Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2016 (10/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Viernes 10 de junio de 2016

NORMAS LEGALES
TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA)

589131

REQUISITOS N° DE DENOMINACIÓN DEL ORDEN PROCEDIMIENTO Número y Denominación Formulario/ Código/ Ubicación

DERECHO DE TRAMITACIÓN

CALIFICACIÓN INSTANCIAS DE RESOLUCIÓN Evaluación PLAZO PARA RESOLVER (en días hábiles) INICIO DEL PROCEDIMIENTO AUTORIDAD COMPETENTE PARA RESOLVER RECONSIDERACIÓN APELACIÓN DE RECURSOS Previa

(en % UIT)

(en S/)

Auto-

mático Posi- Negativo tivo

1 Recurso dirigido al Recurso Administrativo de Apelación a la Solicitud de Información de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. funcionario responsable de entregar la información, cumpliendo con los siguientes requisitos previstos en el Artículo 113° de la Ley No. 27444, para ser elevado a la Dirección Ejecutiva: a. Nombres y apellidos completos, domicilio y Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, artículo 11°, Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM que aprueba el Reglamento de Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, artículos 10°, 11°, 12°, 13° y 15° y Ley Nº 27444, Ley 2 del Procedimiento Administrativo General, artículos 113°, 207°, 209°y 211°. d. La indicación del órgano, la entidad o la autoridad a la cual es dirigida, entendiéndose por tal, en lo posible, a la autoridad de competencia para conocerlo y resolverlo. e. La dirección del lugar donde se desea recibir las notificaciones del procedimiento, cuando sea diferente al domicilio real expuesto en virtud del numeral 1. Este señalamiento de domicilio surte sus efectos desde su indicación y es presumido subsistente, mientras no sea comunicado expresamente su cambio. f. Autorización del Letrado. c. Lugar, fecha, firma o huella digital, en caso de no saber firmar o estar impedido. número de Documento Nacional de Identidad o Carné de Extranjería del administrado, y en su caso, la calidad de representante y de la persona a quien represente. b. La expresión concreta de lo pedido, los fundamentos de hecho que lo apoye y, cuando le sea posible, los de derecho. Gratuito Gratuito

X

Diez (10) días

Mesa de Partes de FONAFE Av. Paseo de la República N° 3121 San Isidro - Lima - Lima Director Ejecutivo

2 El recurso de apelación se interpondrá cuando la impugnacion se sustenta en diferente intrepretación de las pruebas producidas o que trate de cuestiones de derecho. (Artículo 209° de Ley Nº 27444).

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