Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2016 (17/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Domingo 17 de abril de 2016

NORMAS LEGALES

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Que, en el Artículo 2º de la Ley Nº 29768 - Ley de Mancomunidad Regional, señala que la Mancomunidad Regional es el acuerdo voluntario de dos o más gobiernos regionales que se unen para la prestación conjunta de servicios públicos, cofinanciamiento o inversión en la ejecución de obras, que promueven la integración, el desarrollo regional y la participación de la sociedad, coadyuvando al proceso de regionalización; y en su Artículo 3º, establece que la Mancomunidad Regional es una persona jurídica de derecho público y constituye pliego presupuestal; Que, el Artículo 10º del Reglamento de la Ley de Mancomunidad Regional, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 050-2013-PCM, establece el procedimiento para la constitución de las mancomunidades regionales, en el numeral 10.5 del Artículo 10º, señala que mediante Ordenanza Regional aprueba la constitución de la Mancomunidad Regional, ratificando el contenido del Acta de Constitución, su Estatuto y la designación del primer Presidente del Comité Ejecutivo y del primer Gerente General; asimismo, se establece que el Acta de Constitución y el Estatuto de la Mancomunidad Regional forman parte de la Ordenanza Regional que los ratifica; Que, mediante Informe Técnico Nº 001-2015-MRPCA, de fecha 13 de noviembre de 2015, elaborado por la Sub Gerencia de Cooperación Técnica y Planeamiento del Gobierno Regional de Junín y miembros del Equipo Técnico de la Mancomunidad, se declara la viabilidad para la constitución de la "Mancomunidad Regional Pacífico Centro Amazónica"; Que, en la sesión de fecha 13 de diciembre de 2015, los Gobernadores Regionales de: Huánuco, Huancavelica, Junín, Lima, Pasco y Ucayali, acordó la constitución de la "Mancomunidad Regional Pacífico Centro Amazónica"; asimismo, acordaron la aprobación de su Estatuto, elección del primer presidente del Comité Ejecutivo y la designación del primer Gerente General; Que, mediante Informe Nº 001-2015-M.I.V.-OCTI-GRGRU, de fecha 27 de enero de 2016, elaborado por el Equipo Técnico de la Mancomunidad Regional, sustenta el marco jurídico para el proceso ratificación de la constitución y elección de los consejeros regionales para conformar la Asamblea de la Mancomunidad Regional, de acuerdo a lo normado en el numeral 10.5 del Artículo 10º del Reglamento de la Ley Nº 29768 Ley de Mancomunidad aprobado mediante Decreto Supremo Nº 050-2013-PCM; Que, mediante Opinión Legal Nº 010-2016-GRU-GGRORAJ/WVM, de fecha 02 de febrero de 2016, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ucayali, opina que el Pleno del Consejo Regional proceda aprobar la constitución, estatuto, delegar competencias y funciones y ratificar la elección del Presidente del Comité Ejecutivo y del Gerente General de la Mancomunidad Regional Pacifico Centro Amazónica, conforme al Acta de Constitución; Que, contando con el Dictamen Nº 001-2016-GRUCR-CE, de fecha 07 de marzo de 2016, favorable de la Comisión Especial del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, dictamina procedente aprobar la constitución, estatuto, delegar competencias y funciones y ratificar la elección del Presidente del Comité Ejecutivo y del Gerente General de la Mancomunidad Regional Pacifico Centro Amazónica, conforme al Acta de Constitución; Que, de conformidad con lo establecido por la Constitución Política del Perú, Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 29768 - Ley de Mancomunidad Regional, Reglamento de la Ley Nº 29768, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0502013-PCM, el Informe Técnico Nº 001-2015-MRPCA, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 concordante con el Reglamento Interno del Consejo Regional, después del debate, aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR la constitución de la "Mancomunidad Regional Pacífico Centro Amazónica",

ratificando el contenido del Acta de constitución de fecha 13 de diciembre de 2015, suscrita por los señores gobernadores de los Gobiernos Regionales de Huánuco, Huancavelica, Junín, Lima, Pasco y Ucayali. Artículo Segundo.- APROBAR el Estatuto de la "Mancomunidad Regional Pacífico Centro Amazónica", ratificando su contenido y del Acta de Constitución, que como Anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- DELEGAR las competencias y funciones, conforme a lo señalado en el Artículo Noveno del Estatuto de la "Mancomunidad Regional Pacífico Centro Amazónica" Artículo Cuarto.- RATIFICAR la elección del Señor Ángel Dante Unchupaico Canchumani, en el cargo de Presidente del Comité Ejecutivo, y la designación del Señor Vides Alberto Ramírez Ruiz, en el cargo de Gerente General de la "Mancomunidad Regional Pacífico Centro Amazónica", de conformidad a los acuerdos señalados en el Acta de Constitución. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Oficina de Regional de Administración del Gobierno Regional de Ucayali, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, asimismo, el Acta de Constitución, el Estatuto de la "Mancomunidad Regional Pacífico Centro Amazónica", además en el diario encargado de las publicaciones judiciales en la capital de la Región, y a la Oficina de Sistemas para su difusión y publicación a través del portal en la página web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali, para su promulgación. Dado en la sala de Sesiones del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, a los ocho días del mes de marzo del año dos mil dieciséis. EDITH QUISPE SANCHEZ Consejera Delegada Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali a los catorce días del mes de marzo del año dos mil dieciséis. MANUEL GAMBINI RUPAY Gobernador Regional 1368464-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Proclaman al Alcalde y a la Lista de Regidores del Centro Poblado de Santa María de Huachipa para el período 2016 2020
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 136 Lima, 15 de abril de 2016 Visto el Dictamen Nº 039-2016-MML/CMAL de la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales de la Municipalidad Metropolitana de Lima;

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