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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2016 (22/07/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 110

593940 NORMAS LEGALES Viernes 22 de julio de 2016 / El Peruano las entidades conformantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico – SINAPALAN, ajustarán sus planes estratégicos a los objetivos estratégicos del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional vigente y conforme a las directivas y guías metodológicas que expida el CEPLAN; Que, por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 26-2014-CEPLAN/PCD se aprobó la Directiva Nº 1-2014-CEPLAN, Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico – Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, la cual tiene por objetivo establecer los principios, normas, procedimientos e instrumentos del Proceso de Planeamiento Estratégico en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico – SINAPLAN; Que, el artículo 32º y la Primera Disposición Final y Transitoria de la citada directiva establecen que en la Fase Estratégica se desarrollan los Planes de Desarrollo Regional Concertado y que los gobiernos locales desarrollarán esta fase durante el año 2016; Que, en este contexto, se ha elaborado en forma participativa el Proyecto del “Plan de Desarrollo Local Concertado (PDLC) del Distrito de Independencia al 2021”, en cual ha merecido la emisión del Informe Técnico Nº 25-2016-CEPLAN-DNCP/MPCC de la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, en el que concluye que “El documento del PDCL presentado por la Municipalidad de Independencia cumple lo establecido en el Instructivo para el cumplimiento de la Meta 3 del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal para el año 2016, aprobado por Resolución Directoral Nº 003-2016-EF/50.01 y la Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico; Que, la Ley Nº 29332, que crea el Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal y el Decreto Supremo Nº 400-2015-EF, aprueba los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2016, estableciendo como meta 3 la “Formulación del Plan de Desarrollo Local Concertado - PDLC” y como responsable de la Implementación de Asistencia Técnica para el cumplimiento de la meta 03, es el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN; Que, por las razones señaladas, el “Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito de Independencia al 2021”, se encuentra expedito para su aprobación por el Concejo Municipal, a fi n que se convierta en el instrumento de plani fi cación para el desarrollo integral y sostenible del ámbito territorial del Distrito de Independencia; Que, mediante Informe Nº 148-2016GPPR/MDI de fecha 06 de julio del 2016, la Gerencia de Plani fi cación, Presupuesto y Racionalización, remite el proyecto del Plan de Desarrollo Local Concertado al 2021 del Distrito de Independencia, a fi n de elevarlo al Concejo Municipal para su aprobación correspondiente; Que, mediante Informe Legal Nº 389-2016-GAL/MDI de fecha 07 de julio del 2016, la Gerencia de Asesoría Legal opina Favorable su aprobación ante el Concejo Municipal el proyecto del Plan de Desarrollo Local Concertado (PDLC) del Distrito de Independencia al 2021; Que, mediante Memorando N.º 1984-2016-GM/MDI de fecha 07 de julio del 2016, la Gerencia Municipal la Gerencia Municipal opina que el proyecto si cumple con la Directiva Nº 001-2014-CEPLAN por la cual sírvase proseguir por la procedencia de su aprobación por el pleno del Concejo Municipal; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º y 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA: “PLAN DE DESARROLLO LOCAL CONCERTADO (PDLC) DEL DISTRITO DE INDEPENDENCIA 2017- 2021” Artículo Primero.- APROBAR el “Plan de Desarrollo Local Concertado (PDLC) del Distrito de Independencia 2017-2021”, con el contenido siguiente:- Presentación- Introducción- Escenario Apuesta- Visión- Objetivos Estratégicos, Indicadores y Metas- Acciones Estratégicas- Ruta Estratégica- Anexos- Análisis Situacional del Territorio- Plantillas de Articulación y Vinculación- Otros- Glosario- Ficha Técnica del Indicador- Planos de Caracterización del Territorio en Formato A-1 - Plano del Escenario Apuesta en Formato A-O Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresa. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del Plan de Desarrollo Local Concertado (PDLC) del Distrital de Independencia al 2021” en el Portal Institucional www.muniindependencia.gob.pe. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Plani fi cación, Presupuesto y Racionalización y demás Unidades Orgánicas el cumplimiento de la presente Ordenanza, según el ámbito de sus funciones. Artículo Quinto.- DISPONER que la Ordenanza Nº 248-2011-MDI que aprueba el Plan de Desarrollo Local Concertado de la Municipalidad Distrital de Independencia estará en vigencia hasta el 31 de diciembre de 2015. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 1407578-1 MUNICIPALIDAD DE LINCE Declaran de Interés la Iniciativa Privada denominada “Estacionamientos Subterráneos Elías Aguirre” ACUERDO DE CONCEJO Nº 049-2016-MDL Lince, 8 de julio de 2016EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCEPOR CUANTO:El Concejo Distrital en Sesión Ordinaria Nº 013-2016 de la fecha; y, VISTO: El Acuerdo del Comité de Inversiones creado mediante Resolución de Alcaldía Nº 027-2016-MDL de fecha 26 de febrero 2016, el Dictamen Conjunto Nº 001-2016-MDL-CEA-CDU-CSCSCPV de fecha 30 de junio de 2016 de la Comisión de Economía y Administración, Comisión de Desarrollo Urbano y Comisión de Servicios a la Ciudad, Seguridad Ciudadana y Participación Vecinal; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, la cual, conforme el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;