Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2016 (30/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 215

El Peruano / Viernes 30 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

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NÚMERO CÓDIGO PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS GERENCIA DE DESARROLLO HUMANO LICENCIA DE TENENCIA Y CIRCULACIÓN DE CANES NO 121 7.2.1 CONSIDERADOS POTENCIALMENTE PELIGROSOS LICENCIA DE TENENCIA Y CIRCULACIÓN DE CANES 122 7.2.2 CONSIDERADOS POTENCIALMENTE PELIGROSOS PROCEDIMIENTOS COMUNES 123 8.1.1 DESISTIMIENTO DE LA PRETENSIÓN O DEL PROCEDIMIENTO RECURSOS DE RECONSIDERACIÓN Y APELACIÓN DE ACTOS 124 8.1.2 IMPUGNABLES GERENCIA DE SOSTENIBILIDAD Subgerencia de Medio Ambiente REGISTRO Y AUTORIZACIÓN MUNICIPAL DE OPERADORES DE 125 9.1.1 RESIDUOS SÓLIDOS REGISTRO Y AUTORIZACIÓN MUNICIPAL DE ORGANIZACIONES 126 9.1.2 DE RECICLADORES PARA LA RECOLECCIÓN SELECTIVA Y COMERCIALIZACIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS

VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25 de octubre de 2016, el Memorándum N° 01647-2016-GM/ MDSJL de fecha 18 de octubre de 2016, de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 060-2016-GAT/MDSJL de fecha 14 de octubre de 2016 de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe N° 325-2016-SGRYOT-GAT/ MDSJL de fecha 14 de octubre de 2016, de la Sub Gerencia de Registro y Orientación Tributaria, y el Informe N° 623-2016-SGPP-GP/MDSJL de fecha 17 de octubre de 2016, de la Sub Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, sobre Proyecto de Ordenanza que prorroga la vigencia para el ejercicio 2017de la Ordenanza N° 303 y su modificatoria Ordenanza 305 que aprueba el costo por derecho de emisión mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales en el distrito de san Juan de Lurigancho, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2017 en el distrito de San Juan de Lurigancho; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 (en adelante la LOM), los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; le corresponde al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas, las mismas que tienen rango de ley, conforme al artículo 200° inciso 4) de la carta fundamental; Que, el artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, precisa que conforme a lo establecido por el numeral 4) del artículo 195º y artículo 74º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas y otorgan exoneraciones, dentro de los límites que fije la Ley; Que, la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado con Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y recibos de pago correspondiente, incluida su distribución a domicilio, un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 01 de enero de cada ejercicio; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 1533-MML,modificada por el artículo 1° de la Ordenanza 1833-MML se aprueba el procedimiento de ratificación de ordenanzas tributarias distritales en el ámbito de la Provincia de Lima, estableciéndose en su Sétima Disposición Final - periodicidad en la ratificación de ordenanzas del servicio municipal sobre emisión mecanizada de valores para el contribuyente- las Ordenanzas distritales que aprueben el servicio municipal sobre emisión mecanizada de valores para el contribuyente, deberán ser ratificadas anualmente. Sin perjuicio de lo anterior el Acuerdo de Concejo ratificatorio tendrá una vigencia máxima de dos (2) ejercicios fiscales adicionales, en la medida que no existan variaciones sustanciales en las condiciones que originaron la ratificación en cuyo caso la Municipalidad Distrital deberá comunicar al SAT su decisión de aplicar dicha aplicación del Acuerdo de Concejo ratificatorio para los citados ejercicios, mediante comunicación formal del Gerente Municipal, hasta el último día hábil del mes de diciembre. Transcurrido dicho periodo, las municipalidades deberán dar inicio al procedimiento de ratificación respectivo, conforme el plazo previsto para tal efecto; Que, para el ejercicio 2016, se emitió la Ordenanza N° 303, modificadapor la Ordenanza N° 305, mediante el cual se aprueba el costo por derecho de emisión mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del distrito de San Juan de Lurigancho -2016, norma que fue ratificada mediante Acuerdo de Concejo Metropolitano N° 366-2015-MML; Que, mediante Informe Nº 060-2016-GAT/ MDSJL de fecha 14 de octubre de 2016, la Gerencia de Administración Tributaria, sobre la base de la información remitida por la Sub Gerencia de

RELACIÓN DE SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD MODIFICADOS
NÚMERO CÓDIGO PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Subgerencia de Servicios al Contribuyente 1 S1.1.1 CONSTANCIA DE INAFECTACIÓN DEL IMPUESTO A LA ALCABALA 2 S1.1.2 CERTIFICACIÓN DE DECLARACIÓN TRIBUTARIA DE IMPUESTO PREDIAL GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Subgerencia de Control de Cumplimiento 3 S2.2.1 CONSTANCIA DE NO ADEUDO GERENCIA DE AUTORIZACIONES Y CONTROL URBANO Subgerencia de Licencias y Autorizaciones ­ Licencia de Funcionamiento 4 S4.3.1 CESE DE LA AUTORIZACIÓN DE COMERCIO EN LA VÍA PÚBLICA 5 S4.3.2 DUPLICADO DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO 6 S4.3.3 DUPLICADO DE AUTORIZACIÓN DE INSTALACIÓN DE ELEMENTO DE PUBLICIDAD EXTERIOR 7 S4.3.4 DUPLICADO DE AUTORIZACIÓN DE COMERCIO EN VÍA PÚBLICA GERENCIA DE AUTORIZACIONES Y CONTROL URBANO Subgerencia de Catastro 8 S4.4.1 EMISIÓN DE HOJA INFORMATIVA CATASTRAL URBANA 9 S4.4.2 CERTIFICADO DE JURISDICCIÓN SECRETARÍA GENERAL 10 11 12 13 S6.1.1 POSTERGACIÓN DE CEREMONIA Equipo Funcional de Gestión Documentaria y Archivo COPIAS SIMPLES DE DOCUMENTOS EXISTENTES EN EXPEDIENTE Y EN LOS ARCHIVOS MUNICIPALES S6.2.2 COPIAS CERTIFICADAS DE DOCUMENTOS EXISTENTES EN EXPEDIENTE Y EN LOS ARCHIVOS MUNICIPALES S6.2.3 LECTURA DE EXPEDIENTE U OTROS DOCUMENTOS EXISTENTES EN EL ARCHIVO DE LA MSI GERENCIA DE DESARROLLO HUMANO S7.2.1 S7.2.2 S7.2.3 S7.2.4 CARNÉ DE SANIDAD (PROCEDIMIENTO) DUPLICADO DE CARNÉ DE SANIDAD REGISTRO DE CANES DUPLICADO DE LICENCIA DE TENENCIA Y CIRCULACIÓN DE CANES NO CONSIDERADOS POTENCIALMENTE PELIGROSOS O CONSIDERADOS POTENCIALMENTE PELIGROSOS S6.2.1

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1468568-1

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
Prorrogan vigencia para el Ejercicio 2017 de la Ordenanza N° 303 modificada por la Ordenanza N° 305 que aprueba el costo por derecho de emisión mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales en el distrito
ORDENANZA Nº 339 San Juan de Lurigancho, 25 de octubre de 2016 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO

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