Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2016 (30/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 225

El Peruano / Viernes 30 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

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Visto; el Memorándum N° 2425-2016-GM-MDSJM, de fecha 21 de diciembre del 2016, de la Gerencia Municipal, mediante el cual eleva proyecto de Decreto de Alcaldía para el cumplimiento de la Meta N° 24 del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2016; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe N° 111-2016-GDEMDSJM, la Gerencia de Desarrollo Económico remite el Proyecto de Decreto de Alcaldía, con los procedimientos actualizados a ser incluidos en el Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos de la municipalidad de San Juan de Miraflores, modificado y adecuado al TUPA Modelo propuesto por la Resolución Ministerial N° 088-2015-PCM, que aprueba los procedimientos administrativos de Licencia de Funcionamiento e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones para las municipalidades distritales, a la Ley Marco de Licencias de Funcionamiento N° 28976, y la adecuación al Decreto Legislativo N° 1246, que aprueba diversas medidas de simplificación y al Decreto Legislativo N° 1256, que aprueba la Ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas, emitiendo opinión técnica viable; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto mediante el Memorándum N° 1510-2016-GPP/ MDSJM, remite el Proyecto de Decreto de Alcaldía que aprueba la Actualización, Modificación y Adecuación de procedimientos administrativos establecidos en la Resolución Ministerial N° 088-2015-PCM, que Aprueba el TUPA Modelo de los Procedimientos Administrativos de Licencia de Funcionamiento e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones para las Municipalidades Provinciales y Distritales, el Decreto Supremo N° 058-2014-PCM, que Aprueba el Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, la Ley N° 28976 ­ Ley Marco de Licencia de Funcionamiento; y la Adecuación al Decreto Legislativo N° 1246, que Aprueba Diversas Medidas de Simplificación Administrativa y al Decreto Legislativo N° 1256, que Aprueba la Ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas, al Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA, de la Municipalidad distrital de San Juan de Miraflores. Asimismo, informa que, en el caso de simplificar procedimientos y requisitos, las modificaciones al mencionado instrumento (TUPA) se realizan mediante Decreto de Alcaldía, debiéndose tener en cuenta lo señalado en la Ley N° 28996, Ley de Eliminación de Sobrecostos, Trabas y Restricciones a la Inversión Privada; indicando además, que dichas modificaciones al TUPA se han formulado en relación a las disposiciones emitidas por el Consejo Nacional de Competitividad y los Técnicos de las Gerencias y Subgerencias responsables del cumplimiento de la meta; emitiendo opinión favorable del proyecto en mención, para continuar con el proceso de aprobación para el cumplimiento de la meta; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe Legal N° 811-2016-MDSJM/GAJ, concluye en el sentido que, de acuerdo a las normas citadas y al informe técnico emitido por la unidad orgánica especializada, opina por la procedencia de la actualización del TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES, aprobado mediante la Ordenanza N° 00068-2008-MDSJM, y ratificado mediante Acuerdo de Concejo N° 471, de fecha 20 de octubre del 2008, de la Municipalidad Metropolitana de Lima; el mismo que es requerimiento indispensable para el cumplimiento de la Meta N° 24 "EXIGIR LOS REQUISITOS CONTEMPLADOS EN LA LEY N° 28976, LEY MARCO DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO, EMITIR LA LICENCIA EN LOS PLAZOS CONSIGNADOS EN EL INSTRUCTIVO Y PUBLICAR EN EL PORTAL WEB INSTITUCIONAL LA INFORMACIÓN VINCULADA CON EL PROCEDIMIENTO", de acuerdo a la propuesta de las unidades orgánicas especializadas, que cuenta con opinión favorable de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. Asimismo, recomienda remitir los actuados a la Secretaría General, a fin de que gestione la emisión del Decreto de Alcaldía, que aprueba la Actualización, Modificación y Adecuación de Procedimientos

Administrativos establecidos en la Resolución Ministerial N° 088-2015-PCM, que aprueba el TUPA Modelo de los Procedimientos Administrativos de Licencia de Funcionamiento e Inspecciones Técnicas de Seguridad en edificaciones para las municipalidades provinciales y distritales, el Decreto Supremo N° 058-2014-PCM, que aprueba el Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, la Ley N° 28976 ­ Ley Marco de Licencia de Funcionamiento; y la Adecuación al Decreto Legislativo N° 1246 ­ que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa y al Decreto Legislativo N° 1256 ­ que Aprueba la Ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas, al Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA de la Municipalidad distrital de San Juan de Miraflores, de acuerdo al numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú modificado por el artículo único de la Ley N° 30305, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, en tal virtud, están facultadas para aprobar su organización interna, su presupuesto, organizar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad y planificar el desarrollo de su jurisdicción entre otros aspectos; Que, mediante la Ley N° 29332 y sus modificatorias, se creó el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal, el cual tiene como uno de sus objetivos simplificar trámites generando condiciones favorables para el clima de negocios y promoviendo la competitividad local, en el marco de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante el Decreto Supremo N° 400-2015-EF, se aprueban los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2016; el cual, en su Anexo N° 03 establece las Metas del Programa de Incentivos que deben cumplir las municipalidades al 31 de diciembre del 2016; y, entre ellas se encuentra la META N° 24: "EXIGIR LOS REQUISITOS CONTEMPLADOS EN LA LEY N° 28976, LEY MARCO DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO, EMITIR LA LICENCIA EN LOS PLAZOS CONSIGNADOS EN EL INSTRUCTIVO Y PUBLICAR EN EL PORTAL WEB INSTITUCIONAL LA INFORMACIÓN VINCULADA CON EL PROCEDIMIENTO"; Que, mediante la Resolución Directoral N° 0032016-EF/50.01, se aprueban los Instructivos para el cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal para el año 2016, entre ellas las correspondientes a las metas del 14 al 45, cuya fecha máxima de cumplimiento es el 31 de diciembre del año 2016, la cual establece un Cuadro de Actividades y Nivel de Cumplimiento, estableciendo asimismo que la evaluación de la Meta N° 24 será realizada por el Consejo Nacional de la Competitividad del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF); Que el numeral 36.3 del artículo 36° de la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que, las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplificación de los mismos, podrán aprobarse por Resolución Ministerial, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, según se trate de entidades dependientes del Gobierno Central, Gobiernos Regionales o Locales, respectivamente; Que, el numeral 38.5 del artículo 38° de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley N° 27444, establece que, una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, o por resolución del titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución Política del Perú, o por Resolución de Consejo Directivo de los Organismos Reguladores, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, según el nivel de gobierno respectivo.

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