, esta Entidad Edil, es la encargada de recaudar y administrar los ingresos tributarios por concepto de Impuesto Predial y por Arbitrios Municipales, conforme se encuentra establecido en los artículos 6º y 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; y en las Ordenanzas Municipales en materia de regulación de Arbitrios Municipales emitidas por esta Corporación Edil. Que, el artículo 15º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que el Impuesto Predial podrá cancelarse ya sea al contado, hasta el último día hábil del mes de febrero o en forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiéndose en este último caso pagar la primera cuota el último día hábil del mes de febrero y las cuotas restantes hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto y noviembre. Que, mediante Informe N° 003-2016/MDV-GRM la Gerencia de Rentas Municipales propone otorgar medidas de incentivo para la regularización de deuda tributaria y el pago de las obligaciones tributarias generadas para el ejercicio fi scal 2016, lo que incentivará el cumplimiento voluntario de los contribuyentes antes de adoptar las medidas coercitivas necesarias que franquea la Ley. Que, mediante Informe N° 05-2016/MDV-GLySM, de 7 de enero de 2016, la Gerencia Legal y Secretaría Municipal opina por la procedencia de la aprobación del presente Proyecto de Ordenanza, citando como sustento legal el artículo 74° de la Constitución Política del Perú, artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades-Ley N° 27972, así como el artículo 41° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 153-99-EF. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9° numeral 8 y el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades-Ley 27972, y artículo 41 del Texto Único Ordenado del Código Tributario; el Concejo Municipal con el voto por UNANIMIDAD y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta; ORDENANZA QUE APRUEBA LAS FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE ARBITRIOS E IMPUESTO PREDIAL Y ESTABLECE INCENTIVOS POR PRONTO PAGO PARA EL EJERCICIO 2016 Artículo 1.- APROBAR la Ordenanza que contiene las fechas de vencimiento para el pago de los Arbitrios Municipales e Impuesto Predial del ejercicio 2016 y establecer los incentivos por el “Pronto Pago” de dichos tributos en el año 2016”, la misma que consta de cinco artículos, cuatro disposiciones complementarias y fi nales, cuyo texto íntegro, forma parte de la presente ordenanza Artículo 2.- ENCARGAR a la Gerencia Legal y Secretaría Municipal la publicación de la presente ordenanza en el Diario ofi cial El Peruano y del anexo en la página web de la Municipalidad Distrital de Ventanilla www.muniventanilla.gob.pe de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General. OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 1366734-1 Ratifican el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2016 ORDENANZA MUNICIPAL N° 2-2016/MDV Ventanilla, 14 de enero de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de14 de enero de 2016; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales, son los Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, de acuerdo a lo establecido por el artículo 9º, numeral 8 de la Ley Nº 27972, le corresponde al Concejo Municipal aprobar, modifi car o derogar las ordenanzas; Que, mediante Ley Nº 27933 se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, como sistema funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas, que orientan la intervención del Estado en dicha materia, para garantizar la seguridad, la paz, la tranquilidad y el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional a fi n de generar paz social y proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades; Que, el artículo 13 del citado dispositivo los Comités Regionales, Provinciales y Distritales son los encargados