Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2016 (26/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

Viernes 26 de agosto de 2016 /

El Peruano

sectorial como mecanismo para destinar recursos y atender con calidad a las escuelas más aisladas. Ello implica incrementar el presupuesto y distribuirlo con criterios de equidad. 35. Diseñar y aplicar evaluaciones a los estudiantes de pueblos indígenas de acuerdo a sus contextos lingüísticos y que tengan en cuenta no solo una o dos áreas curriculares sino el mayor número de características del perfil del estudiante de EIB establecido en la Propuesta pedagógica. Asimismo, ampliar las evaluaciones a estudiantes de las escuelas EIB que aún no están implementando el enfoque EIB, a fin de obtener información sobre su realidad y necesidades educativas. 36. Transversalizar el enfoque de género en las medidas de política educativa nacional, regional y local que promueva plenamente el derecho a una educación de calidad libre de discriminación de género y de violencia, para todas las niñas, niños y adolescentes, y en particular para las pertenecientes a pueblos indígenas. Esto implica recoger información de la situación específica de las niñas, niños y adolescentes a nivel nacional, regional, local y por pueblo indígena, de modo que se establezcan e implementen políticas, metas, indicadores de género que permitan superar las brechas de equidad y las formas de discriminación que afectan mayormente a las niñas y adolescentes indígenas. 37. Asegurar que las políticas educativas con enfoque de género enfaticen la garantía de la conclusión oportuna de la primaria y secundaria, el cese de la violencia de género en las escuelas, su inclusión en los procesos de formación docente, en el currículo, los materiales y recursos pedagógicos, en la evaluación y la cultura escolar así como en la gestión educativa Artículo Cuarto.- RECOMENDAR a los gobiernos regionales: 1. Evaluar la pertinencia y eficacia del actual modelo de gestión educativa regional y local así como la necesidad de reestructurarlos bajo un enfoque territorial y con criterios de coordinación intersectorial a fin de garantizar la atención a la diversidad, implementación efectiva de la Política de EIB y un mejor monitoreo y asesoría a los docentes de las escuelas EIB, especialmente de aquellas que se ubican en zonas de difícil acceso. 2. Diagnosticar y establecer metas regionales y locales respecto a la implementación de la EIB que permitan orientar, diseñar, implementar y evaluar las acciones dirigidas a reducir las brechas educativas que afectan a la población originaria en todos los niveles y modalidades educativas. 3. Garantizar la participación de los representantes de pueblos indígenas de la región en los Consejos Participativos Regionales (COPARE), en los Consejos Participativos Locales de Educación (COPALE) y en otros mecanismos que garanticen la participación y vigilancia de los pueblos originarios sobre la implementación de la EIB en ámbitos regionales y locales. 4. Apoyar el desarrollo y fortalecimiento de las redes de instituciones educativas de Educación Intercultural Bilingüe, a fin de mejorar las capacidades didácticas, pedagógicas, lingüísticas e interculturales de los docentes que laboran en escuelas EIB. 5. Elaborar y / o actualizar los diseños curriculares regionales que tomen en cuenta el enfoque intercultural y bilingüe y se articulen con el Currículo Nacional de la Educación Básica. 6. Seleccionar adecuadamente, en el marco de la implementación regional de la política de EIB, a los profesionales que conforman los equipos regionales de formadores y acompañantes pedagógicos que tienen a su cargo los programas de formación y capacitación docente en educación intercultural bilingüe. 7. Mejorar el diseño y calidad de los programas de capacitación docente organizados por las direcciones regionales de educación y las unidades de gestión educativa local, previa identificación y priorización de las necesidades de capacitación docente. 8. Diseñar y desarrollar planes regionales de formación docente continua de alta calidad dirigida a docentes

formadores de programas de formación inicial, en servicio y acompañamiento pedagógico. 9. Diagnosticar y desarrollar acciones dirigidas a fortalecer a los IESP que ofertan la carrera de EIB, dotándolos de los recursos materiales, financieros y humanos que requieran para su gestión. 10. Identificar adecuadamente en la etapa de convocatoria de los procesos de contratación o reasignación docente las plazas vacantes que pertenecen a las instituciones educativas de EIB, precisando la lengua originaria y el modelo de servicio de EIB, y garantizando que la publicación de la convocatoria y de las plazas se realice en los medios más idóneos con el propósito de lograr una mayor difusión y alcance entre los pueblos indígenas de la zona. 11. Garantizar la adecuada conformación de los comités de contratación y reasignación docente a fin de que los docentes seleccionados acrediten contar con título profesional en EIB, dominio de la lengua originaria y el castellano, así como conocimiento de la cultura local. Verificar que este proceso se realice para todas las lenguas originarias bajo las que se registren instituciones educativas de EIB 12. Designar en el cargo de especialista de EIB a docentes que hayan acreditado tener título profesional y formación en EIB, dominio del idioma originario y conocimiento de la cultura indígena de la región o localidad y facilitar los recursos económicos y logísticos que permita incrementar la frecuencia de visitas de monitoreo y asesoría a las escuelas EIB. 13. Diseñar y desarrollar estrategias de formación que permitan contar con el personal ­directivos y especialistas pedagógicos- idóneo para la gestión de la EIB, de acuerdo al modelo de gestión establecido en base a las características de la población originaria tales como la cantidad de instituciones educativas registradas como EIB, cantidad de lenguas originarias y la situación de las mismas, entre otras. 14. Asegurar el fortalecimiento de capacidades de funcionarios de las instancias descentralizadas de educación para promover y fortalecer la gestión participativa y vigilancia de una educación pertinente y de calidad. 15. Crear las Comisiones Regionales de Elaboración de Materiales y destinar presupuesto para la elaboración de materiales educativos para la EIB según las necesidades de cada uno de sus territorios, priorizando aquellas lenguas que no han sido atendidas. Asimismo, vigilar y garantizar la distribución oportuna de ellos a todas las instituciones educativas de EIB y desarrollar programas de formación con asistencia de la DIGEIBIRA a fin de asegurar su adecuado uso. 16. Diseñar y aprobar políticas regionales de lenguas originarias, tradición oral e interculturalidad y desarrollen acciones que permitan revalorar el uso de las lenguas originarias en las instancias públicas regionales y locales, y desarrollar acciones de revitalización de las lenguas en peligro o serio peligro de desaparecer, en coordinación con el Ministerio de Cultura y el Ministerio de Educación. Artículo Quinto.- RECOMENDAR a los gobiernos locales: 1. Diseñar, ejecutar y evaluar el proyecto educativo de su jurisdicción, en coordinación con la DRE y las UGEL, según corresponda, contribuyendo en la política educativa regional y nacional con un enfoque y acción intersectorial. 2. Promover la diversificación curricular, incorporando contenidos significativos de su realidad sociocultural, económica, productiva y ecológica. 3. Construir, equipar y mantener la infraestructura de los locales educativos de su jurisdicción de acuerdo al Plan de Desarrollo Regional concertado y al presupuesto que se le asigne. 4. Impulsar y organizar el Consejo Participativo Local de Educación, a fin de generar acuerdos concertados y promover la vigilancia y el control ciudadanos 5. Asegurar la provisión de recursos económicos para garantizar la implementación adecuada de la Política Sectorial de Educación Intercultural y Educación Intercultural Bilingüe en sus respectivos territorios.

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