Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2016 (30/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 234

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NORMAS LEGALES

Viernes 30 de diciembre de 2016 /

El Peruano

los complejos deportivos y áreas recreativas del distrito, garantizando su debida conservación, mantenimiento y disponibilidad para los vecinos del distrito". Por otro lado, en el artículo 98º correspondiente a las funciones específicas de la Subgerencia de Educación y Cultura, señala dentro de ellas la de "Conducir el uso de la biblioteca municipal y promover el incremento de sus recursos bibliográficos, informáticos y audiovisuales". Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto mediante informe de vistos, emite opinión favorable para la aprobación de los requisitos y costos de los servicios no exclusivos de la Subgerencia de Educación y Cultura; y de la Subgerencia de Deporte y Recreación de la Municipalidad Distrital de San Miguel, informe que cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, el mismo, que cumple con los requisitos legales para su aprobación; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas al alcalde por el artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipales; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR los requisitos y costos del TUSNE (Texto Único de Servicios no Exclusivos) de la

Subgerencia de Educación y Cultura y de la Subgerencia de Deporte y Recreación de la Municipalidad Distrital de San Miguel, conforme al anexo que forma parte de la presente resolución. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones su publicación en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www.munisanmiguel.gob.pe). Artículo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Humano a través de la Subgerencia de Educación y Cultura y de la Subgerencia de Deporte y Recreación, el fiel cumplimiento de la presente resolución. Artículo 4º.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EDUARDO BLESS CABREJAS Alcalde

ANEXO MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL GERENCIA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO TARIFARIO DE LOS SERVICIOS NO EXCLUSIVOS DE LA GERENCIA DE DESARROLLO HUMANO SUBGERENCIA DE EDUCACIÓN Y CULTURA Y SUBGERENCIA DE DEPORTE Y RECREACIÓN
SUBGERENCIA DE EDUCACIÓN Y CULTURA Nº DENOMINACIÓN DEL SERVICIO REQUISITOS COSTO (S/.)

ALQUILER DE LOCALES MUNICIPALES 1 C.R. DIEGO FERRE Consideraciones: - Para poder acceder a la tarifa social, deberá de ser residente del distrito. - Se encuentra prohibido el ingreso de alcohol. - Los eventos no excederán más de las 22:00 horas. - Se solicitara una garantía de S/. 100.00 (Cien y 00/100 soles). 1. Carta dirigida al Alcalde 2. Acta de compromiso 3. Pago a la administración. a) Normal: S/. 60.00, por hora. b) Social: S/. 30.00, por hora. Salones: S/. 30.00, por hora. Losa: S/. 60.00, por hora.

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C.R. REY JUAN CARLOS I Consideraciones: - Para poder acceder a la tarifa social, deberá de ser residente del distrito.

1. Carta dirigida al Alcalde 2. Acta de compromiso 3. Pago a la administración.

1. Terraza (Para Cumpleaños) a) Normal: S/. 60.00, por hora. b) Social: S/. 30.00, por hora 2. Concha Acústica a) Normal: S/. 120.00, por hora. b) Social: S/. 60.00, por hora.

3

CASA DE LA CULTURA Consideraciones: - Se alquilará solo para eventos educativos, informáticos, culturales y artísticos. - Se encuentra prohibido el ingreso de alcohol. - Se encuentra prohibido el cobro de entrada. - Se encuentra prohibido la venta de comestibles. - Los eventos no excederán más de las 22:00 horas. - Se solicitará una garantía de S/. 150.00 (Ciento Cincuenta y 00/100 soles).

1. Carta dirigida al Alcalde 2. Acta de compromiso 3. Pago a la administración.

a) Normal: (Instituciones Privadas) S/. 250.00, por hora. b) Social: (Instituciones Educativas, publicas del Distrito y otros sin fines de lucro) S/. 150.00, por hora.

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