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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2016 (22/07/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 93

593923 NORMAS LEGALES Viernes 22 de julio de 2016 El Peruano / se ha implementado el nuevo Código Procesal Penal. Que, el Fiscal de la Nación, como Titular del Ministerio Público, es el responsable de dirigir, orientar y formular la política institucional, debiendo adoptar las acciones pertinentes, a fi n de fortalecer la función fi scal en el Distrito Fiscal de Lima, garantizando de tal manera un servicio fi scal e fi ciente y oportuno. Que, estando a que, a la fecha, la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yauli y la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Tayacaja, ambas del Distrito Fiscal de Junín, así como la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Ayabaca – Suyo, del Distrito Fiscal de Sullana, cuentan con una carga laboral que ha disminuido considerablemente, se hace necesario, que algunas de sus plazas fi scales puedan trasladarse hacia el Distrito Fiscal de Lima, a fi n de fortalecer la función fi scal y brindar apoyo a las fi scalías que actualmente tienen una sobrecarga procesal; debiendo tenerse en cuenta que dichas plazas fi scales deberán ser cubiertas únicamente con fi scales provisionales, en tanto el Ministerio de Economía y Finanzas autorice la transferencia fi nanciera para su implementación con fi scales titulares. En tal sentido, al haberse veri fi cado la necesidad de dar solución a la problemática señalada, a efectos de que los casos en trámite sean atendidos en forma oportuna y de tal manera permitir que los justiciables accedan a una pronta administración de justicia, por necesidad de servicio, resulta indispensable expedir el resolutivo respectivo que disponga el traslado de una (01) plaza de Fiscal Provincial y dos (02) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, todas con carácter permanente, de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yauli, del Distrito Fiscal de Junín, así como una (01) plaza de Fiscal Adjunto Provincial, con carácter transitoria, de la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Tayacaja, del Distrito Fiscal de Junín y una (01) plaza de Fiscal Adjunto Provincial, con carácter permanente, de la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Ayabaca – Suyo, del Distrito Fiscal de Sullana; todas hacia el Distrito Fiscal de Lima. Asimismo, se pone en conocimiento la carencia de Fiscales Adjuntos Superiores del Distrito Fiscal de Lima, los mismos que no resultan su fi cientes para la atención de las diligencias programadas por las diferentes Fiscalías Superiores Penales de Lima, por lo cual, el Despacho de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, requiere contar en su estructura orgánica con una plaza adicional de Fiscal Adjunto Superior. En ese orden de ideas, como entre las atribuciones de la Fiscalía de la Nación, se encuentran las de convertir, suprimir, trasladar y modi fi car plazas fi scales de acuerdo a las necesidades del servicio y, de acuerdo a lo establecido en el artículo 44º del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, los Fiscales Provinciales tienen el mismo rango que los Fiscales Adjuntos Superiores, en consecuencia, por necesidad de servicio, se debe expedir el resolutivo correspondiente, disponiendo la conversión de la plaza de Fiscal Provincial que se trasladará, en la de Fiscal Adjunto Superior, para que el Despacho de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, evalúe y disponga el apoyo que soliciten las Fiscalías Superiores Penales de Lima y así poder brindar un adecuado servicio fi scal. Del mismo modo, en atención al traslado de las plazas fi scales del Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yauli, se debe modi fi car la denominación de dicho Despacho, en Fiscalía Provincial Penal de Yauli. Además, es menester dar por concluida la designación del doctor Andrés Eliseo Bautista Martínez, Fiscal Adjunto Provincial Titular Mixto de Ayabaca, antes Distrito Fiscal de Piura, actualmente Distrito Fiscal de Sullana, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Ayabaca – Suyo, Distrito Fiscal de Sullana, así como su destaque para que preste apoyo en el Pool de Fiscales de Lima, debiendo designarlo en el Distrito Fiscal de Lima, según corresponda. Estando a lo expuesto, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 158º de la Constitución Política del Estado y el artículo 64º del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.SE RESUELVE: Artículo Primero .- Trasladar una (01) plaza de Fiscal Provincial, con carácter permanente, de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yauli, del Distrito Fiscal de Junín, al Despacho de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima. Artículo Segundo .- Trasladar dos (02) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, con carácter permanente, de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yauli, del Distrito Fiscal de Junín, al Pool de Fiscales de Lima, del Distrito Fiscal de Lima. Artículo Tercero .- Trasladar una (01) plaza de Fiscal Adjunto Provincial, con carácter transitorio, de la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Tayacaja, del Distrito Fiscal de Junín, al Despacho de la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental del Distrito Fiscal de Lima. Artículo Cuarto .- Trasladar una (01) plaza de Fiscal Adjunto Provincial, con carácter permanente, de la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Ayabaca – Suyo, del Distrito Fiscal de Sullana, al Pool de Fiscales de Lima, del Distrito Fiscal de Lima. Artículo Quinto .- Convertir la plaza de Fiscal Provincial, con carácter permanente, del Despacho de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, en una plaza de igual nivel, esto es, de Fiscal Adjunto Superior, con carácter permanente, asignada al Despacho de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima. Artículo Sexto .- Modi fi car la denominación de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yauli, del Distrito Fiscal de Junín, en Fiscalía Provincial Penal de Yauli, del Distrito Fiscal de Junín. Artículo Séptimo .- Dar por concluida la designación del doctor Andrés Eliseo Bautista Martínez, Fiscal Adjunto Provincial Titular Mixto de Ayabaca, antes Distrito Fiscal de Piura, actualmente Distrito Fiscal de Sullana, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Ayabaca – Suyo, así como su destaque en el Pool de Fiscales de Lima, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N° 3135-2015-MP-FN y N° 3036-2016-MP-FN, de fechas 24 de junio de 2015 y 01 de julio de 2016, respectivamente. Artículo Octavo .- Designar al doctor Andrés Eliseo Bautista Martínez, Fiscal Adjunto Provincial Titular Mixto de Ayabaca, antes Distrito Fiscal de Piura, actualmente Distrito Fiscal de Sullana, en el Pool de Fiscales de Lima, Distrito Fiscal de Lima. Artículo Noveno .- Facultar a las Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Junín, Lima y Sullana, conforme a lo establecido en el artículo 77°, literal “g” del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 067-2009-MP-FN, de fecha 23 de enero de 2009, dispongan las medidas pertinentes, para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Artículo Décimo .- Disponer que las plazas fi scales mencionadas en los artículos segundo, tercero y quinto de la presente resolución, sean cubiertas únicamente con fi scales provisionales, en tanto el Ministerio de Economía y Finanzas autorice la transferencia fi nanciera para su implementación con fi scales titulares. Artículo Décimo Primero .- Poner a conocimiento del Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, a efectos de que extienda un nuevo título a favor del Magistrado mencionado en el artículo octavo de la presente resolución, por el motivo expuesto en la parte considerativa. Artículo Décimo Segundo .- Hacer de conocimiento la presente resolución, a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Junín, Lima y Sullana, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Junín, Lima y Sullana, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, O fi cina Central de Plani fi cación y Presupuesto, Equipo Técnico Institucional de Implementación del nuevo Código