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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2016 (30/12/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 280

TEXTO PAGINA: 215

610673 NORMAS LEGALES Viernes 30 de diciembre de 2016 El Peruano / NÚMERO CÓDIGO PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS GERENCIA DE DESARROLLO HUMANO 121 7.2.1LICENCIA DE TENENCIA Y CIRCULACIÓN DE CANES NO CONSIDERADOS POTENCIALMENTE PELIGROSOS 122 7.2.2LICENCIA DE TENENCIA Y CIRCULACIÓN DE CANES CONSIDERADOS POTENCIALMENTE PELIGROSOS PROCEDIMIENTOS COMUNES 123 8.1.1 DESISTIMIENTO DE LA PRETENSIÓN O DEL PROCEDIMIENTO 124 8.1.2RECURSOS DE RECONSIDERACIÓN Y APELACIÓN DE ACTOS IMPUGNABLES GERENCIA DE SOSTENIBILIDAD Subgerencia de Medio Ambiente 125 9.1.1REGISTRO Y AUTORIZACIÓN MUNICIPAL DE OPERADORES DE RESIDUOS SÓLIDOS 126 9.1.2REGISTRO Y AUTORIZACIÓN MUNICIPAL DE ORGANIZACIONES DE RECICLADORES PARA LA RECOLECCIÓN SELECTIVA Y COMERCIALIZACIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS RELACIÓN DE SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD MODIFICADOS NÚMERO CÓDIGO PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Subgerencia de Servicios al Contribuyente 1 S1.1.1 CONSTANCIA DE INAFECTACIÓN DEL IMPUESTO A LA ALCABALA 2 S1.1.2 CERTIFICACIÓN DE DECLARACIÓN TRIBUTARIA DE IMPUESTO PREDIAL GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Subgerencia de Control de Cumplimiento 3 S2.2.1 CONSTANCIA DE NO ADEUDO GERENCIA DE AUTORIZACIONES Y CONTROL URBANO Subgerencia de Licencias y Autorizaciones – Licencia de Funcionamiento 4 S4.3.1 CESE DE LA AUTORIZACIÓN DE COMERCIO EN LA VÍA PÚBLICA 5 S4.3.2 DUPLICADO DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO6 S4.3.3 DUPLICADO DE AUTORIZACIÓN DE INSTALACIÓN DE ELEMENTO DE PUBLICIDAD EXTERIOR 7 S4.3.4 DUPLICADO DE AUTORIZACIÓN DE COMERCIO EN VÍA PÚBLICA GERENCIA DE AUTORIZACIONES Y CONTROL URBANO Subgerencia de Catastro 8 S4.4.1 EMISIÓN DE HOJA INFORMATIVA CATASTRAL URBANA 9 S4.4.2 CERTIFICADO DE JURISDICCIÓN SECRETARÍA GENERAL 10 S6.1.1 POSTERGACIÓN DE CEREMONIA Equipo Funcional de Gestión Documentaria y Archivo 11 S6.2.1 COPIAS SIMPLES DE DOCUMENTOS EXISTENTES EN EXPEDIENTE Y EN LOS ARCHIVOS MUNICIPALES 12 S6.2.2 COPIAS CERTIFICADAS DE DOCUMENTOS EXISTENTES EN EXPEDIENTE Y EN LOS ARCHIVOS MUNICIPALES 13 S6.2.3 LECTURA DE EXPEDIENTE U OTROS DOCUMENTOS EXISTENTES EN EL ARCHIVO DE LA MSI GERENCIA DE DESARROLLO HUMANO 14 S7.2.1 CARNÉ DE SANIDAD (PROCEDIMIENTO) 15 S7.2.2 DUPLICADO DE CARNÉ DE SANIDAD 16 S7.2.3 REGISTRO DE CANES 17 S7.2.4 DUPLICADO DE LICENCIA DE TENENCIA Y CIRCULACIÓN DE CANES NO CONSIDERADOS POTENCIALMENTE PELIGROSOS O CONSIDERADOS POTENCIALMENTE PELIGROSOS 1468568-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Prorrogan vigencia para el Ejercicio 2017 de la Ordenanza N° 303 modificada por la Ordenanza N° 305 que aprueba el costo por derecho de emisión mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales en el distrito ORDENANZA Nº 339 San Juan de Lurigancho, 25 de octubre de 2016EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHOVISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25 de octubre de 2016, el Memorándum N° 01647-2016-GM/MDSJL de fecha 18 de octubre de 2016, de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 060-2016-GAT/MDSJL de fecha 14 de octubre de 2016 de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe N° 325-2016-SGRYOT-GAT/MDSJL de fecha 14 de octubre de 2016, de la Sub Gerencia de Registro y Orientación Tributaria, y el Informe N° 623-2016-SGPP-GP/MDSJL de fecha 17 de octubre de 2016, de la Sub Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, sobre Proyecto de Ordenanza que prorroga la vigencia para el ejercicio 2017de la Ordenanza N° 303 y su modi fi catoria Ordenanza 305 que aprueba el costo por derecho de emisión mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales en el distrito de san Juan de Lurigancho, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2017 en el distrito de San Juan de Lurigancho; y, CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 (en adelante la LOM), los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; le corresponde al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas, las mismas que tienen rango de ley, conforme al artículo 200° inciso 4) de la carta fundamental; Que, el artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, precisa que conforme a lo establecido por el numeral 4) del artículo 195º y artículo 74º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades crean, modi fi can y suprimen contribuciones o tasas y otorgan exoneraciones, dentro de los límites que fi je la Ley; Que, la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado con Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y recibos de pago correspondiente, incluida su distribución a domicilio, un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 01 de enero de cada ejercicio; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 1533-MML,modi fi cada por el artículo 1° de la Ordenanza 1833-MML se aprueba el procedimiento de rati fi cación de ordenanzas tributarias distritales en el ámbito de la Provincia de Lima, estableciéndose en su Sétima Disposición Final - periodicidad en la rati fi cación de ordenanzas del servicio municipal sobre emisión mecanizada de valores para el contribuyente- las Ordenanzas distritales que aprueben el servicio municipal sobre emisión mecanizada de valores para el contribuyente, deberán ser rati fi cadas anualmente. Sin perjuicio de lo anterior el Acuerdo de Concejo rati fi catorio tendrá una vigencia máxima de dos (2) ejercicios fi scales adicionales, en la medida que no existan variaciones sustanciales en las condiciones que originaron la rati fi cación en cuyo caso la Municipalidad Distrital deberá comunicar al SAT su decisión de aplicar dicha aplicación del Acuerdo de Concejo rati fi catorio para los citados ejercicios, mediante comunicación formal del Gerente Municipal, hasta el último día hábil del mes de diciembre. Transcurrido dicho periodo, las municipalidades deberán dar inicio al procedimiento de ratifi cación respectivo, conforme el plazo previsto para tal efecto; Que, para el ejercicio 2016, se emitió la Ordenanza N° 303, modi fi cadapor la Ordenanza N° 305, mediante el cual se aprueba el costo por derecho de emisión mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del distrito de San Juan de Lurigancho -2016, norma que fue rati fi cada mediante Acuerdo de Concejo Metropolitano N° 366-2015-MML; Que, mediante Informe Nº 060-2016-GAT/ MDSJL de fecha 14 de octubre de 2016, la Gerencia de Administración Tributaria, sobre la base de la información remitida por la Sub Gerencia de