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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ABRIL DEL AÑO 2016 (14/04/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 61

583223 NORMAS LEGALES Jueves 14 de abril de 2016 El Peruano / 22 de marzo de 2016, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modifi cada por Ley Nº 27680 y Ley Nº 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modifi catorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; Ha dado la siguiente Ordenanza Regional: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, observando su naturaleza comprendida en: Tres (03) Títulos, dos (02) Capítulos, treinta y seis (36) Artículos, una (01) Disposición Complementaria, contenida en la estructura orgánica según el texto íntegro del Proyecto de ROF, el Informe Técnico Sustentatorio, las Fichas Técnicas y el Organigrama Estructural, adjunto en 02 anillados al Ofi cio Nº 1694-2015/GRP-440010, anexo a la Hoja Registro y Control Nº 52782 de fecha 07 de diciembre de 2015, documento que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- Derogar la Resolución Ejecutiva Regional Nº 059-2006/GOBIERNO REGIONAL PIURA- PR, de fecha 06 de febrero de 2006, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia General Regional, en coordinación con la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, disponga la publicación documento de gestión actualizado, en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Piura dentro de los cinco (05) días calendarios siguientes a la fecha de publicación en el Diario Ofi cial El Peruano; bajo responsabilidad de los funcionarios designados conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario. Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional Piura para su promulgación. En Piura, a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil dieciséis. ELIGIO SARANGO ALBUJAR Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, al primer día del mes de abril del año dos mil dieciséis. REYNALDO HILBCK GUZMÁN Gobernador Regional 1367081-1 Ordenanza Regional que regula el Proceso del Presupuesto Participativo Regional Basado en Resultados y da inicio al proceso correspondiente al Año Fiscal 2017 ORDENANZA REGIONAL Nº 349-2016/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura; POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783; en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modifi catorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053 y demás normas complementarias y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, en el artículo 60º, establece entre las funciones en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, formular, aprobar y evaluar las políticas en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades de su competencia; y, promover la participación ciudadana en la planifi cación, administración y vigilancia de los programas de desarrollo e inversión social en sus diversas modalidades, brindando la asesoría y apoyo que requieran las organizaciones de base involucradas; Que, la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y sus modifi catorias Ley Nº 29298, modifi cada con Ley Nº 29298, establece las fases del proceso participativo, señalando que la adecuación de fases y actividades que se requieran para el mejor cumplimiento del proceso, considerando la realidad territorial, serán reguladas por Ordenanza, siendo los Titulares de Pliego los responsables de llevar adelante las distintas fases del proceso; Que, mediante Resolución Directoral Nº 007- 2010-EF/76.01, del 12 de abril de 2010, se aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 denominado “Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados”, que establece mecanismos y pautas para el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales; y en su numeral 2.2, establece como Roles del Consejo Regional en el Presupuesto Participativo: aprobar las normas complementarias que se requieran para llevar a cabo el proceso; fi scalizar el desarrollo oportuno de cada una de las fases del proceso y Velar por el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos por el Gobierno Regional o Gobierno Local; Que, en el Informe Nº 027-2016/GRP-410000, de fecha 23 de marzo de 2016, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, informó a la Gerencia General Regional que, en Sesión Ordinaria Nº 01-2016-CCR, el Consejo de Coordinación Regional (CCR) emitió su opinión consultiva respecto al inicio del Proceso del Presupuesto Participativo Regional (CCR) correspondiente al Año Fiscal 2017, el mismo que es concordante con el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 – Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, acordando dar inicio al proceso del Presupuesto Participativo Regional del Año Fiscal 2017, aprobándose la actualización del Reglamento del Proceso, la elaboración de la Metodología y Cronograma de Actividades, realizado por el Equipo Técnico de la Sub Gerencia Regional de Planeamiento, Programación e Inversión; Que, mediante Informe Nº 25-2016/GRP-200010- ACCR, de fecha 29 de marzo de 2016, el Equipo de Apoyo a Comisiones, recomendó someter a consideración de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto, Tributación y Acondicionamiento Territorial el expediente administrativo sobre el proceso del presupuesto de participativo regional basado en resultados correspondiente al año fi scal 2017 a fi n de ser evaluado y conforme a sus atribuciones emita el dictamen pertinente para ser elevado al Pleno del Consejo Regional para su debate y de acuerdo a su capacidad resolutiva disponga de ser el caso la emisión de la ordenanza regional que apruebe el citado presupuesto; Que, con Dictamen Nº 004-2016/GRP-CR-CPPTyAT, de fecha 29 de marzo de 2016, decidió por unanimidad,