Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2016 (15/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

Viernes 15 de julio de 2016 /

El Peruano

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican el "Acuerdo por canje de notas referido a la donación del Gobierno de la República Popular China de vehículos y bicicletas para utilizarse en APEC 2016 y en otras actividades posteriores"
DECRETO SUPREMO Nº 051-2016-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el "Acuerdo por canje de notas referido a la donación del Gobierno de la República Popular China de vehículos y bicicletas para utilizarse en APEC 2016 y en otras actividades posteriores" fue formalizado mediante intercambio de Notas, Nota N.O. No. 004/2016 de la Embajada de la República Popular China, de fecha 13 de mayo de 2016, y la Nota RE (DAE-DCI) N° 6-11/30, del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, de fecha 25 de mayo de 2016; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley N° 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratificar Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el "Acuerdo por canje de notas referido a la donación del Gobierno de la República Popular China de vehículos y bicicletas para utilizarse en APEC 2016 y en otras actividades posteriores", formalizado mediante intercambio de Notas, Nota N.O. No. 004/2016 de la Embajada de la República Popular China, de fecha 13 de mayo de 2016, y la Nota RE (DAE-DCI) N° 6-11/30, del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, de fecha 25 de mayo de 2016. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto íntegro del referido Convenio, así como su fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Artículo 4°.- .El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de julio del año dos mil dieciséis. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1404905-6

CONSIDERANDO: Que, el "Acuerdo de Aplicación del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social" fue adoptado en la ciudad de Lisboa, República Portuguesa, el 11 de setiembre de 2009; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República a celebrar y ratificar Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el "Acuerdo de Aplicación del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social" adoptado en la ciudad de Lisboa, República Portuguesa, el 11 de septiembre de 2009. Artículo 2º.- De conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto íntegro del referido Acuerdo, así como la fecha de entrada en vigencia. Artículo 3º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por la señora Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de julio del año dos mil dieciséis. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1404905-7

Autorizan al Ministerio de Relaciones Exteriores a efectuar pagos de cuotas internacionales a diversas personas jurídicas
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 147-2016-RE Lima, 14 de julio de 2016 VISTO: El Memorándum Nº (OPM) N° OPM0199/2016, de 28 de junio de 2016, de la Dirección de Organismos y Política Multilateral del Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante el cual se solicita la emisión de la resolución suprema que autorice el pago de diversas cuotas; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30372 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se aprobó el "Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2016", donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2016; Que, mediante Decreto Supremo N° 0462016-RE se modificó el referido "Anexo B: Cuotas Internacionales ­ Año Fiscal 2016", en lo que respecta al Pliego Presupuestario 008: Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades

Ratifican el "Acuerdo de Aplicación del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social"
DECRETO SUPREMO Nº 052-2016-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

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