Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2016 (30/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 224

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NORMAS LEGALES

Viernes 30 de diciembre de 2016 /

El Peruano

competitividad local, en el marco de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante el Decreto Supremo N° 400-2015-EF, se aprueban los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2016; el cual, en su Anexo N° 03 establece las Metas del Programa de Incentivos que deben cumplir las municipalidades al 31 de diciembre del 2016; y, entre ellas se encuentra la META N° 25: "EMITIR LA LICENCIA DE EDIFICACIONES Y HABILITACIONES URBANAS EN LOS PLAZOS SEÑALADOS EN EL INSTRUCTIVO, DE CONFORMIDAD CON LO REGULADO EN LAS NORMAS VIGENTES Y PUBLICAR LA INFORMACIÓN VINCULADA CON EL PROCEDIMIENTO EN EL PORTAL WEB INSTITUCIONAL"; Que, mediante la Resolución Directoral N° 0032016-EF/50.01, se aprueban los Instructivos para el cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal para el año 2016, entre ellas las correspondientes a las metas del 14 al 45, cuya fecha máxima de cumplimiento es el 31 de diciembre del año 2016, la cual establece un Cuadro de Actividades y Nivel de Cumplimiento, estableciendo asimismo que la evaluación de la Meta N° 25 será realizada por el Consejo Nacional de la Competitividad del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF); Que, el numeral 36.1 del artículo 36° de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley N° 27444, establece que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente, en el caso de los gobiernos locales, mediante Ordenanza Municipal, los mismos que deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA, aprobados para cada entidad; asimismo, el numeral 38.1 de su artículo 38° establece que el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA es aprobado, en este caso, por Ordenanza Municipal; Que el numeral 38.7 del artículo 38° de la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, dispone que en los casos en que por Ley, o por demás normas de alcance general, se establezcan o se modifiquen los requisitos, plazo o silencio administrativo aplicables a los procedimientos administrativos, las entidades de las Administración Pública están obligadas a realizar las modificaciones correspondientes en sus respectivos Textos Únicos de Procedimientos Administrativos; Que, de acuerdo al artículo 3° de la Resolución Ministerial N° 088-2015-PCM, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA Modelo de los Procedimientos Administrativos de Licencia de Funcionamiento e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones para las municipalidades provinciales y distritales, el TUPA modelo es de uso obligatorio en los procesos de aprobación y modificación de los TUPA de las municipalidades; y que, los requisitos, plazos y calificación de cada procedimiento administrativo que las municipalidades estén facultadas a solicitar por mandato legal a los administrados, serán únicamente las establecidas en el TUPA Modelo; Que, acorde a lo acotado precedentemente, el proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba la incorporación de procedimientos administrativos al Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad distrital de San Juan de Miraflores, se enmarca en el cumplimiento del Instructivo para el cumplimiento de la Meta N° 25, del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal para el año 2016, aprobado por Resolución Directoral N° 003-2016-EF/50.01, de acuerdo a lo indicado en su Actividad 1 "Actualización de medios de difusión y orientación adecuada a los administrados, sobre el procedimiento de licencia de habilitaciones urbanas y de edificaciones en base a la normativa vigente. Esta actividad deberá cumplirse hasta el 31 de diciembre del 2016"; Que, el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la

regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Estando a lo expuesto, de acuerdo a lo establecido en las normas descritas y a los informes técnicos emitidos por las unidades orgánicas competentes, es preciso actualizar el TUPA de la municipalidad distrital de San Juan de Miraflores, a fin de cumplir con la Meta antes señalada, por lo que en uso de las facultades conferidas por los artículos 9º numeral 8), 39°, 40° y 44° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y con el voto favorable de trece (unánime) miembros presentes, se aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA INCORPORACIÓN DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS VINCULADOS AL DECRETO SUPREMO N° 009-2016-VIVIENDA, QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE LICENCIAS DE HABILITACIÓN URBANA Y LICENCIAS DE EDIFICACIÓN, APROBADO POR EL DECRETO SUPREMO N° 008-2013-VIVIENDA, MODIFICADO POR LOS DECRETOS SUPREMOS N° 012-2013-VIVIENDA Y N° 014-2015-VIVIENDA; Y LA ADECUACIÓN AL DECRETO LEGISLATIVO N° 1246 - QUE APRUEBA DIVERSAS MEDIDAS DE SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA Y AL DECRETO LEGISLATIVO N° 1256 ­ QUE APRUEBA LA LEY DE PREVENCIÓN Y ELIMINACIÓN DE BARRERAS BUROCRÁTICAS, AL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ­ TUPA, DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Artículo Primero.- Aprobar la incorporación de veintidós (22) procedimientos administrativos nuevos al Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad distrital de San Juan de Miraflores, en cumplimiento de la Meta N° 25 "Emitir la Licencia de Edificaciones y Habilitaciones Urbanas en los plazos señalados en el instructivo, de conformidad con lo regulado en las normas vigentes y publicar la información vinculada con el procedimiento en el Portal Web Institucional" del Programa de Incentivos 2016, los mismos que forman parte como Anexo de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Aprobar la gratuidad de los veintidós (22) procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), de acuerdo al Anexo que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DEJAR sin efecto cualquier disposición municipal que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a las unidades orgánicas competentes. Artículo Quinto.- ESTABLECER que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano"; y, su Anexo será publicado en el portal institucional de la Municipalidad www.munisjm.gob.pe. de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 29091. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JAVIER ERNESTO ALTAMIRANO COQUIS Alcalde 1468195-5

Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDÍA N° 010-2016/MSJM San Juan de Miraflores, 26 de diciembre del 2016. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES

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