Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2016 (28/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Miércoles 28 de diciembre de 2016 /

El Peruano

de Huánuco; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. RAMIRO DE VALDIVIA CANO Presidente 1467636-5

Primero. Que el señor Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huánuco solicita a este Órgano de Gobierno la prórroga de un órgano jurisdiccional penal transitorio de la referida sede judicial, con la finalidad de continuar con la adecuada implementación del Código Procesal Penal, sustentada en razones de carga procesal y total de audiencias realizadas. Segundo. Que el señor Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal remite a este Órgano de Gobierno el Informe N° 091-2016-MYE,-ST-ETI-CPP/ PJ, elaborado por el señor encargado del Componente de Monitoreo y Evaluación del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal; y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva; deviene en necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Tercero. Que, los numerales 24), 25) y 26) del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear órganos jurisdiccionales, aprobar la modificación de sus ámbitos de competencia territorial; asimismo, adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1036-2016 de la cuadragésima sétima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Ruidías Farfán, y Álvarez Díaz; sin la intervención de la señora Consejera Vera Meléndez por encontrarse de vacaciones, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82°, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar, a partir del 1° de enero de 2017, el funcionamiento del siguiente órgano jurisdiccional: HASTA EL 30 DE ABRIL DE 2017 Distrito Judicial de Huánuco - Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de la provincia de Huánuco. Artículo Segundo.- Oficiar a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huánuco para que disponga la actualización de la información registrada en el FEE2016, y se realice un monitoreo constante de la información que se registra; a su vez cumplir con la remisión de los informes de acuerdo a la directiva establecida para prórrogas y conversiones, siendo importante que dicha información sea enviada en la fecha establecida a fin de evitar distorsiones en la información brindada al Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal. Artículo Tercero.- Facultar al señor Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huánuco; así como a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución e implementación del Código Procesal Penal. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio Público, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Corte Superior de Justicia

Modifican denominación de órgano jurisdiccional por la de Juzgado Penal Unipersonal de Nazca, Distrito Judicial de Ica
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 332-2016-CE-PJ Lima, 14 de diciembre de 2016 VISTOS: El Oficio N° 495-2016-ETI-CPP/PJ, cursado por el señor Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal; y Oficio N° 2359-2016-P-CSJI/PJ, remitido por el señor Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ica. CONSIDERANDO: Primero. Que el señor Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ica mediante Oficio N° 2359-2016-P-CSJI/ PJ, solicita que se modifique la denominación del 1° Juzgado Penal Unipersonal de Nazca, como Juzgado Penal Unipersonal de Nazca, considerando que es el único órgano jurisdiccional en la referida especialidad. Segundo. Que, al respecto, el señor Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal remite a este Órgano de Gobierno el Informe N° 110-2016-NOR-STETI-CPP/PJ, elaborado por el Componente Normativo de la Secretaría Técnica del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, el cual concluye en la factibilidad de la propuesta presentada. Tercero. Que, en tal sentido, al haberse dispuesto la conversión y reubicación de uno de los dos Juzgados Penales Unipersonal de Nazca, por disposición de la Resolución Administrativa N° 099-2015-CE-PJ, corresponde dictar la medida correspondiente. Cuarto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 10372016 de la cuadragésima sétima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Ruidías Farfán, y Álvarez Díaz; sin la intervención de la señora Consejera Vera Meléndez por encontrarse de vacaciones, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82°, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modificar la denominación del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Nazca, Distrito Judicial de Ica, en Juzgado Penal Unipersonal de la referida provincia y Corte Superior. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio Público, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ica, Oficina de Productividad Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. RAMIRO DE VALDIVIA CANO Presidente 1467636-6

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