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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ABRIL DEL AÑO 2016 (17/04/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 17

583575 NORMAS LEGALES Domingo 17 de abril de 2016 El Peruano / del Contrato Específi co. Toda modifi cación o anulación se realizará de manera previa a la aceptación de los datos del Contrato Específi co. 1.4 Aceptación.- Consiste en la validación, por parte del Usuario Operador de la contraparte, de los datos ingresados. Si la validación es exitosa, el Usuario Supervisor de la Contraparte aceptará los datos del Contrato Específi co; de lo contrario, deberá enviarlos al Usuario Operador para su observación, y este a su vez deberá devolverlo al Usuario Operador que registró los datos del Contrato Específi co para que los modifi que o anule. El procedimiento para el Registro, Autorización, Modifi cación, Anulación y Aceptación de los datos del Contrato Específi co se encuentra detallado en la Disposición Vinculada N° 01 del presente Capítulo. 1.5 Suscripción de las Confi rmaciones.- La Confi rmación es el documento electrónico que recoge los términos y condiciones de los Contratos Específi cos cuyos datos han sido ingresados en el Sistema de CAVALI. La suscripción de las Confi rmaciones será realizada por el/los Usuarios Suscriptores de cada Parte (Participante y sus contrapartes) y se llevará a cabo a través de fi rmas digitales. La suscripción de las Confi rmaciones podrá realizarse a partir de que las condiciones del Contrato Específi co hayan sido aceptadas. Si la Confi rmación no es suscrita, se informará de esta situación a las Partes que celebraron el Contrato Específi co. Una vez suscritas las Confi rmaciones de los Contratos Específi cos, estos se anotarán en cuenta en el Registro Contable en la Cuenta Titular del Participante originador del Contrato Específi co que realizó el registro o ingreso de los datos en el Sistema, dentro de su Cuenta Matriz. Una vez vencidos los Contratos Específi cos anotados en cuenta en el Registro Contable, serán excluidos de la cuenta matriz del Participante originador del Contrato Específi co donde se encuentran anotados. El modelo del documento electrónico denominado Confi rmación y el procedimiento para su Suscripción se encuentran detallados en la Disposición Vinculada N° 02 del presente Capítulo. 2.- Entrega de Alertas y Reportes El presente servicio incluye un sistema de alertas, reportes, consultas en línea y generación de las Confi rmaciones al que podrán acceder los Participantes y sus contrapartes respecto de los datos ingresados en el Sistema de Contratos Específi cos, Confi rmaciones suscritas digitalmente, o anotaciones en cuenta de los Contratos Específi cos en el Registro Contable. Los reportes que sean solicitados por la entidad reguladora de las Partes, de ser el caso, no incluirán información protegida por el deber de reserva, salvo que las Partes hayan autorizado previamente por escrito la entrega de dicha información a su regulador, lo cual deberá ser debidamente acreditado ante CAVALI. El procedimiento para acceder o generar las alertas y reportes se encuentra detallado en la Disposición Vinculada N° 03 del presente Capítulo. Todos los reportes del proceso de vencimiento de los Contratos Específi cos son de carácter informativo. Artículo 5.- Cesión de Posición Contractual Si luego de suscrita la Confirmación, una de las Partes (Parte Cedente) decidiese ceder su posición contractual, se realizará lo siguiente: 1. El Participante originador del Contrato Específi co que ingresó los datos al Sistema remitirá a CAVALI una solicitud de registro de la cesión de posición contractual, que ha sido celebrada entre las Partes y el cesionario, siendo el Participante responsable de la validez de la información contenida en la solicitud. La solicitud debe contener la declaración del Participante indicando que ha verifi cado que el cesionario ha aceptado asumir todas las obligaciones contraídas por la Parte Cedente. El cesionario debe cumplir con los requisitos señalados en el presente Capítulo para la prestación del servicio, teniendo en cuenta si es Participante o no de CAVALI. 2. Una vez recibida la solicitud, CAVALI actualizará la información referida al Cesionario como nueva Parte del Contrato Específi co. A partir de la actualización de la información en el Sistema de CAVALI, el cesionario asume todos los derechos y obligaciones establecidos en el presente Capítulo, al sustituirse como Parte. Artículo 6.- Anticipo del Contrato Específi co Consiste en el adelanto de la fecha de vencimiento del Contrato Específi co, luego de que se ha llevado a cabo la suscripción de la Confi rmación, lo cual debe ser autorizado por el Usuario Supervisor del Participante que registró el Contrato Específi co y por el Usuario Supervisor de la Contraparte. El procedimiento para el Anticipo se encuentra establecido en la Disposición Vinculada N° 04. Artículo 7.- Derechos de las Partes Son derechos de las Partes que acceden al Servicio: a) Acceso en línea al Sistema de CAVALI, asignándoles con la debida reserva, las claves de seguridad para el ingreso. b) Capacitación por parte de CAVALI al personal designado por las Partes para el manejo del Sistema de CAVALI. c) Solicitar y acceder a la información del Registro Centralizado de Contratos para Operaciones con Derivados que hayan ingresado al Sistema, así como de los Contratos anotados en el Registro Contable, a través de los mecanismos de envío de información establecidos por CAVALI. Artículo 8.- Obligaciones y Responsabilidades de las Partes Son obligaciones y responsabilidades de las Partes: a) Mantener actualizada la información de los Contratos para operaciones con derivados anotados en el Registro Contable. b) Mantener actualizado y completar adecuadamente el Registro de Facultades de las personas autorizadas ante CAVALI para suscribir las Confi rmaciones de los Contratos Específi cos. c) Mantener actualizado el Formulario del Servicio, para acreditar a las personas que realizarán las funciones del Usuario Operador, Usuario Supervisor y Usuario Suscriptor. d) Mantener vigente el certifi cado de fi rma digital para la suscripción de las Confi rmaciones de los Contratos Específi cos. e) Ser responsable en el uso, custodia, seguridad, manejo y confi dencialidad de las claves de acceso asignadas por CAVALI para operar en el Sistema. f) Son responsables del registro, autorización, modifi cación, anulación y aceptación, de la información ingresada sobre los Contratos Específi cos, incluyendo los anticipos, así como de la suscripción de las Confi rmaciones. CAVALI no será responsable de los perjuicios que pudieran ocasionarse por los errores, omisiones o la falta de concurrencia de alguna de las Partes en las actividades antes señaladas. g) Cumplir con la retribución por la prestación del servicio establecida en el Capítulo XI De las Tarifas del presente Reglamento Interno. En adición a las obligaciones antes señaladas, la Parte que es Participante de CAVALI y que origine Contratos Específi cos de Forward deberá informar a CAVALI la codifi cación interna que usa para identifi car a sus contrapartes con las que realiza este tipo de contratos, y los cambios que se produzcan en dicha codifi cación. Asimismo, en los casos en que las contrapartes no cuenten con código RUT, el Participante deberá solicitar la creación de dicho código a CAVALI. 1367419-1