Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2016 (17/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

Domingo 17 de abril de 2016 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR
Ordenanzas que regulan aspectos edificatorios en el distrito de Magdalena del Mar
ORDENANZA Nº 016-2016-MDMM Magdalena, 15 de abril del 2016 ORDENANZA QUE REGULA ASPECTOS EDIFICATORIOS EN EL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR EL ALCALDE DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 07 de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado en su artículo 194º, establece que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 3.2 del artículo 79 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece entre las funciones específicas exclusivas que ejercen las Municipalidades distritales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, se encuentran el normar, regular las construcciones y autorizar derechos y licencias; Que, el Regidor Javier Olazábal Raya, mediante pedido solicita que teniendo en cuenta los criterios de colindancia establecidos en la Ordenanza Nº 950-MML, se precise que los mismos son aplicables teniendo en cuenta tanto las edificaciones existentes como aquellos proyectos edificatorios con Anteproyecto o Licencia de Edificación aprobados, toda vez que de dicha manera se implementará una medida dinámica para el desarrollo urbano en el distrito sin contradecir el fin de la norma mencionada; Estando al uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, aprobó por MAYORÍA, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- PRECISAR que en el distrito de Magdalena del Mar, a efectos de aplicar los criterios de colindancia establecidos en el literal B.9) del Anexo Nº 04 del artículo 4º de la Ordenanza Nº 950-MML, mediante la cual se Aprueban Reajuste Integral de Zonificación de Usos del Suelo del distrito de San Isidro y un sector del distrito de Magdalena del Mar, que son parte del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana, la referencia contenida en la citada norma respecto a "edificación(es) existente(s)" se aplicarán también a aquellos supuestos en los que el lote colindante cuente con Anteproyecto o Licencia de Edificación aprobada, a efectos de calcular la altura correspondiente. En tal sentido, el solicitante deberá, al momento de presentar su proyecto, sustentar el criterio de colindancia aplicable a su caso conforme a lo regulado en el presente dispositivo. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras, a la Subgerencia de Planeamiento Urbano, Obras Privadas y Catastro y demás órganos municipales competentes. Artículo Tercero.- DÉJESE SIN EFECTO toda norma que se oponga a la presente disposición. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 1368537-1 ORDENANZA Nº 017-2016-MDMM Magdalena, 15 de abril del 2016 ORDENANZA QUE REGULAN ASPECTOS EDIFICATORIOS EN EL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR EL ALCALDE DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 07 de la fecha; y, VISTOS: El Informe Nº 280-2016-SGPUOPC-GDUO-MDMM de fecha 12 de abril del 2016, emitido por la Subgerencia de Planeamiento Urbano, Obras Privadas y Catastro; el Memorando Nº 147-2016-GDUO-MDMM de fecha 12 de abril del 2016, emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras; el Informe Nº 223-2016-GAJ-MDMM de fecha 13 de abril del 2016, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado en sus artículos 194º, establece que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 3.2 del Artículo 79 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece entre las funciones específicas exclusivas que ejercen las Municipalidades distritales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, se encuentran el normar, regular las construcciones y autorizar derechos y licencias; Que, mediante Informe Nº 280-2016-SGPUOPCGDUO-MDMM, la Subgerencia de Planeamiento Urbano, Obras Privadas y Catastro pone en conocimiento el Oficio Nº 2368-2015-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU y el Oficio Nº 704-2016-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU, en los que se señala que si es procedente aplicar la equivalencia de los pisos a metros, primando este último, siempre y cuando se cumplan con las demás condiciones establecidas en el Certificado de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios, además se tomará en consideración lo señalado en el Reglamento Nacional de Edificaciones - Norma G.040Definiciones y teniendo como fundamento el Informe Nº 002-2015-VIVIENDA-VMVU-DGPRVU-DV-JJLL y el Informe Nº 008-2016-VIVIENDA-VMVU-DGPRVU-DVJJLL, emitido por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, órgano rector para diseñar, normar y ejecutar la política nacional en materia de vivienda; Que, la propuesta presentada cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras y la Gerencia de Asesoría Jurídica. Estando al uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9 de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- ESTABLECER que en el distrito de Magdalena del Mar, a efectos de determinar la altura máxima de los proyectos de edificación, se tomará en cuenta tanto el número de pisos como la altura de los mismos en metros, primando esta última sobre la primera; conforme a lo establecido en el Reglamento Nacional de Edificaciones - Norma G.040-Definiciones.

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