Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2016 (17/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Domingo 17 de abril de 2016

NORMAS LEGALES
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ RESOLUCIÓN Nº 4808-CU-2015 Huancayo, 18 de noviembre de 2015.

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INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Otorgan duplicados de diplomas de grado académico de bachiller y de título profesional de Economista de la Universidad Nacional del Centro del Perú
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ RESOLUCIÓN Nº 4807-CU-2015 Huancayo, 18 de noviembre de 2015. EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU Visto, el expediente Nº 035560 de fecha 30 de Octubre del 2015, por medio del cual doña MARGOT MARIELA RUIZ CRISOSTOMO, solicita Duplicado de Diploma de Grado Académico de Bachiller en Economía, por pérdida. CONSIDERANDO: Que, de conformidad a los Artículos 13º y 14º de la Constitución Política del Perú, la Educación es un deber y un derecho que todo ciudadano está inmerso; asimismo promueve el desarrollo del país; Que, de conformidad a la Ley Nº 28626, se faculta a las universidades públicas y privadas expedir duplicados de grados y títulos profesionales, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación, siempre que se cumpla las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada universidad; Que, con Resoluciones Nº 1503-2011-ANR y 12562013-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores, reglamenta la expedición de Duplicados de Diplomas de Grados Académico y Títulos Profesionales en cumplimiento a la Ley Nº 28626; Que, mediante la Resolución Nº 3205-CU-2014 del 10.09.2014, la Universidad Nacional del Centro del Perú, aprueba la "Directiva Nº 001-2014-SG para otorgar Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales por pérdida, deterioro o mutilación, expedidos por la Universidad"; Que, doña Margot Mariela Ruiz Crisostomo, solicita Duplicado de Diploma de Grado Académico de Bachiller, por pérdida; el Diploma de Grado Académico de Bachiller en Economía, fue expedido el 04.01.2011, Diploma registrado con el Nº 1477, registrado a Fojas 495 del Tomo 044-B, para el efecto, adjunta los documentos consignados en el item VI de la Directiva Nº 001-2014SG; y De conformidad al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 03 de Noviembre del 2015. RESUELVE: 1º OTORGAR EL DUPLICADO DE DIPLOMA DE GRADO ACADÉMICO DE BACHILLER EN ECONOMÍA, a doña MARGOT MARIELA RUIZ CRISOSTOMO, de acuerdo al siguiente detalle: Diploma registro Nº 1477, registrado a Fojas 495 del Tomo 044-B. 2º DAR CUENTA de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria. 3º ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a Secretaria General y Facultad de Agronomía. Regístrese y comuníquese. JESÚS EDUARDO POMACHAGUA PAUCAR Rector MAURO RODRÍGUEZ CERRÓN Secretario General 1368407-1

EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU Visto, el expediente Nº 035560 de fecha 30 de Octubre del 2015, por medio del cual doña MARGOT MARIELA RUIZ CRISOSTOMO, solicita Duplicado de Diploma de Título Profesional de Economista, por pérdida. CONSIDERANDO: Que, de conformidad a los Artículos 13º y 14º de la Constitución Política del Perú, la Educación es un deber y un derecho que todo ciudadano está inmerso; asimismo promueve el desarrollo del país; Que, de conformidad a la Ley Nº 28626, se faculta a las universidades públicas y privadas expedir duplicados de grados y títulos profesionales, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación, siempre que se cumpla las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada universidad; Que, con Resoluciones Nº 1503-2011-ANR y 1256-2013ANR, la Asamblea Nacional de Rectores, reglamenta la expedición de Duplicados de Diplomas de Grados Académico y Títulos Profesionales en cumplimiento a la Ley Nº 28626; Que, mediante la Resolución Nº 3205-CU-2014 del 10.09.2014, la Universidad Nacional del Centro del Perú, aprueba la "Directiva Nº 001-2014-SG para otorgar Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales por pérdida, deterioro o mutilación, expedidos por la Universidad"; Que, doña Margot Mariela Ruiz Crisostomo, solicita Duplicado de Diploma de Título Profesional, por pérdida; el Diploma de Título Profesional de Economista, fue expedido el 16.01.2014, Diploma registrado con el Nº 943, registrado a Fojas 204 del Tomo 038-T, para el efecto, adjunta los documentos consignados en el item VI de la Directiva Nº 001-2014-SG; y De conformidad al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 03 de Noviembre del 2015. RESUELVE: 1º OTORGAR EL DUPLICADO DE DIPLOMA DE TÍTULO PROFESIONAL DE ECONOMISTA, a doña MARGOT MARIELA RUIZ CRISOSTOMO, de acuerdo al siguiente detalle: Diploma registro Nº 943, registrado a Fojas 204 del Tomo 038-T. 2º DAR CUENTA de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria. 3º ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a Secretaria General y Facultad de Agronomía. Regístrese y comuníquese. JESÚS EDUARDO POMACHAGUA PAUCAR Rector MAURO RODRÍGUEZ CERRÓN Secretario General 1368407-2

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Declaran fundado en parte el recurso de apelación interpuesto por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social en contra de la Resolución N° 002-2016-JEE-LIMA OESTE 1/ JNE, que desaprobó el reporte posterior de publicidad estatal en razón de necesidad o utilidad pública presentados
RESOLUCIÓN Nº 0231-2016-JNE Expediente Nº J-2016-00139

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