Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2016 (15/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

Viernes 15 de julio de 2016 /

El Peruano

de inscripción de primera de dominio; así como las recomendaciones N° 9 y 12, formuladas por el Órgano de Control Institucional, a través del Informe de Auditoría N° 004-2015-2-4413/SBN-OCI-AC; Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar la directiva que regula el procedimiento para la primera inscripción de dominio de predios del Estado, con la finalidad de optimizar y actualizar dicho procedimiento, y en esa medida se deroga la Directiva N° 001-2002SBN, denominada: "Trámites de Inscripción de la Primera de Dominio de Predios a favor del Estado" aprobada por la Resolución N° 011-2002-SBN y su modificatoria, aprobada mediante la Resolución N° 014-2004-SBN; Con los visados de la Secretaría General, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Asesoría Jurídica, la Dirección de Normas y Registro, la Dirección de Gestión del Patrimonio Estatal, y la Oficina de Administración y Finanzas; y, De conformidad con lo establecido en el literal b) del numeral 14.1 del artículo 14 de la Ley N° 29151, el literal a) del numeral 9.1 del artículo 9° del Reglamento de la Ley N° 29151, modificado por el Decreto Supremo N° 013-2012-VIVIENDA; y en uso de las atribuciones conferidas en los literales b) y r) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN, aprobado por el Decreto Supremo N° 016-2010-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 002-2016/SBN denominada: "Procedimiento para la primera inscripción de dominio de predios del Estado" y anexo que forma parte integrante de la misma. Artículo 2º.- Derogar la Directiva Nº 001-2002-SBN, denominada: "Trámites de Inscripción de la Primera de Dominio de Predios a favor del Estado", aprobada por la Resolución N° 011-2002-SBN y su modificatoria, aprobada por Resolución N° 014-2004-SBN. Artículo 3º.- Las disposiciones de la Directiva N° 0022016/SBN, entrarán en vigencia a partir del día siguiente de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 4º.- Encargar a la Oficina de Administración y Finanzas la publicación de la Directiva N° 002-2016/SBN y la presente Resolución en la página web (www.sbn.gob. pe) y en la intranet institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS PAIRAZAMÁN TORRES Superintendente 1404436-1

Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos ubicados en los departamentos de Ica, Cajamarca y Moquegua
SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 0609-2016/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 11 de julio de 2016 Visto el Expediente N° 1051-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 9 435,81 m² ubicado al Norte del Centro Poblado El Ingenio, al Suroeste del cerro Bogotalla, distrito de El Ingenio, provincia de Nasca, departamento de Ica; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar

y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno eriazo de 9 435,81 m² ubicado al Norte del Centro Poblado El Ingenio, al Suroeste del cerro Bogotalla, distrito de El Ingenio, provincia de Nasca, departamento de Ica, que se encontraría sin inscripción registral; Que, efectuada la consulta catastral, la Zona Registral N° XI ­ Oficina Registral de Nasca remitió el Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 14 de abril de 2016 elaborado en base al Informe Técnico N° 0372-2016-Z.R.N°XI/OCNASCA de fecha 08 de abril de 2016 (folio 27) donde señala que el predio se encuentra en una zona donde no se puede determinar de forma indubitable la existencia de predios inscritos; Que, el tercer párrafo del artículo 16° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 097-2013-SUNARP-SN señala que no impide la inmatriculación, el informe técnico que señale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, realizada la inspección técnica con fecha 31 de mayo de 2016 (folio 34) se observó que el terreno es de naturaleza eriaza, forma irregular, con una topografía accidentada, con un tipo de suelo de textura arenosa con afloramiento rocoso, encontrándose desocupado en la fecha de la inspección; Que, el Artículo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, tratándose de un predio sin inscripción registral, corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 9 435,81 m², de conformidad con el Artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de primera inscripción de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Artículo 44° del "Reglamento de Organización y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0800-2016/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 24 de junio de 2016 (folios 35 y 36); SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 9 435,81 m² ubicado al Norte del Centro Poblado El Ingenio, al Suroeste del cerro Bogotalla, distrito de El Ingenio, provincia de Nasca, departamento de Ica; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N° XI ­ Oficina Registral de Nasca de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio

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