Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2016 (17/04/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 44

583602

NORMAS LEGALES

Domingo 17 de abril de 2016 /

El Peruano

a los conductores y evitará que personas sentenciadas por delitos contra la libertad y el patrimonio puedan conducir vehículos de transporte público, esto con el fin del resguardo de los ciudadanos; propuesta ratificada por la Gerencia de Transporte, a través del Informe Nº 1152016-GT/MPH-H de fecha 23.03.2016. De otro lado, mediante Informe Legal Nº 254-2016GAJ/MPH de fecha 23.03.2016, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina favorable respecto a la aprobación del mencionado Proyecto de Ordenanza, ya que, la misma se enmarca dentro del marco legal vigente, asimismo, mediante Dictamen Nº 01-2016-COIVT/MPH la Comisión de Infraestructura Vial y Transporte del Concejo Municipal emite opinión favorable, respecto al Proyecto de Ordenanza en análisis. Estando a lo expuesto y conforme a las facultades conferidas en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, con el voto mayoritario de los señores miembros del Concejo Municipal, se aprobó la siguiente; ORDENANZA QUE APRUEBA LA EXONERACIÓN DE LA TASA POR DERECHO DE TRAMITACIÓN DE LA CREDENCIAL DEL CONDUCTOR DE VEHÍCULOS MENORES EN LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE HUACHO Artículo Primero.- MODIFICAR el artículo 27º de la Ordenanza Municipal Nº 028-2015-MPH, que aprueba el Reglamento del servicio de transporte público especial de pasajeros y carga en vehículos menores en la jurisdicción del Distrito de Huacho, en el extremo al pago por derecho de trámite de la credencial del conductor de vehículos menores, previsto en su numeral 8). Artículo Segundo.- En virtud de lo resuelto en el artículo precedente, EXONERAR de la tasa por derecho de trámite de la credencial del conductor de vehículos menores en la Jurisdicción del Distrito de Huacho, a aquellos administrados que tramiten por primera vez su credencial del conductor. Artículo Tercero.- FACULTESE al señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huaura, dictar normas complementarias y/o reglamentarias a la presente Ordenanza Municipal. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Transporte y Gerencia de Administración Tributaria el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Sub Gerencia de Logística, Servicios Generales y Control Patrimonial la publicación en el Diario Oficial El Peruano; a la Sub Gerencia de Relaciones Públicas e Imagen Institucional su debida difusión y a la Sub Gerencia de Tecnologías, Sistemas de Información y Estadística, la publicación íntegra de la misma en el portal de la entidad www.munihuacho.gob.pe y en el portal web del Estado www.peru.gob.pe POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. JORGE HUMBERTO BARBA MITRANI Alcalde Provincial 1368460-1

EL ALCALDE PROVISIONAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CERRO AZUL - CAÑETE VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 10 de marzo del 2016, el Informe Nº 022016/ASE-LEG.EXT-MDCA, sobre el proyecto del Reglamento de "Rendición de Cuentas en Audiencia Pública" de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, promoviendo la participación ciudadana en la información y el debate sobre la gestión de la Municipalidad de nuestro Distrito; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con el artículo II del título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración; Que, el artículo 31º de la Constitución Política del Perú, consagra el derecho y deber de los ciudadanos a participar activamente en la gestión municipal de su jurisdicción, de acuerdo a la normatividad sobre la materia; Que, la Ley Nº 26300, Ley de Participación y Control Ciudadano, establece las bases generales sobre las cuales se regula el derecho de participación ciudadana en todos los ámbitos de la Administración Pública. En concordancia con lo expresado, según el artículo 111º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972, los vecinos de una circunscripción municipal intervienen en forma individual o colectiva en la gestión administrativa y de gobierno municipal a través de mecanismos de participación vecinal y del ejercicio de derechos políticos, de conformidad con la Constitución y la respectiva ley de la materia; Por las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE "RENDICION DE CUENTAS EN AUDIENCIA PÚBLICA" DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL, PROVINCIA DE CAÑETE Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de "RENDICION DE CUENTAS EN AUDIENCIA PÚBLICA" de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, provincia de Cañete, que consta de VII Títulos, 18 Artículos y 03 Disposiciones Finales y forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- LA PRESENTE ORDENANZA entrará en vigencia a partir del día siguiente de su promulgación y publicación, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 44o de la Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Administración y las demás Unidades Administrativas de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, Provincia de Cañete, el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS A. SAAVEDRA AGUILAR Alcalde (p)

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL
Aprueban el Reglamento de "Rendición de Cuentas en Audiencia Pública" de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 003-2016-MDCA Cerro Azul, 11 de marzo del 2016

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.