Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2016 (28/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Miércoles 28 de diciembre de 2016 /

El Peruano

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por Ley N° 27680, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local con autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ley Nº 29664, publicada el 19 de Febrero de 2011, se creó el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), como sistema Institucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad de identificar y reducir los riegos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, y la preparación y atención ante situaciones de emergencia y desastres, mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, por su parte, el numeral 19.1 del artículo 19° del Reglamento de la Ley del SINAGERD, aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, señala que las Plataformas de Defensa Civil son espacios permanentes de participación, coordinación, convergencia de esfuerzos e integración de propuestas, que se constituyen en elementos de apoyo para la preparación, respuesta y rehabilitación; funcionan en los ámbitos jurisdiccional regionales y locales; la participación de las organizaciones sociales, las organizaciones humanitarias vinculadas a la gestión del riesgo de desastres, apoyan y participan en las Plataformas de Defensa Civil; así como, el Presidente del Gobierno Regional y el Alcalde respectivamente, constituyen, presiden y convocan las Plataformas; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 1802013-PCM publicada el 11 de Julio de 2013, que aprobó los "Lineamientos para la Organización, Constitución y Funcionamiento de las Plataformas de Defensa Civil"; establece en su numeral 6.1.3 que la Plataforma de Defensa Civil de la Municipalidad Distrital (PDCD) está conformada por el Alcalde quien la constituye, preside y convoca; la Secretaría Técnica que es asumida por el Jefe de Defensa Civil; representantes de las entidades públicas y privadas, organizaciones sociales debidamente reconocidas y humanitarias, organismos no gubernamentales, voluntariado y entidades de primera respuesta vinculadas a la gestión reactiva y gestión del riesgo de desastres; Que, en atención a ello, mediante Resolución de Alcaldía N° 262 de fecha 28 de mayo del 2015 se aprobó la Conformación de la Plataforma de Defensa Civil del distrito de San Isidro; Que, al respecto, la Subgerencia de Gestión de Riesgo de Desastres y Defensa Civil, mediante Informe N° 204-2016-14.3.0-SGRDDC/GSCGRD/MSI de fecha 30 de noviembre de 2016, y contando con la opinión favorable de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastres a través del Informe N° 279-2016-14.0.0-GSCGRD/MSI de fecha 05 de diciembre del 2016; puso en conocimiento que en la Cuarta Sesión de la Plataforma de Defensa Civil llevada a cabo el 26 de agosto del 2016, se aprobó la nueva conformación de la Plataforma de Defensa Civil del distrito de San Isidro y el Reglamento Interno para la Organización, Constitución y Funcionamiento de la Plataforma de Defensa Civil del distrito de San Isidro, los cuales siguen los lineamientos establecidos en la Resolución Ministerial Nº 180-2013PCM. Que, en tal sentido, corresponde aprobar la nueva Conformación de la Plataforma de Defensa Civil del distrito de San Isidro y el Reglamento Interno para la Organización, Constitución y Funcionamiento de la Plataforma de Defensa Civil del distrito de San Isidro; Que, estando a lo opinado por la Subgerencia de Gestión de Riesgo de Desastres y Defensa Civil mediante Informe N° 204-2016-14.3.0-SGRDDC/ GSCGRD/MSI, la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastres mediante Informe N° 279-2016-14.0.0-GSCGRD/MSI y la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el Informe N° 0639-20160400-GAJ/MSI;

En uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR la Conformación de la Plataforma de Defensa Civil del distrito de San Isidro, la misma que estará constituida de la siguiente manera: PRESIDENTE: - Alcalde de la Municipalidad de San Isidro. SECRETARIO TÉCNICO: - Subgerente de Gestión de Riesgo de Desastres y Defensa Civil. Representantes - El Gerente Municipal. - El Gerente de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastres. - El Representante de la Gerencia de Desarrollo Distrital. - El Gobernador del Distrito de San Isidro. - Representante de la Unidad de Gestión Educativas (UGEL N° 03). - Representante de la Fiscalía de San Isidro. - Representante de la Defensoría del Pueblo. - Jefe Comisario PNP ­ Orrantia. - Jefe Comisario PNP ­ San Isidro. - Representante del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. - Jefe de la Compañía de Bomberos San Isidro N° 100 - Jefe del Centro de Salud de San Isidro. - Representante del Centro de Atención Primaria San Isidro ESSALUD. - Representante de las Clínicas del Distrito. - Representante de SEDAPAL. - Representante de LUZ DEL SUR. - Representante de EDELNOR. - Representante de la Empresa Cálidda. Representante de las Empresas de Telecomunicaciones. - Representante de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas ­ CONFIEP. - Representante del Colegio de Ingenieros del Perú. - Representante de las Juntas Vecinales por cada sector. - Representante de los Brigadistas Voluntarios de Defensa Civil por cada sector. - Representante de las Organizaciones Religiosas del Distrito. - Representante del Programa del Vaso de Leche. - Representante de Lima Golf Club. - Representante de las Playas de Estacionamiento. Artículo Segundo.- APROBAR el Reglamento Interno para la Organización, Constitución y Funcionamiento de la Plataforma de Defensa Civil del distrito de San Isidro, siendo de cumplimiento obligatorio para todos los Miembros de la Plataforma de Defensa Civil, contenidos en el Anexo adjunto, que forma parte integrante de la presente Resolución de Alcaldía. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Alcaldía N° 262 del 28 de mayo de 2015 que aprobó la Conformación de la Plataforma de Defensa Civil del Distrito de San Isidro. Articulo Cuarto.- PONER EN CONOCIMIENTO la presente resolución a los integrantes de la Plataforma de Defensa Civil del Distrito de San Isidro detallados en el artículo primero y al Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, conforme a Ley. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastres y a la Subgerencia de Gestión de Riesgo de Desastres y Defensa Civil, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución; a la Secretaría General su publicación en el Diario Oficial El Peruano; y, a la Oficina de Comunicaciones e Imagen, su publicación tanto en el

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