Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2016 (28/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

Miércoles 28 de diciembre de 2016 /

El Peruano

responsabilidad política, administrativa, civil y penal que la ley determine en cada caso"; Que, con el Memorando Nº 226-2015/GRP-480000 de fecha 24 de febrero de 2015, la Oficina Regional de Administración ratifica las conclusiones sobre inconsistencias y necesidad de concluir el trámite de actualización del Cuadro para Asignación de PersonalCAP con un equipo de trabajo con personal de la Oficina de Recursos Humanos y la Sub Gerencia Regional de Desarrollo Institucional, así como del respectivo informe legal de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica; Que, con la finalidad de tener los documentos de gestión actualizados y concordados de acuerdo a la normativa vigente; y con el propósito de cumplir con los mandatos judiciales de reincorporación a favor de los beneficiarios de la Ley Nº 27803- "Ley que Implementa las Recomendaciones Derivadas de las Comisiones Creadas por las Leyes Nº 27452 y 27586 Encargadas de Revisar los Ceses Colectivos Efectuados en las Empresas del Estado Sujetas a Procesos de Promoción de la Inversión Privada y en las Entidades del Sector Público y Gobiernos Locales"; entre otros casos incorporación y reordenamiento; se conformo un equipo de trabajo conformado por Representantes de la Oficina de Recursos Humanos y la Sub Gerencia Regional de Desarrollo Institucional, para revisar y concordar los Documentos de Gestión de esta Sede Regional. Del resultado de dichas reuniones, se suscribió el acta de acuerdos que consta de diecinueve (19) folios útiles, denominada: "Acta de Conciliación del Cuadro para Asignación de PersonalCAP y, del Presupuesto Analítico de Personal-PAP de la Sede Central del Gobierno Regional Piura"; Que, el acta mencionada en el párrafo anterior, que se adjunta en anexo aparte, es producto de análisis que se ha realizado a cada uno de los casos de los servidores que cuenta con la respectiva resolución de reincorporación, indicándose la unidad orgánica, así como el cargo a ocupar respectivamente dentro de la estructura orgánica del Gobierno Regional Piura. Asimismo, al haberse producido reincorporaciones de personal mediante los dispositivos legales pertinentes, los mismo que han sido analizados, tal como se indica en la respectiva Acta de Conciliación, esto ha hecho que se produzca modificaciones en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional-CAP P vigente, aprobado con Ordenanza Regional Nº 318-2015/GRPCR publicada en el Diario Oficial "El Peruano", con fecha 25 de junio de 2015, el mismo que de acuerdo a la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH denominada. "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE" aprobada con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR/PE, en el Anexo 4, sobre el CAP Provisional, en el numeral 5.Sobre Reordenamiento de Cargos, podemos considerar esta acción tal como lo indica la acotada Directiva como un reordenamiento de Cargos, el mismo que debe ser aprobada mediante una resolución Ejecutiva Regional; Que, respecto a lo indicado en el numeral 13 del Informe Nº 019-2016/GRP-410300, de fecha 19 de febrero de 2016, que el Anexo 4-D denominado: "Contratos Sujetos a Modalidad", el mismo que se indica en la Resolución de Presidencia Nº 304-2015-SERVIR/PE publicada en el Diario Oficial El Peruano el 13 de noviembre de 2015, que aprobó la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH denominada "Normas para la Gestión del proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE, será formulado y adjuntado a la propuesta de cuadro para Asignación de Personal Provisional, por la Oficina de Recursos Humanos. Al respecto, es necesario mencionar que Contratos de Trabajo Sujetos a Modalidad, se sujetan a lo establecido por el Artículo 53º del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728- "Ley de Productividad y Competitividad Laboral (LPCL)" y, actualmente en esta Sede Regional no existen trabajadores que laboren bajo el Decreto Legislativo Nº 728; Con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica; Oficina Regional de Administración; Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y

Acondicionamiento Territorial; Gerencia General Regional; y, Secretaría General; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el reordenamiento de cargos contenido en el Cuadro para Asignación de Personal- CAP de la Sede Central del Gobierno Regional Piura, aprobado por la Ordenanza Regional Nº 318-2015/ GRP-CR, publicada en el Diario Oficial "El Peruano", con fecha 25 de junio de 2015, que como anexo forma parte de la presente Resolución Ejecutiva Regional. Artículo Segundo.- PUBLICAR la presente Resolución Ejecutiva Regional en el Diario Oficial El Peruano. El anexo deberá ser publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Gobierno Regional Piura (www.regionpiura.gob.pe) , al día siguiente de publicada la presente resolución. Artículo Tercero.- AUTORIZAR, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, disponga a la Sub Gerencia Regional de Desarrollo Institucional, ejecute las acciones pertinentes de acuerdo a su competencia funcional, disponiendo además, las acciones correspondientes para los ajustes en los documentos de gestión pertinentes, vigentes a la fecha. Artículo Cuarto.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a la Dirección General de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, Oficina Regional de Control Institucional, Oficina de Recursos Humanos, interesados y demás estamentos administrativos del Gobierno Regional Piura. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. REYNALDO HILBCK GUZMAN Gobernador Regional 1467277-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Ratifican Ordenanza de la Municipalidad Distrital de Miraflores que aprueba el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de tributo y distribución a domicilio de la declaración jurada y liquidación del impuesto predial y arbitrios para el ejercicio 2017
ACUERDO DE CONCEJO Nº 433 Lima, 1 de diciembre de 2016 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 01 de diciembre del 2016, el Oficio Nº 001-090-00008439 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria de Lima-SAT, adjuntando el expediente de ratificación de la Ordenanza Nº 472/MM de la Municipalidad Distrital de Miraflores, que aprueba el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución a domicilio de la declaración jurada y liquidación del impuesto predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2017, en esa jurisdicción; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las

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