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583574 NORMAS LEGALES Domingo 17 de abril de 2016 / El Peruano celebren sus Participantes con sus contrapartes, que pueden ser Participantes o no de CAVALI (en adelante, las Partes). Los Contratos que registre CAVALI son los Contratos Específi cos celebrados al amparo del Contrato Marco para Operaciones con Derivados reconocido por la SBS, siempre que cuenten con la Confi rmación suscrita electrónicamente mediante el uso de fi rma digital, realizada a través de los medios establecidos por CAVALI. Para dicho servicio, una de las Partes debe ser Participante originador del Contrato Específi co. La anotación en cuenta de los Contratos para operaciones con Derivados se realiza en el Registro Contable de CAVALI. El procedimiento para el registro se encuentra regulado en el presente Capítulo y en sus correspondientes Disposiciones Vinculadas. Artículo 2.- Defi niciones Para efectos de lo dispuesto en el presente Capítulo se deberán considerar las siguientes defi niciones: (i) Contrato Marco: Es el contrato que celebran las Partes para realizar una o más operaciones con Derivados. Dicho contrato y su Anexo ha sido elaborado por la Asociación de Bancos del Perú – ASBANC y reconocido por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones mediante Resolución S.B.S. N° 5029-2011. (ii) Contrato Específi co: Es el contrato que celebran las Partes cada vez que deciden realizar una operación de derivados bajo los términos y condiciones del Contrato Marco. (iii) Derivados: Son instrumentos fi nancieros cuyo valor está en función de uno o más activos subyacentes y que son usados por los agentes económicos como mecanismo de cobertura de riesgos, para tomar exposición sobre un activo o con fi nes especulativos. (iv) Formulario del Servicio: Documento con un formato específi co proporcionado por CAVALI a través del cual las Partes informan quiénes son las personas que realizarán las funciones de Usuario Operador, Usuario Supervisor y Usuario Suscriptor, indicando el nombre, cargo, DNI y correo electrónico de las mismas. (v) Forwards de monedas: Son operaciones a través de las cuales el comprador y vendedor se obligan a intercambiar, en una fecha futura establecida, un monto determinado de una moneda a cambio de otra. Dichas operaciones no implican ningún desembolso hasta el vencimiento del Contrato Específi co, momento en el cual se exigirá el intercambio de las monedas al tipo de cambio pactado. (vi) Las Partes: El Participante de CAVALI originador del Contrato Específi co y su contraparte, que puede ser o no Participante de CAVALI. (vii) Participante originador del Contrato Específi co: Entidad autorizada por la SBS que ofrece la cobertura de riesgos cambiarios mediante la contratación de forwards de monedas, que es Participante de CAVALI. (viii) Registro de Facultades: Es un módulo en el Sistema de CAVALI que le permite a las Partes registrar a las personas que de acuerdo con sus facultades pueden suscribir los Contratos Específi cos. (ix) Sistema de CAVALI: Sistema WARI. (x) Usuario Operador: Persona dentro de la organización de cada una de las Partes, que se encarga de registrar/validar, modifi car y solicitar la anulación de la información de los Contratos Específi cos en el Sistema de CAVALI, así como registrar el anticipo de los Contratos Específi cos. (xi) Usuario Supervisor: Persona dentro de la organización de cada una de las Partes que está encargada de autorizar/aceptar la información de los Contratos Específi cos en el Sistema de CAVALI, o sus estados registrados previamente por un Usuario Operador, así como de anular la información del Contrato Específi co. (xii) Usuario Suscriptor: Persona dentro de la organización de cada una de las Partes que, a través del uso de Firmas Digitales, puede suscribir la Confi rmación del Contrato Específi co. Artículo 3.- Acceso al Servicio Para acceder al servicio las Partes que son Participantes de CAVALI deberán cumplir con los siguientes requisitos: a) Solicitar a CAVALI el servicio, declarando expresamente que han suscrito con sus contrapartes el Contrato Marco y la Adenda respectiva, en la que han señalado su consentimiento para que las Confi rmaciones de los Contratos Específi cos se suscriban de manera electrónica mediante fi rma digital y los Contratos Específi cos se anoten en el Registro Contable, salvo que en el Contrato Marco esté incluido dicho consentimiento, no siendo necesario en este caso la suscripción de la Adenda. b) Presentar la vigencia de poder y/o copia literal del régimen de poderes, de ser el caso, a fin de acreditar a las personas autorizadas ante CAVALI para la suscripción de las Confi rmaciones de los Contratos Específi cos. c) Presentar el Formulario de Servicio. d) Contar con Certifi cado de fi rma digital a nombre de el/los Usuarios Suscriptores para la suscripción de las Confi rmaciones de los Contratos Específi cos. En caso de que la contraparte no sea Participante de CAVALI, para utilizar este servicio deberá suscribir un contrato con CAVALI, sujetándose a las estipulaciones referidas en el mencionado contrato, así como deberá cumplir con los requisitos señalados en los incisos b, c y d del presente artículo. Asimismo, deberá cumplir con las siguientes condiciones: i) ser cliente del Participante originador del Contrato Específi co, ii) haber suscrito el Contrato Marco y la Adenda respectiva, en la que han señalado su consentimiento para que la Confi rmación de los Contratos Específi cos se suscriba de manera electrónica mediante fi rma digital y los Contratos Específi cos se anoten en el Registro Contable, salvo que en el Contrato Marco ya se incluya dicho consentimiento y no sea necesaria la suscripción de la Adenda. Una vez cumplidos los requisitos para acceder al servicio, las Partes ingresarán al Sistema de CAVALI a fi n de completar el Registro de Facultades para la suscripción de las Confi rmaciones de los Contratos Específi cos, de conformidad con su régimen de poderes. Artículo 4.- Descripción del Servicio 1.- Ingreso de datos de los Contratos Específi cos y suscripción de Confi rmaciones. 1.1 Registro.- Consiste en el ingreso de los datos del Contrato Específi co celebrado por las Partes al Sistema de CAVALI, en forma individual o masiva, efectuado por el Usuario Operador de una de las Partes, de acuerdo con la siguiente regla: a. Si ambas Partes que celebran el Contrato Específi co son Participantes de CAVALI y: a.1 Sólo una de las Partes es Participante Originador de Contratos Específi cos, el registro lo realizará dicho Participante. a.2 Ambas Partes son Participantes Originadores de Contratos Específi cos, el registro lo realizará el Participante que ocupe la posición compradora. b. Si una de las Partes no es Participante de CAVALI, el registro lo realizará siempre la Parte que es Participante originador de Contratos Específi cos. 1.2 Autorización.- Consiste en la validación de los datos ingresados por el Usuario Operador, por parte del Usuario Supervisor del Participante que registra la operación. 1.3 Modifi cación o Anulación.- Consiste en la modifi cación o anulación de los datos del Contrato Específi co por parte del Usuario Operador que los ingresó al Sistema de CAVALI, hecho que deberá ser autorizado por el Usuario Supervisor de la Parte que ingresa los datos